Respuesta: Policía Local
Competencias del C.N.P.:
En todo el territorio nacional, las siguientes funciones con caracter exclusivo:
Originalmente publicado por Raulsen
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En todo el territorio nacional, las siguientes funciones con caracter exclusivo:
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a) La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los Pasaportes.[/LEFT]
b) El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
c) Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
d) La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia del Juego.
e) La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
f) Colaborar y prestar auxilio a las Policías de otros paises, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior.
g) El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
h) Aquellas otras que le atribuya la Legislación vigente.
Su sueldo ronda 1500/1800€ mes sino me equivoco al no ser que estes en un grupo especial como la U.I.P etc etc
Competencias de la G.C.:
Con carácter exclusivo, la Guardia Civil tiene las siguientes competencias: - Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
- El Resguardo Fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
- La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
- La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos y aeropuertos, y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
- La conducción interurbana de presos y detenidos.
- Asimismo, podrá desempeñar misiones de carácter militar bajo dependencia del Ministerio de Defensa. Estas misiones aún no están desarrolladas, aunque se encuentra en fase de elaboración un Real Decreto en este sentido.
Su sueldo ronda sin especialdad alguna 1400/1700€ mes sino me equivoco
Competencias de la Policia Local
1. Los cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
a) Proteger a las autoridades de las corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
c) Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenazas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
e) Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello
Su sueldo como eh leido 2000€ para arriba... Incomprensible
La Policia Local no tiene competencia alguna para investigar ningun tipo de delitos, y su suelkdo esta bien compensado con el de las fuerzas y seguridad del Estado no?
Que alguien me responda quien se expone mas en algun altercado publico la local o el C.N.P/G.C.?
a) La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los Pasaportes.[/LEFT]
b) El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
c) Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
d) La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia del Juego.
e) La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
f) Colaborar y prestar auxilio a las Policías de otros paises, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior.
g) El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
h) Aquellas otras que le atribuya la Legislación vigente.
Su sueldo ronda 1500/1800€ mes sino me equivoco al no ser que estes en un grupo especial como la U.I.P etc etc
Competencias de la G.C.:
Con carácter exclusivo, la Guardia Civil tiene las siguientes competencias: - Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
- El Resguardo Fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
- La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
- La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos y aeropuertos, y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
- La conducción interurbana de presos y detenidos.
- Asimismo, podrá desempeñar misiones de carácter militar bajo dependencia del Ministerio de Defensa. Estas misiones aún no están desarrolladas, aunque se encuentra en fase de elaboración un Real Decreto en este sentido.
Su sueldo ronda sin especialdad alguna 1400/1700€ mes sino me equivoco
Competencias de la Policia Local
1. Los cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
a) Proteger a las autoridades de las corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
c) Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenazas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
e) Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello
Su sueldo como eh leido 2000€ para arriba... Incomprensible
La Policia Local no tiene competencia alguna para investigar ningun tipo de delitos, y su suelkdo esta bien compensado con el de las fuerzas y seguridad del Estado no?
Que alguien me responda quien se expone mas en algun altercado publico la local o el C.N.P/G.C.?
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