Anuncio

Colapsar
No hay anuncio todavía.

Rechazada la solicitud de Lopera para la suspensión de las medidas cautelares

Colapsar

Adaptable Foro

Colapsar
X
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Rechazada la solicitud de Lopera para la suspensión de las medidas cautelares

    El pasado 7 de Abril se conoció la petición que realizo Manuel Ruiz de Lopera para que quedaran sin efectos las medidas cautelares relativas a la suspensión de los derechos políticos de las acciones de Lopera. La defensa de Lopera entendía que la situación de administración concursal hacia innecesario mantener las administración judicial de las acciones de su defendido.

    La petición ha sido desestimada por el juzgado de instrucción nº6 en un auto que resulta bastante esclarecedor para conocer la situación actual de la querella por delito societario contra Manuel Ruiz de Lopera. La juez Mercedes Alaya, entiende que deben continuar las medidas cautelares que impuso el pasado 17 de Julio basándose en los siguientes puntos:

    1) “Porque existe, como se ha expuesto en resoluciones anteriores, una parte importante de dicho paquete accionarial, (20.662 acciones), que indiciariamente se habría adquirido de manera ilícita. Pero es que ademas la Iltma. Audiencia Provincial en su auto de fecha 20 de enero de 2011, acerca de la impugnación de que la prohibición del ejercicio de los derechos políticos se extendiera a todo el paquete accionarial titulado por el imputado, inclusive a las 30.869 acciones que no son objeto de investigación penal.”

    2) “En cualquier caso es claro que la finalidad de la administración concursal es diferente a la de la administración judicial sobre las acciones de FARUSA, pues la primera persigue bien un convenio como solución novatoria de las obligaciones impagadas ante la situación de insolvencia del deudor, o en su caso, en defecto del anterior, la liquidación como medio de obtención de los recursos con los que satisfacer dichas obligaciones hasta donde alcancen. Por su parte la administración judicial en este caso se asienta, sobre la base de la existencia de indicios de un mal uso de la posición mayoritaria que le ofrece al Sr. Ruiz de Lopera la tenencia de tales acciones y se dirige a una utilización de dicho paquete accionarial en beneficio de la sociedad, manteniendo al mismo tiempo el valor de dichas acciones 0 en su caso incrementándolo, lo cual es perfectamente compatible con el concurso voluntario en el que el Real Betis conservara las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido su ejercicio a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización 0 conformidad, siendo notoria en el presente supuesto la estrechisima cooperación del administrador judicial Sr. Bosch Valero con el Consejo de administración del Club".


    Lee el AUTO completo aquí:

    (atención especial a la pagina 3 y 4)

    auto120411.pdf

Adaptable footer

Colapsar
Espere un momento...
X