Re: El Gobierno permitirá la dación en pago a las familias sin ingresos
Los parados podrán evitar el desahucio de viviendas de menos de 200.000 euros
Siempre que el banco en cuestión se adhiera al 'código de buenas prácticas'
Los ingresos familiares de los parados tendrán que superar el 80% de la letra Las familias en riesgo de exclusión podrán vivir dos años más en la vivienda
Las familias con todos sus miembros en paro podrán evitar el desahucio de sus viviendas, si su valor no supera los 200.000 euros, siempre que las entidades que concedieron sus hipotecas se adhieran a un código de buenas prácticas que aprueba mañana el Gobierno.
Este código se incluye en el decreto ley de medidas urgentes en materia de ejecuciones hipotecarias para abordar el problema social de los desahucios en las personas con riesgo de exclusión social y que estudiará mañana el Consejo de Ministros. Condiciones
Los bancos tendrán que confirmar si se adhieren o no al código de buenas práticas
Según informaron a Efe fuentes del Ministerio de Economía, el texto establecerá las condiciones que deben cumplir las familias para que se las considere bajo el riesgo de exclusión y poder evitar el desahucio por impago.
La primera condición será que la vivienda sea la primera y única que posee la familia, que deberá tener todos sus miembros en paro o sin ningún tipo de renta por actividad económica. Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 80% de los ingresos netos del conjunto de la familia.
Otro de los factores determinantes para evitar el desahucio será que el valor de la vivienda afectada se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio.
El valor del piso ejecutado se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio
Mayores de 65 años
Fuentes financieras consultadas han añadido que también se estudia la opción de considerar que el riesgo de exclusión de una familia estará "agravado" cuando el titular de la vivienda sea mayor de 65 años o tenga una discapacidad.
Igual sucedería en los casos en los que tenga menores a su cargo, hijos mayores con una minusvalía igual o superior al 33%, o ascendientes mayores de 65 años.
El Decreto Ley podría aligerar los intereses de demora que arrastran los impagos hipotecarios
Las mismas fuentes dan por hecho que el decreto ley contendrá asimismo una rebaja en los intereses de demora en los pagos que no se puedan afrontar, y cuya tasa anual no podrá ser superior al 1,5% sobre el saldo vivo del crédito. Agilidad y transparencia
Está previsto que el decreto-ley incluya también una reforma de todos los procedimientos de ejecución, para hacerlos más ágiles, baratos y transparentes, así como la creación de un nuevo sistema de subastas de viviendas "online".
El "Código de Buenas Prácticas" incluirá medidas que tendrían un difícil encaje en el ordenamiento jurídico, como ocurre por ejemplo con la dación en pago, en el que la entrega de la vivienda al banco salda la deuda hipotecaria.
Además de que obligar por ley a la dación en pago de manera retroactiva sería cuestionable, Economía cree que ello encarecería las hipotecas, ya que las entidades acabarían trasladando el coste al cliente. Moratoria de dos años
En este código, por tanto, se incluirá la dación en pago voluntaria para los colectivos en riesgo de exclusión, una posible moratoria de dos años antes del desalojo o la posibilidad de abonar durante ese plazo una cantidad equivalente a un alquiler.
Otra de las medidas voluntarias sería que los bancos aceptasen asumir parte de su error al tasar muy cara una vivienda. Las entidades lo firmarán
Economía se muestra confiada en que las entidades acabarán asumiendo este código, dado que para ellas el desahucio es la última solución, y por el fuerte malestar que genera.
Los bancos tendrán que confirmar si se adhieren o no a este código, con lo que deberán afrontar el coste de reputación que le suponga no atender el problema de las familias sin recursos que no pueden pagar su hipoteca.
Re: El Gobierno permitirá la dación en pago a las familias sin ingresos
Al parecer hay ya varios bancos (Santander, BBVA y Bankia, entre otros) han dicho que se van a suscribir a esta norma.
Es voluntario suscribirse, pero el que lo haga se verá obligado a cumplirla.
Al parecer hay ya varios bancos (Santander, BBVA y Bankia, entre otros) han dicho que se van a suscribir a esta norma.
Es voluntario suscribirse, pero el que lo haga se verá obligado a cumplirla.
Re: El Gobierno permitirá la dación en pago a las familias sin ingresos
Las hipotecas con avales cruzados no se benefician de la dación en pago
Los hipotecados que hayan recurrido a un avalista no podrán beneficiarse de la normativa de protección frente a desahucios, según el Real Decreto de Economía. El uso de avales es muy habitual precisamente en los colectivos teóricamente beneficiados por las medidas del Gobierno.
El BOE publicó el sábado el texto legal con las condiciones bajo las que ciertos hipotecados puedan tener una protección especial para evitar el desahucio, siempre y cuando los bancos acreedores se acojan a un código de conducta voluntario. Tal y como había adelantado el Gobierno, la normativa afecta a las familias con todos sus miembros en paro si pagan por la hipoteca más del 60% de sus ingresos y si no tienen una segunda vivienda. Pero el texto definitivo es aún más restrictivo.
El BOE concreta que la protección frente a desahucios solo se puede aplicar en créditos o préstamos que carezcan de garantías reales o personales o, en caso de existir éstas, si los garantes cumplen los requisitos de estar todos los miembros de la unidad familiar en paro, superar el citado umbral del 60% y no tener otros bienes o derechos reales.
En otras palabras, si a un hipotecado le ha avalado su padre, hermano o amigo de la infancia, no se podrá beneficiar de las medidas frente al desahucio a no ser que el padre, hermano o amigo de la infancia tenga a todos los miembros de la familia en paro, no tenga bienes suficientes para hacer frente a la deuda y sus ingresos, conjuntamente con los del propio hipotecado, no superen el 60% de la letra de la hipoteca.
Este apartado es particularmente sensible, toda vez que las personas en la situación descrita de posible exclusión (con pocos miembros de la familia trabajando y escasos ingresos en relación a la letra de la hipoteca) son, también, las más susceptibles de haber firmado una hiptoeca con avalistas.
Tanto las entidades tradicionales como las reunificadoras suelen exigir avalistas nuevos cuando se trata de refinanciar préstamos en situación de riesgo de impago. Los avales cruzados han provocado, de hecho, demandas judiciales por parte de colectivos de inmigrantes que denuncian una estafa masiva.
Asimismo, dado que el código de buenas prácticas es voluntario, aunque la banca tradicional lo asuma, las citadas reunificadoras pueden optar por no acogerse. Esto limitaría la capacidad de los hipotecados en situación de riesgo de beneficiarse de la nueva norma, dado que las reunificadoras, con cláusulas en ocasiones abusivas, han sido una de las fórmulas utilizadas por los hipotecados más apurados para evitar la ejecución.
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