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  • Re: Factura de Sevici: « 4.498,50 euros por una bicicleta mal anclada»

    Algo asi comentaron un dia por aqui, un compañero que solo se registro para poder contar su problema.

    Originalmente publicado por educervera
    Hola a todos, se puede decir que es la primera vez que estoy en sevilla y me he inscrito en este foro para participar en esta conversación, no por que sea simpatizante del betis. Espero que no os moleste.

    "Llevo 3 días en Sevilla y he comprado un abono de corta duración de sevici. Ahora la máquina me dice que tengo 9005 (nuevemil cinco) euros de deuda.
    Ayer por la noche, al salir del teatro, cogí una bici en la estación 195. Tenía que ir al centro, pero me perdí y, para poner el contador de tiempo a 0, tras unos 15 minutos de uso, dejé la bici con la intención de coger otra en la estación 199. Para mi sorpresa, la opción de retirar una bicicleta estaba en rojo y al seleccionarla la pantalla volvía a la página principal. Imprimí un tiquet y volví a probar, pero nada. Me dio por pulsar la opción "mi cuenta" y allí pude ver que según el ordenador yo había tenido una bicicleta desde hacía unas 9000 horas. Me fijé en el tiquet impreso y, así era, la fecha y hora de salida de la estación 195 de esa misma noche estaba maracada como del 09/05/2010. Supongo que será un error del calendario de la estación 195, pero es que a mi abono le quedan 5 días y no puedo usar sevici.
    He llamado 4 veces al 902011032 pero me dice todo el rato que están ocupados. Como me tenga que gastar un céntimo más en teléfono sin una respuesta mi siguiente paso será la oficina del consuidor.
    Agradezco su pronta respuesta.
    Eduardo"

    Mensaje enviado a sevici hace unos minutos.
    Gracias,
    Edu
    Esto lo publico el compañero educervera el 13 de Nov.

    Es uno de los muchos peros que tiene Sevici, la atencion al publico, yo tengo que agradecer mucho porque me salvan la vida muchas veces. Pero tienen que mejorar muchisimo, muchos aspectos.
    Editado por última vez por Le0; https://www.betisweb.com/foro/member/1176-le0 en 22/11/10, 13:50:12.

    Comentario


    • Re: Factura de Sevici: « 4.498,50 euros por una bicicleta mal anclada»

      Hace 2 días por la noche en la zona de Nervión los terminales de las estaciones fallaron por un fallo informático, por no hablar de que el número fijo de Sevici parece que se ha suprimido o directamente pasan de el.

      Comentario


      • El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peatonale

        El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las aceras y zonas peatonales
        El Alto Tribunal anula la sentencia del TSJA que anuló seis artículos de la ordenanza municipal de peatones y ciclistas
        JORGE MUÑOZ | ACTUALIZADO 22.11.2010 - 16:45

        El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara ajustada a derecho la ordenanza municipal de peatones y ciclistas, por lo que revoca el fallo dictado el 20 de noviembre de 2008 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló seis artículos de dicha norma, entre ellos que los ciclistas puedan circular por las aceras y zonas peatonales de la ciudad.

        La sentencia del Alto Tribunal estima el recurso de casación del Ayuntamiento de Sevilla, que había alegado, entre otros motivos, que se habían vulnerado los artículos 93.2 y 121.5 del Real Decreo que aprobó el reglamento general de circulación, que definen las zonas peatonales, y la ley de bases de régimen local, en cuanto a las facultades del Ayuntamiento para permitir asegurar o amarrar bicicletas a árboles o elementos del mobiliario urbano cuano no existan estacionamientos para el aparcamiento de bicicletas en las vías urbanas en un radio de 50 metros o se encontraran todas las plazas ocupadas.

        En cuanto al primero de los argumentos del Ayuntamiento que acoge el Tribunal Supremo, sobre las zonas peatonales, la sentencia señala que el TSJA parte de una premisa "errónea", puesto que la disposición, "en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas, tuvo por finalidad evitar las posbiles restricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así los derechos y obligaciones de ambos".

        El fallo precisa que al acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes eran del uso exclusivo de los peatones para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas, "no se conculcó con esta delimitación la zona peatonal, pues, aunque pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas, ya que para ello se establece en los artículos anulados una zona específica para el carril-bici, que por ello, necesariamente deja de ser peatonal".

        En cuanto a la posibilidad de amarrar las bicicletas a los árboles o elementos del mobiliario urbano, el Tribunal Supremo señala que la ordenanza municipal no vulnera el Reglamento de Bienes de Entidades Locales, puesto que el Ayuntamiento "excepcionalmente puede autorizar que se puedan estacionar las bicicletas en estos lugares públicos siempre y cuando no se perjudique la salud del árbol, ni impidan su perfecta visibilidad y siempre que no entorpezcan el paso de peatones".

        En consecuencia, el Tribunal Supremo ha casado la sentencia del TSJA y ha declarado "conforme a derecho" el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla de 21 de septiembre de 2007, que aprobó la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas.
        Diario de Sevilla - El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular...

        Torrijos celebra el fallo del Supremo con "enorme satisfacción"
        El concejal de Infraestructuras para la Sostenibilidad felicita a los servicios jurídicos municipales y muestra una "enorme satisfacción" ante el fallo.
        E.P., SEVILLA | ACTUALIZADO 22.11.2010 - 16:37
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        El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las aceras y zonas peatonales...
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        La Concejalía de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Ayuntamiento ha manifestado su "enorme satisfacción" ante el fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) que ha declarado conforme a derecho la aprobación plenaria de la ordenanza municipal de circulación de peatones y ciclistas.

        La sentencia ha estimado un recurso de casación promovido por el Consistorio ante un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaraba nulos una serie de artículos y apartados de la mencionada normativa.

        El concejal de Infraestructuras para la Sostenibilidad, Antonio Rodrigo Torrijos, responsable de las políticas de bicicleta en esta ciudad, ha manifestado en un comunicado su "enorme satisfacción, al entender como extraordinariamente positivo el fallo de esta sentencia".

        Torrijos ha felicitado a los servicios jurídicos municipales y a todos cuantos sevillanos y sevillanas se identifican con las políticas de peatonalización y de fomento de la bicicleta que se están poniendo en marcha y cuyas bases esenciales "se ven ratificadas por esta sentencia del alto tribunal de justicia".

        Aún así, el concejal se ha mostrado prudente hasta "hacer una lectura más exhaustiva de esta decisión del Tribunal Supremo, que ha dejado sin efectos determinados argumentos de las sentencias anteriores del TSJA".


        En la sentencia, el Supremo recuerda así la resolución del Alto Tribunal andaluz, que anuló algunos artículos de la ordenanza que permitían el tránsito de bicicletas por zonas peatonales y por lo que consideraban "zonas de tránsito compartido entre peatones y ciclistas".

        El recurso de casación de la corporación local se sustentó, en primer lugar, en que la sentencia del TSJA infringe los concretos y específicos títulos competenciales del Ayuntamiento en el ámbito de la ordenación del tráfico de personas y vehículos, atribuidos por norma legal, así como la autonomía local constitucionalmente reconocida y garantizada en este caso. El Supremo, al respecto, muestra su aquiescencia con la sentencia del TSJA en el sentido de que la competencia del Consistorio "no es limitada", sino que depende de la ley de Tráfico y su reglamento.

        Sí estima el TS el argumentario dado por el Ayuntamiento en cuanto a su oposición a la anulación del articulado referente al itinerario ciclista por zonas peatonales, ya que "esta disposición es en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas", para "evitar las posibles fricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así los derechos y obligaciones de ambos".

        De esta manera, el acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes eran del exclusivo uso de los peatones para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas no supone, para el Tribunal Supremo, una conculcación de la zona peatonal.

        Por otro lado, para el TS también se puede permitir que las bicicletas puedan ser amarradas a árboles o elementos de mobiliario urbano, pues la corporación municipal, como titular de los bienes de dominio público, "excepcionalmente puede autorizar que se puedan estacionar las bicicletas en estos lugares públicos siempre y cuando no se perjudique la salud de árbol, ni impidan la perfecta visibilidad y siempre que no entorpezcan el paso de los peatones".
        Diario de Sevilla - Torrijos celebra el fallo del Supremo con "enorme satisfacción"

        Comentario


        • Re: Factura de Sevici: « 4.498,50 euros por una bicicleta mal anclada»

          Las bicicletas fallan mas que las escopetas de la feria.

          Comentario


          • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

            ¿Entoces pa que conyo hacen los carriles bici? No lo entiendo

            Comentario


            • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

              Originalmente publicado por flaverman Ver Mensaje
              ¿Entoces pa que conyo hacen los carriles bici? No lo entiendo
              Existen sitios donde no hay carril bici, por ejemplo, yo suelo dar paseos en la "burra" por el centro y me gusta pasar por la C/Tetuan o C/sierpes no se cual es ahora mismo, y ayí no hay carriles bici... o por la Catedral y así mil sitios

              Comentario


              • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                Originalmente publicado por Betis_firm Ver Mensaje
                Existen sitios donde no hay carril bici, por ejemplo, yo suelo dar paseos en la "burra" por el centro y me gusta pasar por la C/Tetuan o C/sierpes no se cual es ahora mismo, y ayí no hay carriles bici... o por la Catedral y así mil sitios
                Hombre pero es que esas calles que dices por ejemplo, me parece lo más normal del mundo que lo tengan prohibido a ciertas horas... Pasa demasiada gente por ahí como para que puedan pasar las bicicletas, lo considero más un peligro que otra cosa.

                Entiendo que estas cosas se permitirán en lugares adecuados para ello, no en sitios así.

                Comentario


                • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                  Originalmente publicado por flaverman Ver Mensaje
                  ¿Entoces pa que conyo hacen los carriles bici? No lo entiendo
                  Una cosa no tiene nada que ver con la otra compañero, te explico, es muy sencillo de entender ya que todo esto viene contemplado en las ordenanzas de circulación de peatones y ciclistas.

                  Antes que nada, todo aquel que desee puede leerse las ordenanzas de circulación de peatones y ciclistas por si tuviera alguna duda, viene todo explicado perfectamente.

                  http://www.acontramano.org/noticias/...efinitivas.pdf

                  El carril bici como su propio nombre indica lo podrán usar las bicicletas y en su caso las sillas de ruedas que también estarán autorizadas, no los carritos de bebe como muchas veces he visto por el carril bici.

                  En caso de no existir carril bici los ciclistas podrán circular por la calzada o en su caso el acerado en el sentido que más convenga a su destino. Normalmente un ciclista no va a utilizar un acerado teniendo carril bici al lado salvo que este convenga a su destino.

                  Se habla de zonas peatonales y demás a calles como san fernando, la avenida de la constitución, plaza nueva, plaza de la alfalfa, plaza del pan, etc. Ahí debe reinar el civismo tanto de los peatones como de los ciclistas y deberán éstos tener en cuenta la prioridad de los peatones al ser una zona PEATONAL pero en la que pueden circular los ciclistas.

                  Viendo esta sentencia del Tribunal Supremo no me extrañaría en absoluto que lo más antes posible se retirara la prohibición de circulación a los ciclistas de 10 de la mañana a 22 de la noche por 27 calles peatonales del centro entre las que están Tetuán y Sierpes. Se reconoce por una señal como ésta.





                  Mientras tanto no creo que pase nada porque un ciclista circule por dichas horas en alguna de esas calles, siempre manteniendo la prioridad del peatón y teniendo mucha prudencia. Me imagino que una multa por incumplir esta norma teniendo una sentencia del Tribunal Supremo a favor de que puedan circular por aceras y zonas peatonales valdría de poco.

                  Por mi parte, una gran noticia y un suspiro de alivio para todos los ciclistas que de alguna forma nos sentíamos atacados por cierto sector de la ciudad que trataba de demonizarnos como fuese.

                  Comentario


                  • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                    Originalmente publicado por JoSeMa23^^ Ver Mensaje
                    Hombre pero es que esas calles que dices por ejemplo, me parece lo más normal del mundo que lo tengan prohibido a ciertas horas... Pasa demasiada gente por ahí como para que puedan pasar las bicicletas, lo considero más un peligro que otra cosa.

                    Entiendo que estas cosas se permitirán en lugares adecuados para ello, no en sitios así.
                    No me extrañaría nada que esa norma a partir de ahora careciera de valor teniendo esta sentencia del Tribunal Supremo favorable a la circulación de los ciclistas por las zonas peatonales que recordemos, esta medida la impuso el Ayuntamiento por la decisión del TSJA que anulaba 6 artículos en lo referente a la circulación de los ciclistas por las zonas peatonales.

                    Comentario


                    • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                      Habemus lio

                      Comentario


                      • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                        Originalmente publicado por Decimal Ver Mensaje
                        No me extrañaría nada que esa norma a partir de ahora careciera de valor teniendo esta sentencia del Tribunal Supremo favorable a la circulación de los ciclistas por las zonas peatonales que recordemos, esta medida la impuso el Ayuntamiento por la decisión del TSJA que anulaba 6 artículos en lo referente a la circulación de los ciclistas por las zonas peatonales.
                        Pues no te extrañaría, pero sinceramente a mi no me parecería bien...

                        Lugares como la calle Tetuán, donde pasa tantísima gente cada día, que ya es difícil andar "agusto" siendo peatón... No veo muy lógico que también incluyamos a bicicletas en dicha vía, sinceramente.

                        Y eso hablando de días "normales", que cuando se ponen allí los vendedores ambulantes ocupando aun más espacio, o en días de compras o cierto tipo de fiestas, no digamos ya...

                        Comentario


                        • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                          Es decir, con la Ley en la Mano un Ciclista es tan PEATÓN como un Viandante... bien, de acuerdo.


                          ¿Entonces quien tiene preferencia en este paso de PEATONES en el Carril Bici?

                          ¿El peatón que va andando o el peatón que va pedaleando?












                          P.D. No decir que es el árbol.

                          Comentario


                          • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                            Originalmente publicado por JoSeMa23^^ Ver Mensaje
                            Pues no te extrañaría, pero sinceramente a mi no me parecería bien...

                            Lugares como la calle Tetuán, donde pasa tantísima gente cada día, que ya es difícil andar "agusto" siendo peatón... No veo muy lógico que también incluyamos a bicicletas en dicha vía, sinceramente.

                            Y eso hablando de días "normales", que cuando se ponen allí los vendedores ambulantes ocupando aun más espacio, o en días de compras o cierto tipo de fiestas, no digamos ya...
                            Ahí al igual que en las 27 calles peatonales debe dejarse al civismo de cada uno. Actualmente se está construyendo en uno de los locales existentes junto a los Jardines Murillo la sede de la futura policía ciclista que servirá para mediar y multar a los infractores, tanto peatones como ciclistas.

                            El civismo de un ciclista le indicará que una calle Tetuán saturada le tiene que indicar que debe bajarse de la bicicleta e ir andando al igual que podrá ir montado y circular por la calle cuando ésta esté libre de peatones o casi.

                            Comentario


                            • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                              Originalmente publicado por Miguelón Ver Mensaje
                              Es decir, con la Ley en la Mano un Ciclista es tan PEATÓN como un Viandante... bien, de acuerdo.
                              Le recomiendo que se lea tanto la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas como la sentencia del Tribunal Supremo pues en absoluto un ciclista tiene los mismos derechos y obligaciones que un peatón, son completamente diferentes.

                              Ordenanza de circulación de peatones y ciclistas

                              Sentencia del Tribunal Supremo

                              Originalmente publicado por Miguelón Ver Mensaje
                              ¿Entonces quien tiene preferencia en este paso de PEATONES en el Carril Bici?

                              ¿El peatón que va andando o el peatón que va pedaleando?



                              P.D. No decir que es el árbol.
                              En un carril bici el peatón podrá cruzar por los pasos de peatones destinados para ellos, ejerciendo la misma prioridad que en un paso de peatones en la calzada, por lo tanto un paso de peatones en un carril bici la prioridad la tendrá el peatón, eso si, cuando esté pasando, no es lo mismo que quedarse enmedio como he visto en muchas ocasiones.

                              El peatón podrá pasar de un lado a otro del carril bici sin ser paso de peatones pero la prioridad será del ciclista y deberá mirar a ambos lados para comprobar la inexistencia de ciclistas circulando cerca.

                              Comentario


                              • Re: El Tribunal Supremo declara que los ciclistas pueden circular por las zonas peato

                                Más noticias en los medios.

                                El TS declara conforme a derecho la aprobación en Pleno de la ordenanza de peatones y ciclistas

                                EFE Actualizado 22/11/2010 14:31
                                El Tribunal Supremo ha declarado conforme a derecho la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas de Sevilla que permite a las bicicletas circular por zonas peatonales y acercas, al estimar el recurso de casación del Consistorio contra la sentencia del TSJA que anuló varios artículos relacionados con ello.

                                La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha anulado la sentencia de final de 2008 de esa Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que estimó parcialmente el recurso de una empresa y declaró nulos cuatro artículos íntegros de la ordenanza, parte de otros dos y el apartado del anexo que define los "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales".

                                En su fallo, al que ha tenido acceso Efe, el Supremo indica que "procede casar la sentencia impugnada y declarar ajustado a derecho" el acuerdo del Pleno municipal de Sevilla que el 21 de septiembre de 2007 aprobó esa ordenanza.

                                Para ello, entiende que los preceptos anulados por el TSJA no infringen la Ley de Tráfico ni el Reglamento General de Circulación.

                                El TSJA había anulado los artículos y la parte del anexo sobre "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales" que permiten a los ciclistas, "respetando en todo caso la prioridad" del peatón, circular por zonas peatonales y "zonas de tránsito compartido" entre éstos y las bicis; circular excepcionalmente en sentido contrario; y que puedan amarrarlas a árboles o elementos del mobiliario urbano.

                                En este último caso, la ordenanza municipal de Sevilla lo permite cuando no haya aparcamientos específicos para bicicletas en un radio de 50 metros o estén todas las plazas ocupadas, y "siempre que con ello no se perjudique la salud del árbol, no se impida su perfecta visibilidad" ni se "entorpezca el tránsito de vehículos o peatones".

                                Ante los motivos de casación que adujo el Ayuntamiento, relativos a las características propias de las Ordenanzas locales respecto del resto de normas de rango reglamentario, y sus competencias y la autonomía local reconocida en materia de ordenación del tráfico, el TS comparte el criterio expresado en el fallo del TSJA de que la competencia municipal depende de la Ley de Tráfico y su reglamento.

                                Sin embargo, al anular varios artículos de la ordenanza y la parte de su anexo sobre "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales" por considerar que éstos "contradicen" la definición de zona peatonal que recoge dicha ley, el Supremo argumenta que la sentencia del TSJA parte de una premisa "errónea".

                                Así, el TS sostiene que "esta disposición" se adopta "en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas" y "tuvo por finalidad evitar las posibles fricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así los derechos y obligaciones de ambos".

                                Considera que, de esta forma, "al acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes eran del exclusivo uso de los peatones, para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas, no se conculcó con esta delimitación la zona peatonal".

                                El Supremo añade que "aunque (la zona peatonal) pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas, ya que para ello se establece en los artículos anulados una zona específica para el carril-bici, que, por ello, necesariamente deja de ser peatonal".
                                El TS declara conforme a derecho la aprobación en Pleno de la ordenanza de peatones y ciclistas - El Correo de Andalucía

                                El Tribunal supremo admite la circulación de ciclistas por las vías peatonales
                                Desestima la anulación del TSJA a varios artículos de la ordenanza de peatones de circulación de peatones y ciclistas. Acepta también el aparcamiento de bicicletas en árboles y señales
                                ABC / SEVILLA
                                Día 22/11/2010 - 16.04h
                                La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha emitido una sentencia en la que declara conforme a derecho la aprobación en Pleno del Ayuntamiento de Sevilla de la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas, al estimar un recurso de casación interpuesto por el Consistorio hispalense tras un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaraba nulos una serie de artículos y apartados de la mencionada normativa.

                                En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo recuerda así la resolución del Alto Tribunal andaluz, que anuló algunos artículos de la ordenanza --concretamente el 16, 40, 41, 43 y parte de los artículos 44 y 48, así como el apartado del anexo que hace referencia a los itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales-- que permitían el tránsito de bicicletas por zonas peatonales y por lo que consideraban "zonas de tránsito compartido entre peatones y ciclistas". Asimismo, y entre otros aspectos, también se anulaba el artículo mediante el cual se permite que las bicicletas puedan ser amarradas a árboles o elementos de mobiliario urbano --siempre que con ello no se perjudique la salud del árbol, no se impida la visibilidad ni se entorpezca el tránsito de vehículos o peatones-- en el supuesto de que no existan estacionamientos para bicicletas cercanos.

                                El recurso de casación de la corporación local se sustentó, en primer lugar, en que la sentencia del TSJA infringe los concretos y específicos títulos competenciales del Ayuntamiento en el ámbito de la ordenación del tráfico de personas y vehículos, atribuidos por norma legal, así como la autonomía local constitucionalmente reconocida y garantizada en este caso. El Supremo, al respecto, muestra su aquiescencia con la sentencia del TSJA en el sentido de que la competencia del Consistorio "no es limitada", sino que depende de la ley de Tráfico y su reglamento.

                                Sí estima el TS el argumentario dado por el Ayuntamiento en cuanto a su oposición a la anulación del articulado referente al itinerario ciclista por zonas peatonales, ya que "esta disposición es en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas", para "evitar las posibles fricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así los derechos y obligaciones de ambos". De esta manera, el acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes eran del exclusivo uso de los peatones para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas no supone, para el Tribunal Supremo, una conculcación de la zona peatonal.

                                Por otro lado, para el TS también se puede permitir que las bicicletas puedan ser amarradas a árboles o elementos de mobiliario urbano, pues la corporación municipal, como titular de los bienes de dominio público, "excepcionalmente puede autorizar que se puedan estacionar las bicicletas en estos lugares públicos siempre y cuando no se perjudique la salud de árbol, ni impidan la perfecta visibilidad y siempre que no entorpezcan el paso de los peatones".
                                El Tribunal supremo admite la circulacin de ciclistas por las vas peatonales - abcdesevilla.es

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