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  • Nuevo Código Penal.

    Robar una bolsa de pipas será delito, según el Código Penal de Rajoy


    El Gobierno otorga entidad delictiva a cualquier hurto aunque el valor de lo sustraído esté por debajo del límite actual de 400 euros.

    El hurto de una bolsa de pipas en una tienda o de un bolígrafo en una papelería será delito. El Proyecto de Código Penal aprobado por el Gobierno castiga como delito de hurto la sustracción de cualquier bien ajeno "sin la voluntad de su dueño", aunque su valor se sitúe por debajo de los 400 euros, límite que establece la legislación actual.

    La supresión de las faltas que propone la reforma se traduce, en el caso de infracciones contra el patrimonio, en que todos los supuestos pasen a tener la consideración de delitos, castigados genéricamente con entre 6 y 18 meses de cárcel.

    Sin embargo, para paliar los casos de poca entidad, la reforma establece como circunstancias atenuantes "el escaso valor de los bienes sustraídos y la situación económica de la víctima", en los cuales el juez impondrá una pena de multa de uno a tres meses (lo que significa un mínimo de 180 euros y un máximo de 36.000, pero que debe ajustarse a la cuantía de lo sustraído). Nunca se considerarán de escasa gravedad los hurtos de bienes con valor superior a 1.000 euros.

    Fuentes judiciales consultadas por Público calificaron de "engendro" la solución adoptada por el Gobierno al dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto, ya que, aunque en los casos de poca entidad pueden tener igual sanción (las faltas estaban castigadas con pena de multa de uno a dos meses), puede provocar situaciones injustas por los antecedentes penales que acarrea el delito. Así, señalan que puede darse el caso de un joven de 18 años que hurte un cd en una tienda, sea condenado por ello, y pase a tener un antecedente penal que le impida opositar a un empleo público.

    Las mismas fuentes destacaron que en los últimos tiempos se ha registrado un incremento de hurtos, tradicionalmente cometidos por drogodependientes o bandas, pero ahora también por familias sin recursos. En su opinión, dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto perjudica a quienes cometen estos actos de modo ocasional.

    Añadieron que ante las "conductas insignificantes" que pueden ser el hurto de objetos de escasísimo valor, podría haberse optado, al suprimir las faltas, por la sanción administrativa, como señalan que ocurre en Alemania.

    La reforma introduce además cuatro nuevos casos agravados de hurto, castigados con entre uno y tres años de prisión. Primero, cuando se sustraiga cableado, conducciones, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico. Segundo, cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios quese utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas oganaderas y se cause un perjuicio grave a las mismas.

    Asimismo, considera agravante que "el autor actúe con profesionalidad", que se apreciará cuando tenga "el ánimo de proveerse una fuente de ingresos no meramente ocasional". Parece referirse a los carteristas o a ladrones expertos.

    También tendrán castigo de uno a tres años de prisión quienes usen a menores de 16 años para cometer los hurtos. Hasta ahora, el Código habla de menores de 14.

    El nuevo Código, que arrancará ahora su tramitación parlamentaria y estará sujeto a las modificaciones que decidan las Cortes, establece además un tipo superagravado de hurto, penado con hasta cuatro años de prisión, cuando el autor, u otro de los partícipes en el delito, "porte un arma u otro instrumento peligroso".

    Así como cuando se trate de un miembro de una organización o grupo criminal constituido para la comisión continuada de delitos contra la propiedad, y otro de sus integrantes participe en la comisión del delito.

    La reforma establece que a los condenados por cualquiera de los delitos mencionados se les podrá imponer además un medida de libertad vigilada cuando terminen de cumplir sus penas.


    Robar una bolsa de pipas será delito, según el Código Penal de Rajoy - Público.es
    Editado por última vez por Attila Ladinszky; https://www.betisweb.com/foro/member/99109-attila-ladinszky en 25/09/13, 08:39:56.

  • #2
    re: Nuevo Código Penal.

    es un titular muy llamativo a la par que demagogo.

    esta reforma viene dada entre otras cosas por la situación de impunidad que disfrutan muchos carteristas profesionales que saben cuanto robar para no pisar la cárcel

    la misma policía se muestra impotente ante ladrones que han detenido cientos de veces y por mas que los detenían mas seguían delinquiendo

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    • #3
      Y robar 1 millon de euros no

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      • #4
        re: Nuevo Código Penal.

        Originalmente publicado por lobezno8 Ver Mensaje
        Y robar 1 millon de euros no
        O 48 millones.

        ¿Diaz Ferrán? Santo barón, HAY QUE TRABAJAR MAS Y COBRAR MENOS DECIA LA CREATURITA, ESTANDO ENTONCES AL FRENTE DEL EMPRESARIADO ESPAÑOL..........................

        Comentario


        • #5
          re: Nuevo Código Penal.

          Díaz Ferrán acumuló un patrimonio inmobiliario valorado en 88 millones, según un informe policial.

          El expresidente de la CEOE puso fincas a nombre de sus hijos y hermanos.

          Cobró más de un millón de euros en efectivo de Ángel de Cabo.

          De Cabo admitió tener 20 millones en efectivo y una casa de 500.000 euros.


          El expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, en prisión provisional desde diciembre por el vaciamiento patrimonial del grupo Marsans, acumuló bienes inmobiliarios valorados en 88 millones de euros, según un informe policial aportado a la causa.

          El escrito sostiene que Díaz Ferrán, imputado por alzamiento de bienes, insolvencia punible, y blanqueo de capitales, entre otros delitos, trató de ocultar esos y otros bienes mediante distintas operaciones acordadas con el comprador del grupo turístico, Ángel de Cabo, para "eludir" las medidas que acarreaba la entrada en concurso de acreedores de Marsans.

          El informe de la brigada de blanqueo de capitales de la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal remitido al juez Eloy Velasco, que instruye la Operación Crucero, incluye un listado con una veintena de propiedades, como la finca El Alamín, en la localidad toledana de Santa Cruz de Retamar, valorada en 40 millones y que cuenta con un castillo calificado bien de interés cultural.

          Viviendas, garajes y dos apartamentos en Nueva York
          La titular de la finca era la mercantil Pulpi SL, propiedad a su vez de las sociedades InversionesGrudisán y Navalverche, de las que el expresidente de la CEOE poseía el 100% del capital.

          En la relación, además del domicilio familiar de Díaz Ferrán en Madrid, valorado en un millón, aparecen gasolineras, locales comerciales, solares, plazas de garaje y viviendas en la capital, Málaga y Mallorca, además de dos apartamentos en Nueva York cuyo valor conjunto asciende a 7,47 millones.

          Entre las operaciones para ocultar bienes, los peritos citan la transferencia de sus vehículos a varias sociedades, algo similar a lo ocurrido con la embarcación "Leuqar III", supuestamente vendida a una mercantil domiciliada en las Islas Vírgenes sin relación con Díaz Ferrán, aunque la policía ha hallado documentos que indican que seguía siendo el titular de la misma.

          Otras operaciones están vinculadas con familiares directos del exdueño de Marsans, como sus hijos Raquel y Gerardo y sus hermanos Manuel y Jesús, que acabaron siendo titulares de varios inmuebles originalmente atribuidos a Díaz Ferrán, entre ellos dos viviendas unifamiliares en la localidad balear de Calviá y cuatro fincas en Madrid.

          De Cabo entregó un millón a Díaz Ferrán
          Los documentos intervenidos revelan también, según la policía, la participación De Cabo -que adquirió el Grupo Marsans a Díaz Ferrán a través de la sociedad Possibilitum y que, como él, se encuentra en prisión preventiva- a la hora de ayudar al expresidente de la CEOE y a su socio, el fallecido Gonzalo Pascual, a ocultar su patrimonio ante sus acreedores.

          Los investigadores sostienen que los tres urdieron una trama para ocultar bienes de Marsans y el patrimonio personal de Díaz Ferrán y de Pascual, que tras traspasar en junio de 2010 del grupo turístico a De Cabo pactaron con éste recibir 100.000 euros al mes hasta alcanzar una cantidad de ocho millones.

          En este sentido, el informe conocido ahora incluye un documento intervenido en el domicilio de la secretaria de De Cabo, Susana Mora, encabezado por las siglas GDF -que se corresponden con las del exdirigente de la CEOE- y que refleja 15 apuntes por diferentes importes, todos fechados en 2011, hasta sumar 916.000 euros.

          Según los peritos, las cantidades eran retiradas de cuentas bancarias y justificadas mediante facturas, pero el dinero era entregado en efectivo a Díaz Ferrán, que de este modo se habría embolsado algo más de un millón en un solo año, ya que a la cantidad anterior hay que sumar tres cheques bancarios, uno de 40.000 euros y los otros dos de 30.000 euros.

          El pasado 19 de junio, un testaferro de De Cabo, Juan Vicente Semper, confirmó en su declaración ante el juez Velasco este modo de actuar, al asegurar que su jefe le ordenó en dos ocasiones retirar 100.000 euros del banco, que después guardó en mochilas para que fueran entregadas al expresidente de la CEOE.

          La policía afirma que Pascual también recibió dinero de De Cabo, de quien el informe recuerda que en el registro de su domicilio se hallaron 380.000 euros en metálico escondidos detrás de un mueble y siete cheques bancarios por un importe conjunto superior a 210.000 euros.

          De Cabo admitió tener 20 millones en efectivo
          Por otra parte, el empresario Ángel de Cabo, que en junio de 2010 compró el Grupo Marsans a Díaz Ferrán y que como él está en prisión preventiva acusado del vaciamiento patrimonial del grupo turístico, admitió poseer 20 millones en efectivo cuando quiso abrir una cuenta en Suiza.

          La apertura de las cuentas -una a su nombre y otra al de su mujer- tuvo lugar el 29 de abril de 2011, menos de un año después de la adquisición de Marsans, en la oficina del BBVA de Zúrich (Suiza), pero antes De Cabo tuvo que cumplimentar un formulario, denominado "Verificación de clientes", en el que debía responder a cuestiones sobre su "riqueza y fuentes de riqueza".

          El documento figura en un informe de la brigada de blanqueo de capitales de la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal de la policía remitido al juez Eloy Velasco, y en él De Cabo responde a esa cuestión asegurando que su patrimonio consistía en 20 millones en efectivo y en una casa en Valencia valorada en 500.000 euros.

          De Cabo también cifró sus ingresos anuales totales en 700.000 euros, según el formulario, en el que se describe la actividad del empresario diciendo que lideraba "un despacho que se dedica a financiar y gestionar compañías en situaciones delicadas para generar liquidez buscando su viabilidad y posible venta".


          Díaz Ferrán acumuló un patrimonio inmobiliario valorado en 88 millones, según un informe policial - RTVE.es





          Un "paquete de pipas" vaya.

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          • #6
            re: Nuevo Código Penal.

            Dentro de nada, será delito hasta respirar con este gobierno....

            Comentario


            • #7
              re: Nuevo Código Penal.

              Originalmente publicado por Attila Ladinszky Ver Mensaje
              O 48 millones.

              ¿Diaz Ferrán? Santo barón, HAY QUE TRABAJAR MAS Y COBRAR MENOS DECIA LA CREATURITA, ESTANDO ENTONCES AL FRENTE DEL EMPRESARIADO ESPAÑOL..........................
              A lo que añadir, la prescripción de cierto delitos por los que ciertos políticos están siendo juzgados o investigados.

              O la responsabilidad de gerentes de entidades que vendían preferentes.

              O los aforados y su mala regulación que permite que se use, no para defender el derecho parlamentario, sino para esquivar a la ley en casos de corrupción.

              Y podriamos seguir...
              Editado por última vez por Berbet; https://www.betisweb.com/foro/member/99955-berbet en 25/09/13, 00:49:41.

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              • #8
                re: Nuevo Código Penal.

                El Código Penal castigará enviar tuits que inciten a alterar el orden público.


                El proyecto del Gobierno introduce un nuevo delito que sanciona con hasta 1 año de cárcel la difusión de mensajes de ese tipo "a través de cualquier medio". También prevé prisión para quienes ocupen bancos.

                "La distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público (...) o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año".

                Es el texto de un nuevo artículo introducido por el Gobierno en el Proyecto de Código Penal aprobado este viernes. La referencia a cualquier medio abarca desde Twitter a Facebook, o cualquier otra red social accesible en Internet.

                Fuentes del Ministerio de Justicia aseguran que este nuevo tipo penal no supone la persecución de la difusión de convocatorias genéricas de manifestaciones, en las que, a posteriori, puedan registrarse actos violentos, sino que está vinculada al llamamiento a delitos concretos de alteración grave de orden público.

                Sin embargo, otras fuentes judiciales piensan que puede dar cobertura a actuaciones policiales desproporcionadas, como las llevadas a cabo contra los promotores de la manifestación del 25-S del año pasado para cercar el Congreso de los Diputados, que fueron archivadas por el juez Santiago Pedraz.

                La alteración grave de orden público será castigada con hasta 6 años de cárcel
                Los delitos de alteración del orden público especialmente graves, que el proyecto propone castigar con entre 1 y 6 años de cárcel, pasan a ser aquellos donde "alguno de los partícipes" porte un arma u otro instrumento peligroso, o exhiba un arma de fuego simulada; o los supuestos de lanzamientos de objetos contundentes o líquidos inflamables, el incendio y la utilización de explosivos.

                Pero igualmente graves, y con posibilidad de la misma sanción, se califican las alteraciones que "se lleven a cabo en una manifestación o reunión numerosa, o con ocasión de alguna de ellas". Las otras dos agravantes son que se produzcan actos de pillaje, o que el autor se prevalga de su condición de autoridad, agente de ésta o de funcionario público.

                Los mensajes en Internet que quedarán prohibidos serán los que inciten a la comisión de alguna de esas alteraciones graves de orden público, según el proyecto.

                El tipo no agravado del delito de alteración de orden público, con pena máxima de tres años de cárcel, queda así en el proyecto, que pretende modificar el artículo 557 del Código: “1. Quienes actuando en grupo o individualmente pero amparados en él, alteraren la paz pública ejecutando actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas, o amenazando a otros con llevarlos a cabo, serán castigados con una pena de seis meses a tres años de prisión. Estas penas serán impuestas sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los actos concretos de violencia o de amenazas que se hubieran llevado a cabo".

                Y "2.- Con las mismas penas se castigará a quienes actuaren sobre el grupo o sus individuos incitándoles a realizar las acciones descritas en el apartado anterior o reforzando su disposición a llevarlas a cabo.”

                Desde la asociación progresista Jueces para la Democracia se considera que varios de estos artículos traslucen una voluntad del Gobierno por criminalizar algunas actuaciones típicas, no violentas, del movimiento de los indignados.

                En ese sentido, recuerdan que el nuevo artículo 557.ter, de nuevo cuño, está claramente pensado para castigar --con penas de prisión de hasta seis meses-- a los ciudadanos que han llevado a cabo ocupaciones de bancos en protesta por los desahucios.

                Ese artículo del proyecto dice: "Los que, actuando en grupo o individualmente, pero amparados en él, invadan u ocupen, contra la voluntad de su titular, el domicilio de una persona jurídica pública o privada, un despacho, oficina, establecimiento o local, aunque se encuentre abierto al público, y causen con ello una perturbación relevante de su actividad normal, serán castigados con una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses".

                El Código Penal castigará enviar tuits que inciten a alterar el orden público - Público.es

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                • #9
                  Re: Nuevo Código Penal.

                  Lo veo bien pero que dejen de politizar la justicia para cuando llegan casos especiales en los que tienen que ver políticos,que eliminen el vergonzante aforamiento,etc

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