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Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicación

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  • Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicación

    Si para poder votar, en cada Junta hay que movilizar a los 1.000 accionistas en 30 días a partir de la convocatoria de cada una de ellas...

    ¿Qué diferencia hay entre tener que hacer eso y que las Sindicaciones no existan?

    Y si eso es en todas las empresas del mundo o solo en el Betis.

    A ver si alguien me lo explica.



    Olivencia, Bosch, consejeros, los asesores externos, Manolo Aguilar...

  • #2
    Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

    Mendo, ha dia de hoy solo puedo decir, que el pacto de sindicación es válido. Frente a una opinión que dice que no lo es.


    No quiero repetir las cosas en post distintos, pero hijo.... ¿qué quieres que te diga?

    Comentario


    • #3
      Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

      Donde esta el dictamen, aqui o aqui, donde esta el dictamen, aqui o aqui, donde esta el dictameeeeeeeeeeeennnnnnnn

      ¿Lo conoceremos algun dia o menos papeles que una liebre?

      Comentario


      • #4
        Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

        Originalmente publicado por mendolaga Ver Mensaje
        Si para poder votar, en cada Junta hay que movilizar a los 1.000 accionistas en 30 días a partir de la convocatoria de cada una de ellas...

        ¿Qué diferencia hay entre tener que hacer eso y que las Sindicaciones no existan?

        Y si eso es en todas las empresas del mundo o solo en el Betis.

        A ver si alguien me lo explica.



        Olivencia, Bosch, consejeros, los asesores externos, Manolo Aguilar...
        Sin entrar en que si la LEY dice ésto, o que no lo dice, o que es obligatorio hacerlo o que no es obligatorio
        Pero para contestarte me voy a situar en el SUPUESTO de que sea obligatorio a partir de ahora y para las sucesivas asambleas.
        Aunque tampoco voy a entrar a valorar cuanto de tedioso tiene el tema, cuanto trabajo supone o cuanto dinero vale esa movilización.

        Pero imaginando que sea sólo firmar una autorización (Inclusive que tenga venir acompañada de DNI) que lo mismo esas fotocopias de los sindicados están en poder de PNB o en el notario de cuando sindicaron

        Es cuestión de cartear, bien por el método tradicional o bien por correo electrónico, la base de datos de esos sindicados está. se les envía el impreso incluso relleno a la espera de recibirlo firmado en caso de delegar el voto que se cuestiona.

        Seguramente, diremos pero es que hay poco tiempo ahora y tambien está el tema de los puntos de la orden del día. Bien es cierto que hay poco tiempo para la próxima junta.

        Pero hablando para lo sucesivo, se puede hacer con bastante antelación y en cuanto a lo de conocer los puntos del orden del día. al sindicado se le puede decir que firme la autorización para ceder su voto a la junta de fecha tal (Aunque no hayan publicado y aunque ni siquiera se conozca los puntos del orden del día) con una notita en la que se le diga más o menos y en otros términos que su autorización de voto va a ir siempre según la intención de voto que PNB acuerde en "su asamblea" antes de la Junta de Accionistas que se celebre (Lógicamente aquí PNB ya conoceria la publicación de dicha Junta) (Más o menos)
        Para lo sucesivo es como si firmase en Blanco (depositando su confianza a lo que PNB decida en su asamblea) que será justamente cuando se conozcan esos puntos del orden del día (No se si me explico) pero la firma de la autorización ya estaría dispuesta...

        Insisto que ésta contestación no es exhaustiva, seguramente esta gestión supone un coste y todas esas cosas....y tampoco estoy diciendo que haya que hacerlo, lo digo por si al final es de obligado cumplimiento, que resulta no ser obligatorio pues no hemos hablado nada y a seguir...

        Comentario


        • #5
          Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

          Si ya lo sé, la carta por el método tradicional creo que son 0,35 península x 1000 si vá al sindicado y la vuelta de la contestación. (O concertar el correo con franqueo pagado) etc. etc. no quiero entrar en esos detalles aunque son importantes porque es un dinerito al fin y al cabo

          Comentario


          • #6
            Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

            Gracias Comandante, si demuestran que las plataformas no valen, espero que nos eches una mano.

            Comentario


            • #7
              Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

              Originalmente publicado por Comandante Ver Mensaje
              Si ya lo sé, la carta por el método tradicional creo que son 0,35 península x 1000 si vá al sindicado y la vuelta de la contestación. (O concertar el correo con franqueo pagado) etc. etc. no quiero entrar en esos detalles aunque son importantes porque es un dinerito al fin y al cabo
              O sea, Comandante... volviendo al principio del hilo, NINGUNA DIFERENCIA entre sindicar y pedir una autorización para cada Junta en la que se diga que votan lo que decida la asociación PNB o lo que decida "X"

              En definitiva, la figura de la sindicación, MUERTA

              Comentario


              • #8
                Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                Originalmente publicado por el kiwi mecanico Ver Mensaje
                Gracias Comandante, si demuestran que las plataformas no valen, espero que nos eches una mano.
                Gracias a las plataformas hemos salido del túnel, no entiendo tu contestación...

                No es cuestión de reprochar nada es cuestión de buscar soluciones por si un problema se presenta (Que no se presenta el problema estupendo) pero ser previsor tampoco es malo...

                Comentario


                • #9
                  Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                  Originalmente publicado por sitebochum71 Ver Mensaje
                  O sea, Comandante... volviendo al principio del hilo, NINGUNA DIFERENCIA entre sindicar y pedir una autorización para cada Junta en la que se diga que votan lo que decida la asociación PNB o lo que decida "X"

                  En definitiva, la figura de la sindicación, MUERTA
                  No lo entiendo tampoco Site, la Sindicacion no puede morir si el sindicado siempre tiene depositada la confianza en el Pacto, digamos que la SIndicación es el carnet de Socio de la Peña PNB, y cuando hay asamblea se entrega una cartulina a cada socio que asiste (o que no puede asistir) o que no tiene gana y deposita su confianza en otro) y lo echa en la urna (Justamente con la intención de voto de la Plataforma), perdonar pero estoy un poco espeso con lo ejemplos, pero chispa mas o menos

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                    Originalmente publicado por Comandante Ver Mensaje


                    Gracias a las plataformas hemos salido del túnel, no entiendo tu contestación...

                    No es cuestión de reprochar nada es cuestión de buscar soluciones por si un problema se presenta (Que no se presenta el problema estupendo) pero ser previsor tampoco es malo...
                    Pues mi contestación es mu sencilla de entender....

                    A dia de hoy, la plataforma de sindicación de acciones es válida. Si un dia, demuestran que no es una figura válida, pues espero que nos ayudes a poder agrupar el mayor número de acciones.

                    No se donde está la dificultad.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                      Originalmente publicado por Comandante Ver Mensaje


                      No lo entiendo tampoco Site, la Sindicacion no puede morir si el sindicado siempre tiene depositada la confianza en el Pacto, digamos que la SIndicación es el carnet de Socio de la Peña PNB, y cuando hay asamblea se entrega una cartulina a cada socio que asiste (o que no puede asistir) o que no tiene gana y deposita su confianza en otro) y lo echa en la urna (Justamente con la intención de voto de la Plataforma), perdonar pero estoy un poco espeso con lo ejemplos, pero chispa mas o menos
                      Es que el principial derecho político que se cede es el de asistencia y voto. Precisamente el que se conculca. POr más que depositen la confianza, si luego no podemos votar por ellos a menos que nos den una autorización para cada junta, estaríamos en el mismo caso que si los asociados con acciones nos dan una autorización para cada junta y no se crease la plataforma (que es lo que pregunta el autor del post)

                      Se mire por donde se mire, es un contrasentido crear una agrupación con vocación de permanencia para luego tener que agrupar a los miembros otra vez cada año
                      Editado por última vez por sitebochum71; https://www.betisweb.com/foro/member/1372-sitebochum71 en 10/06/11, 16:55:02.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                        Originalmente publicado por el kiwi mecanico Ver Mensaje
                        Pues mi contestación es mu sencilla de entender....

                        A dia de hoy, la plataforma de sindicación de acciones es válida. Si un dia, demuestran que no es una figura válida, pues espero que nos ayudes a poder agrupar el mayor número de acciones.

                        No se donde está la dificultad.
                        No se pone en duda que la sindicación de acciones sea válida, de hecho lo es, es un figura válida y sus derechos recogidos,
                        excepto el conflicto en cuestión del tema del voto (que hay que resolver y que a nadie le estoy diciendo en que sentido va a caer la razón)

                        Repasa tu contestación anterior y verás que no procede que digas..."que si demuestran que las plataformas no valen"
                        claro que valen nadie cuestiona eso.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                          Originalmente publicado por Comandante Ver Mensaje

                          Sin entrar en que si la LEY dice ésto, o que no lo dice, o que es obligatorio hacerlo o que no es obligatorio
                          Pero para contestarte me voy a situar en el SUPUESTO de que sea obligatorio a partir de ahora y para las sucesivas asambleas.
                          Aunque tampoco voy a entrar a valorar cuanto de tedioso tiene el tema, cuanto trabajo supone o cuanto dinero vale esa movilización.

                          Pero imaginando que sea sólo firmar una autorización (Inclusive que tenga venir acompañada de DNI) que lo mismo esas fotocopias de los sindicados están en poder de PNB o en el notario de cuando sindicaron

                          Es cuestión de cartear, bien por el método tradicional o bien por correo electrónico, la base de datos de esos sindicados está. se les envía el impreso incluso relleno a la espera de recibirlo firmado en caso de delegar el voto que se cuestiona.

                          Seguramente, diremos pero es que hay poco tiempo ahora y tambien está el tema de los puntos de la orden del día. Bien es cierto que hay poco tiempo para la próxima junta.

                          Pero hablando para lo sucesivo, se puede hacer con bastante antelación y en cuanto a lo de conocer los puntos del orden del día. al sindicado se le puede decir que firme la autorización para ceder su voto a la junta de fecha tal (Aunque no hayan publicado y aunque ni siquiera se conozca los puntos del orden del día) con una notita en la que se le diga más o menos y en otros términos que su autorización de voto va a ir siempre según la intención de voto que PNB acuerde en "su asamblea" antes de la Junta de Accionistas que se celebre (Lógicamente aquí PNB ya conoceria la publicación de dicha Junta) (Más o menos)
                          Para lo sucesivo es como si firmase en Blanco (depositando su confianza a lo que PNB decida en su asamblea) que será justamente cuando se conozcan esos puntos del orden del día (No se si me explico) pero la firma de la autorización ya estaría dispuesta...

                          Insisto que ésta contestación no es exhaustiva, seguramente esta gestión supone un coste y todas esas cosas....y tampoco estoy diciendo que haya que hacerlo, lo digo por si al final es de obligado cumplimiento, que resulta no ser obligatorio pues no hemos hablado nada y a seguir...
                          Bien está ir haciendo estas reflexiones, SIN PERJUICIO DE SEGUIR DEFENDIENDO DONDE CORRESPONDA EL CRITERIO JURÍDICO QUE ENTENDEMOS CORRECTO, como quiera que no hay que descartar que en un futuro, en alguna Asamblea que realmente pudiera ser absolutamente decisoria, por ejemplo porque solo votase el 48% no perteneciente a Farusa, fuese conveniente tener preparado el Plan "B" si alguien pretendiese discutir algo de la Plataforma, y jugársela a una impugnación judicial tortuosa en los juzgados.

                          Saludos.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                            Originalmente publicado por Comandante Ver Mensaje

                            No se pone en duda que la sindicación de acciones sea válida, de hecho lo es, es un figura válida y sus derechos recogidos,
                            excepto el conflicto en cuestión del tema del voto (que hay que resolver y que a nadie le estoy diciendo en que sentido va a caer la razón)

                            Repasa tu contestación anterior y verás que no procede que digas..."que si demuestran que las plataformas no valen"
                            claro que valen nadie cuestiona eso.
                            Comandante, lo cuestiona un supuesto dictamen.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Diferencias entre "re-sindicar" para cada Junta y que no exista Pacto de Sindicac

                              Originalmente publicado por sitebochum71 Ver Mensaje
                              Es que el principial derecho político que se cede es el de asistencia y voto. Precisamente el que se conculca. POr más que depositen la confianza, si luego no podemos votar por ellos a menos que nos den una autorización para cada junta, estaríamos en el mismo caso que si los asociados con acciones nos dan una autorización para cada junta y no se crease la plataforma (que es lo que pregunta el autor del post)

                              Se mire por donde se mire, es un contrasentido crear una agrupación con vocación de permanencia para luego tener que agrupar a los miembros otra vez cada año
                              La diferencia está en que el pacto ya de por si TE DA unos derechos justamente recogidos y permanentes (Independientes de otro derecho) que pudieran resultar variables.

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