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Huelga de Controladores

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  • #91
    Re: Huelga de Controladores

    Con respecto a este tema tengo varios amigos que son controladores aereos civiles y he de decir que desde mi humilde punto de vista la han cagado de lo lindo haciendo lo que hicieron ayer y dejando a gente que no tenía culpa de nada tirada en los aeropuertos.
    Pero también es verdad que el gobierno (aunque llevando gran parte de razón)no ha negociado como es debido con los controladores y siempre ha actuado de forma chulesca con ellos...siempre mediante amenazas y poniendo a la opinión publica en su contra,¿a mi que me importa lo que cobran esos controladores? habrá que ver lo que cobran los politicos,las comisiones que se llevan y lo que nos cuestan a los españoles los caprichos de ellos.

    Vuelvo a decir lo del principio,aunque tenga colegas trabajando de controladores y sepa mas o menos como se las ha gastado el gobierno en este tema...lo que hicieron ayer los controladores fué una autentica CAGADA.

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    • #92
      Re: Huelga de Controladores

      Originalmente publicado por Betis1977 Ver Mensaje
      Eso es falso...yo vi lo que paso...y la policia también y no hubo detenciones...y mira que ese dia y a posterior hubo detenciones de risa de estado de excepcion que no de derechos.

      pd: No es concejal informate.
      Todos los que pudimos ver el video de ABC pudimos ver como ese tipo junto con sus colegas amedrentaban al personal del bar y rompian un cristal del bar...no se puede negar lo evidente y ese dia ese tipo la cagó de lo lindo participando en ese acto vandalico.
      La verdad es que no se si es concejal o algo de empleo...ya no me acuerdo,pero lo que no entiendo como puede seguir en su puesto de trabajo y represantando a un partido tan importante como es IU que ha tenido grandes hombres (y señores) en la política española como don Julio Anguita.
      Un saludo

      Comentario


      • #93
        Re: Huelga de Controladores

        Originalmente publicado por er_zeven Ver Mensaje
        Todos los que pudimos ver el video de ABC pudimos ver como ese tipo junto con sus colegas amedrentaban al personal del bar y rompian un cristal del bar...no se puede negar lo evidente y ese dia ese tipo la cagó de lo lindo participando en ese acto vandalico.
        La verdad es que no se si es concejal o algo de empleo...ya no me acuerdo,pero lo que no entiendo como puede seguir en su puesto de trabajo y represantando a un partido tan importante como es IU que ha tenido grandes hombres (y señores) en la política española como don Julio Anguita.
        Un saludo
        Compañero ¿Me estás llamando MENTIROSO?.

        Mejor seguimo por privado pues no es el tema y no soy ni eres de desviar.

        pd: El video de ABC muestra unas mesas y sillas tiradas y algun vidrio...no como se rompieron ni su autoría (Que si quieres te cuento yo, salvo que dudes de mi palabra).

        Al tema tio demos ejemplo.

        Comentario


        • #94
          Re: Huelga de Controladores

          ¿Privilegiados? Olé sus wevos, por haber conseguido en su convenio, cobrar lo que cobran.

          Más quisiéramos los demás trabajadores tener sus condiciones de trabajo, pero es lo que pasa en este país, la puñetera envidia. Por cierto, no cobran los famosos 300.000€ que Pepiño le echa en cara, que si fuera cierto, son merecidos pq producen muchíííííísimo más. Está en torno a 120.000€. Habría que ver lo que cobran algunos políticos, y si producen lo mismo.

          Comentario


          • #95
            Re: Huelga de Controladores

            Originalmente publicado por 11-06-05 Ver Mensaje
            ¿Privilegiados? Olé sus wevos, por haber conseguido en su convenio, cobrar lo que cobran.

            Más quisiéramos los demás trabajadores tener sus condiciones de trabajo, pero es lo que pasa en este país, la puñetera envidia. Por cierto, no cobran los famosos 300.000€ que Pepiño le echa en cara, que si fuera cierto, son merecidos pq producen muchíííííísimo más. Está en torno a 120.000€. Habría que ver lo que cobran algunos políticos, y si producen lo mismo.
            1º Frase de acuerdo...Si se ve desde el prisma capitalista (que no lo soy).

            2º Frese de acuerdo...si añadimos a los politicos otros sectores como por ejemplo la casa real,los futboleros,los vividores,los banqueros y especuladores etc.

            Punualizar: Yo cuando hago huelga quiero que tenga incidencia...pero la hago DE FRENTE.
            Editado por última vez por Betis1977; https://www.betisweb.com/foro/member/19-betis1977 en 04/12/10, 20:26:27.

            Comentario


            • #96
              Re: Huelga de Controladores

              Originalmente publicado por Betis1977 Ver Mensaje
              Compañero ¿Me estás llamando MENTIROSO?.

              Mejor seguimo por privado pues no es el tema y no soy ni eres de desviar.

              pd: El video de ABC muestra unas mesas y sillas tiradas y algun vidrio...no como se rompieron ni su autoría (Que si quieres te cuento yo, salvo que dudes de mi palabra).

              Al tema tio demos ejemplo.
              Eso esta hecho soxio,sigamos con el tema de los controladores aereos

              También he de decir que con el tema de los controladores,que el gobierno tuvo una punteria muy fina redactando la ley en visperas de puente ,quizas porque como Zapatero no es tonto (aunque algunas veces lo paresca) se temia que iba a pasar esto y por eso no fué a la cumbre hispano-americana que este año se celebra en Argentina...

              Por cierto yo para insultar a alguien no le digo mentiroso...simplemente le llamo Zebiyista...que eso duele mucho mas
              Editado por última vez por er_zeven; https://www.betisweb.com/foro/member/187-er_zeven en 04/12/10, 20:28:01.

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              • #97
                Re: Huelga de Controladores

                Originalmente publicado por 11-06-05 Ver Mensaje
                ¿Privilegiados? Olé sus wevos, por haber conseguido en su convenio, cobrar lo que cobran.

                Más quisiéramos los demás trabajadores tener sus condiciones de trabajo, pero es lo que pasa en este país, la puñetera envidia. Por cierto, no cobran los famosos 300.000€ que Pepiño le echa en cara, que si fuera cierto, son merecidos pq producen muchíííííísimo más. Está en torno a 120.000€. Habría que ver lo que cobran algunos políticos, y si producen lo mismo.
                Envidia no.
                Pero que haya gente cobrando 3millones de pesetas al mes, mientras muchos apenas llegan a fin de mes.... tu lo ves bien??
                Y no es sólo esto, también ves bien las formas de reivindicación???

                PD. y vuelvo a repetir, sí hay muchos viviendo así, clase política incluida.... pero ello no exculpa a los controladores, que viene a ser el tema que andamos tratando

                Comentario


                • #98
                  Re: Huelga de Controladores

                  Originalmente publicado por TRiaNeR0 Ver Mensaje
                  Envidia no.
                  Pero que haya gente cobrando 3millones de pesetas al mes, mientras muchos apenas llegan a fin de mes.... tu lo ves bien??
                  Y no es sólo esto, también ves bien las formas de reivindicación???

                  PD. y vuelvo a repetir, sí hay muchos viviendo así, clase política incluida.... pero ello no exculpa a los controladores, que viene a ser el tema que andamos tratando
                  Y tienes razón hablamos de los controladores...pero ya que el señor Pepiño Blanco difundió cuanto cobraba un controlador... ¿Por qué no difunde también Pepiño cuanto cobra al mes por dejar a nuestro pais al borde de la ruina?

                  Un saludo señor Malibú

                  Comentario


                  • #99
                    Re: Huelga de Controladores

                    Originalmente publicado por TRiaNeR0 Ver Mensaje
                    Envidia no.
                    Pero que haya gente cobrando 3millones de pesetas al mes, mientras muchos apenas llegan a fin de mes.... tu lo ves bien??
                    Y no es sólo esto, también ves bien las formas de reivindicación???

                    PD. y vuelvo a repetir, sí hay muchos viviendo así, clase política incluida.... pero ello no exculpa a los controladores, que viene a ser el tema que andamos tratando
                    Yo es que ni lo vea bien, ni lo deje, es lo que tienen firmado. ¿Qué tiene que ver que esta gente cobre lo que cobre, para que otros no lleguen a final de mes? ¿Acaso no tienen derecho por lo que cobran a reivindicar unas condiciones de trabajo que ellos crean adecuadas?

                    Las formas, son de un gran ijoputismo, pero si el gobierno te está toreando, pues tienes alguna vez que embestir.

                    Comentario


                    • Re: Huelga de Controladores

                      Aquí no hay que andarse con chiquitas, hay que despedirlos disciplinariamente, ir a la cárcel por el caos que han formado y pagar unos miltazos de mil demonios por los perjucios económicos que han causado, a los viajeros y al país en general.

                      No al boicot de estos *************. Que se les caiga el pelo, a ver si se le quitan las tonterías a estos privilegiados.

                      Comentario


                      • Re: Huelga de Controladores

                        Originalmente publicado por Cisovou Ver Mensaje
                        Aquí no hay que andarse con chiquitas, hay que despedirlos disciplinariamente, ir a la cárcel por el caos que han formado y pagar unos miltazos de mil demonios por los perjucios económicos que han causado, a los viajeros y al país en general.

                        No al boicot de estos *************. Que se les caiga el pelo, a ver si se le quitan las tonterías a estos privilegiados.
                        Vez mil!!!

                        !ESTAMOS EN UN ESTADO DE DERECHO!.....o no....o menos....si vamos militarizando y saltandonos las leyes mal vamos.

                        Comentario


                        • Re: Huelga de Controladores

                          Originalmente publicado por Betis1977 Ver Mensaje
                          Vez mil!!!

                          !ESTAMOS EN UN ESTADO DE DERECHO!.....o no....o menos....si vamos militarizando y saltandonos las leyes mal vamos.

                          Primero que cumplan ellos las leyes no? O es que al oir la palabra huelga ya uno puedo hacer lo que le salga de los ******? Que yo sepa, para convocar una huelga hay unos protocolos por LEY, donde se han cumplido esos protocolos? Y encima nos quedamos de brazos cruzados asumiendo a un pais entero en el caos en estas fechas, porque a unos cuantos no les da la gana de ir a su puesto de trabajo no? Los militares no van a pegar ningun tiro, ni a detener a nadie ni nada de eso, simplemente van a hacer que el caos se acabe y que mucha gente que se ha ganado unas vacaciones con sudor y trabajo las puedan disfrutar, mas o menos. No llevan ningun tipo de razon, y menos inventandose bajas dificilmente demostrables.

                          Comentario


                          • Re: Huelga de Controladores

                            Originalmente publicado por Betis1977 Ver Mensaje
                            Vez mil!!!

                            !ESTAMOS EN UN ESTADO DE DERECHO!.....o no....o menos....si vamos militarizando y saltandonos las leyes mal vamos.
                            Pero si la Ley y la Constitución lo ampara
                            Y encima, los mismos controladores firmaron el acuerdo de que en ausencia de sus funciones, pasan a ser controlados por el Ministerio de Defensa.
                            Por qué vamos mal???
                            De momento todos los pasos se acogen al Estado de Derecho que todos los Españoles refrendaron en su momento

                            Inventarse enfermedades para acogerse a bajas laborales no es Constitucional, es más, es estafarnos a TODOS
                            Editado por última vez por TRiaNeR0; https://www.betisweb.com/foro/member/2937-trianer0 en 04/12/10, 21:31:26.

                            Comentario


                            • Re: Huelga de Controladores

                              Si colxo pero:

                              Si tu faltas un día al curro o haces huelga encubierta tienes el estatuto de los trabajadores para juzgarte y no las leyes militares...y hablamos de trabajadores.

                              Que son mu listos o...mu cabro...eso ta claro.

                              Comentario


                              • Re: Huelga de Controladores

                                Originalmente publicado por Betis1977 Ver Mensaje
                                !ESTAMOS EN UN ESTADO DE DERECHO!.....o no....o menos....si vamos militarizando y saltandonos las leyes mal vamos.
                                NO quiero decir que no lleves la razon, pero vamos a hacer un ejercicio LOGSE, o sea, copiar y pegar de internet y repasemos lo que dicen las leyes:


                                CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978:
                                Artículo 116. (he recortado lo que no viene al tema):
                                1. Una Ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio y las competencias y limitaciones correspondientes.
                                2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
                                3. El estado de excepción [....]
                                4. El estado de sitio [....]
                                5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
                                Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
                                6. La declaración de los estados de alarma[....]

                                LEYES ORGÁNICAS:
                                Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio (he recortado lo que no viene al tema):


                                Capítulo II.
                                El Estado de Alarma.

                                Artículo 4.


                                El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el Estado de Alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:
                                1. Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
                                2. Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
                                3. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2(Artículo 28.2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.) y 37.2 de la Constitución(Artículo 37.2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La Ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que pueda establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad) , y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
                                4. Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
                                Artículo 5.
                                Cuando los supuestos a que se refiere el artículo anterior afecten exclusivamente a todo o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el Presidente de la misma podrá solicitar del Gobierno la declaración de Estado de Alarma.
                                Artículo 6.
                                Uno. La declaración del Estado de Alarma se llevará a cabo mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros.
                                Dos. En el Decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del Estado de Alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.
                                Artículo 7.
                                A los efectos del Estado de Alarma la autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una comunidad.
                                Artículo 8.
                                Uno. El Gobierno dará cuenta al Congreso de los Diputados de la declaración del Estado de Alarma y le suministrará la información que le sea requerida.
                                Dos. El Gobierno también dará cuenta al Congreso de los Diputados de los Decretos que dicte durante la vigencia del Estado de Alarma en relación con este.
                                Artículo 9.
                                Uno. Por la declaración del Estado de Alarma todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración, los integrantes de los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas y de las corporaciones locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán bajo las órdenes directas de la autoridad competente en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.
                                Dos. Cuando la autoridad competente sea el Presidente de una Comunidad Autónoma podrá requerir la colaboración de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, que actuarán bajo la dirección de sus mandos naturales.
                                Artículo 10.
                                Uno. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente en el Estado de Alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las Leyes.
                                Dos. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.
                                Tres. Si fuesen cometidos por autoridades, las facultades de estas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de Estado de Alarma podrán ser asumidas por la autoridad competente durante su vigencia.
                                Artículo 11.


                                Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el Decreto de declaración del Estado de Alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
                                1. Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
                                2. Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
                                3. Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fabricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
                                4. Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
                                5. Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados por el apartado D del artículo cuarto.
                                Artículo 12.
                                Uno. En los supuestos previstos en los apartados A) y B) del artículo cuarto,[...]
                                Dos. En los casos previstos en los apartados C) y D) del artículo cuarto el Gobierno podrá acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de su personal, con el fin de asegurar su funcionamiento. Será de aplicación al personal movilizado la normativa vigente sobre movilización que, en todo caso, será supletoria respecto de lo dispuesto en el presente artículo.

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