El condenado le dio un empujón y un puñetazo al agresor
Multado con 90 euros por defender a una mujer que estaba siendo agredida por su ex
Un Juzgado de Jaén ha condenado al pago de una multa de 90 euros a un joven de 27 años por defender a una mujer que estaba siendo agredida por su ex novio.
La sentencia indica que los hechos se desarrollaron en febrero de 2008 en el municipio de La Carolina cuando un hombre identificado como José Antonio V.G., de 32 años, comenzó una discusión con su ex novia durante la cual la agarró del cuello.
En ese preciso instante, intervino David R.E., que se interpuso entre ambos y propinó un empujón a José Antonio V.G. tirándolo al suelo, donde le asestó un puñetazo, ocasionándole lesiones que sólo precisaron una primera asistencia sanitaria.
El Ministerio Fiscal calificó en su escrito de acusación estos hechos como constitutivos de un delito de maltrato familiar y una falta de lesiones, pidiendo para José Antonio V.G. por el primer delito una pena de ocho meses de prisión y prohibición de comunicarse o acercarse a su ex novia durante dos años, y para David R.E. por el segundo delito una multa de 720 euros.
No obstante, en el juicio oral la modificó en el sentido de reclamar para José Antonio V.G. por el delito de maltrato familiar 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de comunicarse o aproximarse a su ex novia durante un año, y para David R.E. por la falta de lesiones una multa de 90 euros. La sentencia ya es firme 'al haber manifestado las partes su voluntad expresa de no recurrir'.
Multado con 90 euros por defender a una mujer que estaba siendo agredida por su ex
Un Juzgado de Jaén ha condenado al pago de una multa de 90 euros a un joven de 27 años por defender a una mujer que estaba siendo agredida por su ex novio.
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La sentencia indica que los hechos se desarrollaron en febrero de 2008 en el municipio de La Carolina cuando un hombre identificado como José Antonio V.G., de 32 años, comenzó una discusión con su ex novia durante la cual la agarró del cuello.
En ese preciso instante, intervino David R.E., que se interpuso entre ambos y propinó un empujón a José Antonio V.G. tirándolo al suelo, donde le asestó un puñetazo, ocasionándole lesiones que sólo precisaron una primera asistencia sanitaria.
El Ministerio Fiscal calificó en su escrito de acusación estos hechos como constitutivos de un delito de maltrato familiar y una falta de lesiones, pidiendo para José Antonio V.G. por el primer delito una pena de ocho meses de prisión y prohibición de comunicarse o acercarse a su ex novia durante dos años, y para David R.E. por el segundo delito una multa de 720 euros.
No obstante, en el juicio oral la modificó en el sentido de reclamar para José Antonio V.G. por el delito de maltrato familiar 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de comunicarse o aproximarse a su ex novia durante un año, y para David R.E. por la falta de lesiones una multa de 90 euros. La sentencia ya es firme 'al haber manifestado las partes su voluntad expresa de no recurrir'.
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