Ibense Bornay se jacta de ser una empresa familiar, pujante y en constante modernización. Actualmente posee mercados en toda la Unión Europea, Suiza, América y Oriente Medio y factura más de 12 millones de euros anuales. Su crecimiento, según su directora general María del Carmen Bornay, se apoya en “una actitud moderna e innovadora”, pero lo único que no están dispuestos a modernizar son las condiciones laborales de sus trabajadores y trabajadoras. Con un incumplimiento flagrante y constante del Convenio Colectivo de Hostelería de Sevilla -el acuerdo legal obligatorio que establece las condiciones mínimas de trabajo en este tipo de empresas-, los empleados de sus heladerías tienen que hacer frente a unas condiciones laborales que nada tienen que ver con la imagen feliz de empresa que endulza la vida de la gente. En su heladería de la Avenida de la Constitución de Sevilla, La Ibense impone, entre otras, las siguientes condiciones laborales:
- Sueldo para los camareros y camareras de 5€/hora, sin pagar nocturnidad ni tener en cuenta las horas extra.
-Jornadas mensuales de entre 220 a 240 horas, con una media de 55 horas por semana.
-No respetan las horas de descanso legalmente establecidas para los trabajadores, ordenando cerrar de 1 a 2 de la madrugada y abriendo al dia siguiente a las 7’30h.
- En muchos casos, se trabaja más de un año sin conceder ni un sólo día de vacaciones.
- Cuando las vacaciones se producen, pretenden dar de baja a los trabajadores -suspender su contratación temporalemente- y pagarles 600€.
- Los trabajadores cotizan 6 horas diarias de trabajo mientras que la jornada real está en una media de 10 horas.
-Parte del sueldo no se declara -reduciendo la cotización que aportan los trabajadores a la Seguridad Social- y se cobra en negro como dietas.
-Por supuesto, no se respetan los 20 minutos de descanso diario establecido legalmente para los trabajadores.
REPRESIÓN SINDICAL
Como cabe esperar de una empresa que mantiene a sus trabajadores en unas condiciones del siglo XIX, los intentos de los trabajadores por organizarse sindicalmente para exigir unas condiciones dignas han sido duramente reprimidos por parte de la dirección, amenazando con el despido si existe algún tipo de contacto con el Sindicato Andaluza de Trabajadores/as (SAT). El delegado sindical del SAT en la tienda de la Avenida de la Constitución se encuentra actualmente en una excepcional concesión de vacaciones, que parece apuntar a su despido inmediato tras su reincorporación. La represión de la actividad sindical y el bloqueo de la transmisión de información entre los trabajadores y su sindicato es un hecho extramadamente grave que, si bien sirve para mantener los “excelentes resultados” económicos de esta empresa, coloca a los empleados en una situación de total indefensión frente a los abusos patronales.
POR EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO Y EL RESPETO A LAS LIBERTADES SINDICALES
Entre otras muchas especificaciones que esta empresa incumple sistemáticamente, el Convenio de Hostelería de Sevilla de 2010 establece para la mayor parte del año una jornada laboral de 8 horas diarias máximas y 40h semanales, un sueldo base para los camareros y camareras que supera los 8 euros/hora -más de 16 euros para las horas extras-, y un incremento del 25% en el sueldo para las horas de trabajo realizadas entre las 22h y las 7h. Además, prevé la concesión de varios pluses laborales por falta de absentismo y por convenio, y revisiones anuales del salario de acuerdo al coste oficial de la vida. Desde el SAT, exigimos el cumplimiento inmediato de las condiciones legalemente establecidas en este Convenio. Así mismo, seguiremos denunciando cualquier atropello de las libertades sindicales y denunciaremos, con todas las acciones que sean necesarias, la persecución de los trabajadores que deciden reivindicar sus derechos.
- Sueldo para los camareros y camareras de 5€/hora, sin pagar nocturnidad ni tener en cuenta las horas extra.
-Jornadas mensuales de entre 220 a 240 horas, con una media de 55 horas por semana.
-No respetan las horas de descanso legalmente establecidas para los trabajadores, ordenando cerrar de 1 a 2 de la madrugada y abriendo al dia siguiente a las 7’30h.
- En muchos casos, se trabaja más de un año sin conceder ni un sólo día de vacaciones.
- Cuando las vacaciones se producen, pretenden dar de baja a los trabajadores -suspender su contratación temporalemente- y pagarles 600€.
- Los trabajadores cotizan 6 horas diarias de trabajo mientras que la jornada real está en una media de 10 horas.
-Parte del sueldo no se declara -reduciendo la cotización que aportan los trabajadores a la Seguridad Social- y se cobra en negro como dietas.
-Por supuesto, no se respetan los 20 minutos de descanso diario establecido legalmente para los trabajadores.
REPRESIÓN SINDICAL
Como cabe esperar de una empresa que mantiene a sus trabajadores en unas condiciones del siglo XIX, los intentos de los trabajadores por organizarse sindicalmente para exigir unas condiciones dignas han sido duramente reprimidos por parte de la dirección, amenazando con el despido si existe algún tipo de contacto con el Sindicato Andaluza de Trabajadores/as (SAT). El delegado sindical del SAT en la tienda de la Avenida de la Constitución se encuentra actualmente en una excepcional concesión de vacaciones, que parece apuntar a su despido inmediato tras su reincorporación. La represión de la actividad sindical y el bloqueo de la transmisión de información entre los trabajadores y su sindicato es un hecho extramadamente grave que, si bien sirve para mantener los “excelentes resultados” económicos de esta empresa, coloca a los empleados en una situación de total indefensión frente a los abusos patronales.
POR EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO Y EL RESPETO A LAS LIBERTADES SINDICALES
Entre otras muchas especificaciones que esta empresa incumple sistemáticamente, el Convenio de Hostelería de Sevilla de 2010 establece para la mayor parte del año una jornada laboral de 8 horas diarias máximas y 40h semanales, un sueldo base para los camareros y camareras que supera los 8 euros/hora -más de 16 euros para las horas extras-, y un incremento del 25% en el sueldo para las horas de trabajo realizadas entre las 22h y las 7h. Además, prevé la concesión de varios pluses laborales por falta de absentismo y por convenio, y revisiones anuales del salario de acuerdo al coste oficial de la vida. Desde el SAT, exigimos el cumplimiento inmediato de las condiciones legalemente establecidas en este Convenio. Así mismo, seguiremos denunciando cualquier atropello de las libertades sindicales y denunciaremos, con todas las acciones que sean necesarias, la persecución de los trabajadores que deciden reivindicar sus derechos.
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