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¡¡Bretón: Culpable!!

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  • #16
    Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

    Originalmente publicado por Beodo Ver Mensaje


    Hecha por y para maleantes.
    Se Indultan sin ningún miramiento. Hoy te indulto yo, mañana me indultas tú.

    Condenado a 15 años, su indulto contradecía el informe del Tribunal Supremo,
    y ahí está, para la defensa de "afines" suyos.


    Todo se torció para él en febrero de 1997, en plena guerra digital por los derechos del fútbol en televisión. Gómez de Liaño admitió a trámite una denuncia del suegro de su cuñada, el periodista Jaime Campmany, e inició el proceso contra Sogecable (grupo Prisa), es decir, contra Jesus de Polanco y Juan Luis Cebrián, por un presunto delito de apropiación indebida.

    Polanco lo denunció por prevaricación y fue condenado. Todas sus decisiones fueron revocadas por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En 1998, Polanco lo denunció por prevaricación (tomar resoluciones injustas a sabiendas). Antes de ser condenado por dicho delito y apartado de la carrera judicial, tuvo una última actuación polémica: intentó quedarse con el caso del vídeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez (medio en que colaboró después), vinculándolo a los GAL.

    El 1 de diciembre de 2000, el Gobierno del PP anunció la concesión de 1.443 indultos, entre ellos el de Gómez de Liaño, que había sido condenado a 15 años de inhabilitación por prevaricación continuada. El indulto contradecía un informe del Tribunal Supremo, que se había pronunciado en contra de reintegrarle en la carrera judicial. A pesar de ello, en junio de 2001, el Supremo ordenó reponerlo en la carrera judicial.

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    • #17
      Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

      Originalmente publicado por 11romario11 Ver Mensaje
      El destierro en mitad del desierto o en una isla llena de jaguares, pirañas y arañas venenosas sería un buen destino para quienes cometan actos tan atroces.

      Si no saben vivir con la sociedad, a sobrevivir con las bestias.
      ¿y qué te han hecho a tí esos pobres animalitos para que tu les pongas como condena compartir isla con este ser?

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      • #18
        Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

        Originalmente publicado por Zanche Ver Mensaje
        ¿y qué te han hecho a tí esos pobres animalitos para que tu les pongas como condena compartir isla con este ser?
        Es para que vayan picando, mientras les mandamos el resto.

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        • #19
          Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

          José Bretón condenado a 40 años de prisión

          Ya ha salido la sentencia de José Bretón. El padre de los niños ha sido condenado a 40 años deprisión por el asesinato de sus hijos, 20 por cada uno de ellos.

          Bretón podrá pedir el tercer grado a los 20 años y deberá pagar a Ruth Ortiz 500.000 euros.

          El fallo del juez Pedro Vela es el siguiente:

          "Que de acuerdo con el Veredicto del Jurado, debo condenar y condeno a José Bretón Gómez, como autor criminalmente responsable de dos delitos de asesinato, con la concurrencia en ambos de la circunstancia agravante de parentesco, a las penas, por cada asesinato, de veinte años de prisión, con la accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de las condenas; abonándosele el período de prisión preventiva. La clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se podrá efectuar hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.

          Asimismo, impongo a José Bretón Gómez la prohibición de acercamiento a Dña. Ruth Ortiz Ramos, Dña. Obdulia Ramos Gallego y D. Estanislao Ortiz Ramos en un radio de un kilómetro, y la prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio, durante veintiún años por cada delito de asesinato; computables a partir del momento en que el tratamiento penitenciario permita la concesión de permisos.

          Y por el delito de simulación de delito, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, condeno al acusado a la pena de nueve meses de multa, a razón de diez euros diarios.

          Por vía de responsabilidad civil, condeno a José Bretón Gómez a que indemnice a Dña. Ruth Ortiz Ramos en 500.000 euros; al Ministerio del Interior del Gobierno de España en 137.335,65 euros y al Ayuntamiento de Córdoba en 22.567 euros. Cantidades que devengarán el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.

          Una vez firme esta sentencia, líbrese exhorto al Registro Civil de esta capital, con testimonio de la presente resolución, ordenando la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz, acaecida en esta ciudad el día 8 de octubre de 2011.

          Entregándose al tiempo a Dña. Ruth Ortiz Ramos, para su inhumación, los restos de dichos menores custodiados en este tribunal.

          Así mismo, condeno al acusado al pago de las costas, incluyendo las de la acusación particular.

          Notifíquese esta sentencia a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, en el plazo de diez días y en los términos previstos en el artículo 846 bis c) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

          Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

          La defensa recurrirá el veredicto del jurado y la sentencia

          Por su parte, la defensa de Bretón recurrirá el veredicto del jurado y posterior sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y llegará hasta el Supremo si no logra un fallo favorable.

          Un tribunal superior podría declarar nulo el juicio, si considerara que el veredicto no ha suficientemente motivado. En ese caso, ordenaría repetir la vista oral.
          Editado por última vez por Milio Linares; https://www.betisweb.com/foro/member/21045-milio-linares en 22/07/13, 11:58:49.

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          • #20
            Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

            Si este hombre no tiene un duro, ¿por qué se le permite recurrir?

            Si recurre, y el resultado es desfavorable, ¿como piensa pagar a la madre y demás?, ¿quién pagara dichos recursos al TSJA y al Supremo?

            Comentario


            • #21
              Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

              Originalmente publicado por Milio Linares Ver Mensaje
              Si este hombre no tiene un duro, ¿por qué se le permite recurrir?

              Si recurre, y el resultado es desfavorable, ¿como piensa pagar a la madre y demás?, ¿quién pagara dichos recursos al TSJA y al Supremo?
              Sería de una injusticia enorme, que no se le permita recurrir a los que no tengan dinero.

              Comentario


              • #22
                Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

                Originalmente publicado por Caudetreba Ver Mensaje


                Se Indultan sin ningún miramiento. Hoy te indulto yo, mañana me indultas tú.

                Condenado a 15 años, su indulto contradecía el informe del Tribunal Supremo,
                y ahí está, para la defensa de "afines" suyos.


                Todo se torció para él en febrero de 1997, en plena guerra digital por los derechos del fútbol en televisión. Gómez de Liaño admitió a trámite una denuncia del suegro de su cuñada, el periodista Jaime Campmany, e inició el proceso contra Sogecable (grupo Prisa), es decir, contra Jesus de Polanco y Juan Luis Cebrián, por un presunto delito de apropiación indebida.

                Polanco lo denunció por prevaricación y fue condenado. Todas sus decisiones fueron revocadas por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En 1998, Polanco lo denunció por prevaricación (tomar resoluciones injustas a sabiendas). Antes de ser condenado por dicho delito y apartado de la carrera judicial, tuvo una última actuación polémica: intentó quedarse con el caso del vídeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez (medio en que colaboró después), vinculándolo a los GAL.

                El 1 de diciembre de 2000, el Gobierno del PP anunció la concesión de 1.443 indultos, entre ellos el de Gómez de Liaño, que había sido condenado a 15 años de inhabilitación por prevaricación continuada. El indulto contradecía un informe del Tribunal Supremo, que se había pronunciado en contra de reintegrarle en la carrera judicial. A pesar de ello, en junio de 2001, el Supremo ordenó reponerlo en la carrera judicial.
                Hombre ya cuenta todo...

                Estrasburgo condena a Espaa por no ser imparcial en el juicio a Gmez de Liao | elmundo.es
                Caso Gómez de Liaño: revolcón del Tribunal de Estrasburgo a la imagen de España - ElConfidencial.com

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                • #23
                  Re: ¡¡Bretón: Culpable!!

                  Pues si, un juez tiene derecho a equivocarse, de hecho lo admiten, pero es tan delgada
                  la linea que lo separa de la prevaricación. Ya que estamos en una pagina de futbol, los
                  arbitros se equivocan, tienen el derecho de equivocarse, y eso los absuelven de que
                  no sean partidistas. Los mismito que los jueces, con la salvedad que las equivocaciones
                  en los Jueces son más peligrosas.

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