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Costumbres Occidentales-Orientales

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  • #91
    Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

    Originalmente publicado por campogibraltareño Ver Mensaje
    Éste es un estado aconfesional. Existen leyes que amparan la postura de esta niña porque como en este país no hay religión oficial, TODOS LOS PODERES PÚBLICOS ESTÁN OBLIGADOS A RESPETAR TODO SÍMBOLO RELIGIOSO Y TODA OPCIÓN RELIGIOSA CON LA QUE EL ESTADO TENGA ACUERDOS DE COLABORACIÓN. Para usted es un trozo de tela -no me extraña-, para una institución pública es un símbolo religioso que ESTÁ OBLIGADO A RESPETAR Y CONSIDERAR. Lo que haga un país con religión oficial, en este caso, islámica, con respecto a la religión católica, al estado español se la refanfinfla porque ÉSTE NO ES UN PAÍS CATÓLICO.
    Y dale con la burra al trigo. ¿Quién dice que no se respeta? Si no se respetara esa chiquilla no podría ni ir por la calle con su Hiyab, otra historia es que dentro de un centro educativo no se permita llevar cualquier prenda que cubra la cabeza y esta, fuera de términos religioso, lo es, por lo tanto no puede tenerlo durante su estancia en el centro.

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    • #92
      Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

      Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
      Y también debemos cumplir todos una serie de obligaciones por igual, sin excepciones de sexo, raza, religión o condición sexual.
      ¿pero en que parte de la constitucion (y por encima de eso no hay nada) pone que debe quitarselo para ir a clase? Al contrario, pone que no debe ser discriminada por motivos de religion, y claramente este es un caso.

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      • #93
        Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

        Originalmente publicado por betica forever Ver Mensaje
        Simplemente, en mi caso, no he entrado a valorarla desde el punto de vista religioso, que creo que no es necesario, puesto la norma no iba por ahí.
        Exactamente vecina, la norma no tira por el objeto religioso sino por considerar al Hiyab una prenda con la que cubrirte la cabeza y como tal está prohibida por más que quieran ver algunos que es un acto de discriminación esto no es más que el cumplimiento íntegro de una norma y por ello la niña ha decidido por voluntad propia no acudir a clase, el centro ha hecho lo que debía, ni más ni menos.

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        • #94
          Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

          Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
          Exactamente vecina, la norma no tira por el objeto religioso sino por considerar al Hiyab una prenda con la que cubrirte la cabeza y como tal está prohibida por más que quieran ver algunos que es un acto de discriminación esto no es más que el cumplimiento íntegro de una norma y por ello la niña ha decidido por voluntad propia no acudir a clase, el centro ha hecho lo que debía, ni más ni menos.
          En la norma del centro puede poner que tiene derecho a descuartizar y comerse a sus compañeros, y eso no anula la constitucion.

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          • #95
            Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

            Originalmente publicado por Anfield Ver Mensaje
            ¿pero en que parte de la constitucion (y por encima de eso no hay nada) pone que debe quitarselo para ir a clase? Al contrario, pone que no debe ser discriminada por motivos de religion, y claramente este es un caso.
            Perdona compañero, no he hablado de la constitución cuando me refería en mi mensaje. Hay una clara diferencia y es que en esta norma no se menciona al Hiyab como caracter religioso sino como prenda que cubre la cabeza y por ello está totalmente prohibida, tanto gorras, como sombreros, como boinas, etc. No hay más historia, está en España y debe cumplir una serie de normas y costumbres que se tienen aquí y que allí no las tenía pero es lo que hay, al igual que nosotros las cumplimos al ir a esos países, ella debe hacer lo mismo al venir aquí.

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            • #96
              Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

              Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
              Y dale con la burra al trigo. ¿Quién dice que no se respeta? Si no se respetara esa chiquilla no podría ni ir por la calle con su Hiyab, otra historia es que dentro de un centro educativo no se permita llevar cualquier prenda que cubra la cabeza y esta, fuera de términos religioso, lo es, por lo tanto no puede tenerlo durante su estancia en el centro.
              Pero cómo que "no podría ni ir por la calle", ¿en qué clase de país se cree usted que vive? Otra vez, por activa, por pasiva y por perifrástica. Me parece muy bien que a usted el hiyab le parezca un trozo de tela. Lamento informarle de que desde hace 18 años las autoridades de este país, los poderes públicos y todo lo que usted se imagina, están obligados/as a respetar a esa prenda como un símbolo religioso, al igual que un Crucifijo o una Estrella de David. LA LEY ASÍ LO DICE. LEGALMENTE, EL HIYAB ES MÁS QUE UNA GORRA O UN PAÑUELO PARA CUBRIR LA CHORLA. SÓLO SE PUEDE PROHIBIR ACCEDER A UNA PEQUEÑA CON UN HIYAB A UN COLEGIO SI EL RESTO DE SÍMBOLOS RELIGIOSOS TIENEN EL MISMO TRATO, independientemente de que ese centro tenga normas acerca de la vestimenta. Las normas de un centro educativo están MUY PERO QUE MUY POR DEBAJO DE LO QUE DICE NUESTRA CONSTITUCIÓN CON RESPECTO A ESTE TEMA, Y DE LAS NORMAS QUE EMANAN DE LA MISMA Y REGULAN ESTE ASUNTO.

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              • #97
                Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
                Perdona compañero, no he hablado de la constitución cuando me refería en mi mensaje. Hay una clara diferencia y es que en esta norma no se menciona al Hiyab como caracter religioso sino como prenda que cubre la cabeza y por ello está totalmente prohibida, tanto gorras, como sombreros, como boinas, etc. No hay más historia, está en España y debe cumplir una serie de normas y costumbres que se tienen aquí y que allí no las tenía pero es lo que hay, al igual que nosotros las cumplimos al ir a esos países, ella debe hacer lo mismo al venir aquí.



                Ni más, ni menos

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                • #98
                  Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                  Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
                  Perdona compañero, no he hablado de la constitución cuando me refería en mi mensaje. Hay una clara diferencia y es que en esta norma no se menciona al Hiyab como caracter religioso sino como prenda que cubre la cabeza y por ello está totalmente prohibida, tanto gorras, como sombreros, como boinas, etc. No hay más historia, está en España y debe cumplir una serie de normas y costumbres que se tienen aquí y que allí no las tenía pero es lo que hay, al igual que nosotros las cumplimos al ir a esos países, ella debe hacer lo mismo al venir aquí.
                  Las costumbres no constituyen leyes, y por mucho que aqui en España estemos acostumbrados a llevar la cabeza descubierta eso no te da derecho a prohibir que una persona lo lleve, y mas si como, te repito, lo pone en la constitucion.
                  Editado por última vez por Anfield; https://www.betisweb.com/foro/member/842-anfield en 16/04/10, 22:17:13.

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                  • #99
                    Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                    Originalmente publicado por Anfield Ver Mensaje
                    En la norma del centro puede poner que tiene derecho a descuartizar y comerse a sus compañeros, y eso no anula la constitucion.
                    Con todo el respeto del mundo, no seamos burros....eso que mencionas simplemente es matar a seres humanos y está condenado por el código penal con penas de cárcel.

                    La norma del centro se basa en un tema de educación más que nada, si es anticonstitucional esta norma no tiene más que denunciar y se le dará la razón, podrá llevar su Hiyab y problema solucionado.

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                    • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                      Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
                      Exactamente vecina, la norma no tira por el objeto religioso sino por considerar al Hiyab una prenda con la que cubrirte la cabeza y como tal está prohibida por más que quieran ver algunos que es un acto de discriminación esto no es más que el cumplimiento íntegro de una norma y por ello la niña ha decidido por voluntad propia no acudir a clase, el centro ha hecho lo que debía, ni más ni menos.
                      Las Leyes de Libertad Religiosa, y los acuerdos de colaboración suscritos entre el estado y las comunidades islámicas hace cerca de 20 años contradicen esa percepción del hiyab. Y no hay que ser muy ducho en leyes para darse cuenta de que una Ley estatal está por encima de una normas de vestimenta en un centro educativo. Más claro, agua.

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                      • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                        "Está en España", la frase tópica. Como si en España se prohibiera EN TODOS LOS CENTROS EDUCATIVOS, que el alumnado acuda a clase con una gorra en la cabeza.....Ni piés ni cabeza.

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                        • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                          Originalmente publicado por campogibraltareño Ver Mensaje
                          Pero cómo que "no podría ni ir por la calle", ¿en qué clase de país se cree usted que vive? Otra vez, por activa, por pasiva y por perifrástica. Me parece muy bien que a usted el hiyab le parezca un trozo de tela. Lamento informarle de que desde hace 18 años las autoridades de este país, los poderes públicos y todo lo que usted se imagina, están obligados/as a respetar a esa prenda como un símbolo religioso, al igual que un Crucifijo o una Estrella de David. LA LEY ASÍ LO DICE. LEGALMENTE, EL HIYAB ES MÁS QUE UNA GORRA O UN PAÑUELO PARA CUBRIR LA CHORLA. SÓLO SE PUEDE PROHIBIR ACCEDER A UNA PEQUEÑA CON UN HIYAB A UN COLEGIO SI EL RESTO DE SÍMBOLOS RELIGIOSOS TIENEN EL MISMO TRATO, independientemente de que ese centro tenga normas acerca de la vestimenta. Las normas de un centro educativo están MUY PERO QUE MUY POR DEBAJO DE LO QUE DICE NUESTRA CONSTITUCIÓN CON RESPECTO A ESTE TEMA, Y DE LAS NORMAS QUE EMANAN DE LA MISMA Y REGULAN ESTE ASUNTO.
                          Llega a resultar cansino, con todos los respetos posibles. No me hable de politiqueo y escuche.

                          La norma del centro se ajusta a un caracter NO-RELIGIOSO, simplemente por educación y como norma general y al considerarse un Hiyab un una prenda que cubre la cabeza está prohibido llevarlo durante la estancia en el centro al igual que otras prendas como boinas, sombreros, etc.

                          Cuando hablo de que no podría ir por la calle me refiero con el Hiyab puesto, si en este país no hubiese respeto y hubiese la discriminación que usted dice que hay esa chiquilla no podría ir por la calle con el Hiyab puesto no por miedo ni peligro ni muchísimo menos, simplemente porque estaría prohibido y podría ser sancionada por los agentes de la autoridad.

                          Lea, piense y reflexione y hableme sin tanto politiqueo pues cansa tener que repetir una y otra vez lo mismo.

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                          • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                            Originalmente publicado por Anfield Ver Mensaje
                            Las costumbres no constituyen leyes, y por mucho que aqui en España estemos acostumbrados a llevar la cabeza descubierta eso no te da derecho a prohibir que una persona lo lleve, y mas si como, te repito, lo pone en la constitucion.
                            Si es anticonstituacional que lo denuncie y le darán la razón, si no lo es que deje de montar tanto jaleo por algo que no tiene mayor importancia que cumplir las normas y obligaciones del país en el que se encuentra y que la obligan en este caso a quitarle el Hiyab durante su estancia en el centro educativo.

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                            • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                              Originalmente publicado por campogibraltareño Ver Mensaje
                              Las Leyes de Libertad Religiosa, y los acuerdos de colaboración suscritos entre el estado y las comunidades islámicas hace cerca de 20 años contradicen esa percepción del hiyab. Y no hay que ser muy ducho en leyes para darse cuenta de que una Ley estatal está por encima de una normas de vestimenta en un centro educativo. Más claro, agua.
                              Lo dicho al compañero, si es inconstitucional, que denuncie y le darán la razón....lo demás, lealo usted mismo pues estoy cansado de repetir siempre lo mismo.

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                              • Respuesta: Costumbres Occidentales-Orientales

                                Originalmente publicado por campogibraltareño Ver Mensaje
                                "Está en España", la frase tópica. Como si en España se prohibiera EN TODOS LOS CENTROS EDUCATIVOS, que el alumnado acuda a clase con una gorra en la cabeza.....Ni piés ni cabeza.
                                ¿Quién ha dicho eso? ¿Por qué generaliza? Estamos hablando de que en España existen una serie de normas y obligaciones que no existen en otros países y todo aquel extranjero que venga tendrá que ajustarse a las mismas, ni más ni menos.

                                Ni mucho menos se ha generalizado diciendo que en todos los centros educativos se prohibe llevar una prenda que cubra la cabeza, revise el post y no generalice y de paso contengase de soltar más barbaridades.

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