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El Comité de Apelación de la RFEF ha desestimado los recursos del Cádiz y el Betis contra la decisión del de Competición del 21 de agosto de no abrir expediente disciplinario por la denuncia presentada por ambos clubes en el denominado 'caso Hércules'.
El Cádiz presentó el 5 de agosto una denuncia por "una presunta infracción prevista en el artículo 75 del Código Disciplinario de la RFEF, consistente en la predeterminación de resultados", así como la presentada igualmente por el Real Betis.
Apelación explica que "la investigación que reclaman los clubes recurrentes existe dentro de las facultades del órgano disciplinario, pero ello no implica que éste venga obligada a iniciarla, por puro automatismo, ante cualquier denuncia, pues ello supondría que las competencias disciplinarias estarían supeditadas a la iniciativa de cualquier denunciante y no a la libre valoración que de la denuncia haga el Comité disciplinario, cuya es la competencia para iniciarlo, como destaca con todo detalle la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 8, sentencia 1135/2000, de 22 de diciembre que negó virtualidad a la denuncia para iniciar un procedimiento, y negó al denunciante la condición de interesado en el procedimiento judicial, afirmando textualmente que 'por tanto las facultades del denunciante se agotan tan sólo con la formulación de la denuncia, ya que la decisión de incoación es exclusiva del órgano titular de potestad'".
Igualmente Aeplación entiende que "carece de virtualidad la circunstancia de que tanto la Fiscalía de la Audiencia Provincial como la Abogacía del Estado hicieran referencias a la posibilidad de que se iniciara el procedimiento que pudiera corresponder en la órbita disciplinaria para esclarecer lo sucedido, pues ello debe entenderse con sometimiento a los principios expuestos".
"En otros términos, la simple invocación de los preceptos no excusa la necesidad en que se halla el órgano disciplinario de examinar si concurren indicios suficientes de la comisión de una conducta antideportiva, presupuesto inexcusable de su actuación", agrega el comité en su resolución.
El Cádiz y el Betis formularon recurso de apelación contra la resolución del 20 de agosto pasado del Comité de Competición, que desestimó la pretensión de ambos clubes de "iniciar procedimiento disciplinario en relación con presuntas irregularidades relacionadas con prácticas antideportivas para asegurar los resultados de determinados encuentros de fútbol, a fin de que resultara favorecido el Hércules, entonces club de Segunda División".
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El Comité de Apelación de la RFEF ha desestimado los recursos del Cádiz y el Betis contra la decisión del de Competición del 21 de agosto de no abrir expediente disciplinario por la denuncia presentada por ambos clubes en el denominado 'caso Hércules'.
El Cádiz presentó el 5 de agosto una denuncia por "una presunta infracción prevista en el artículo 75 del Código Disciplinario de la RFEF, consistente en la predeterminación de resultados", así como la presentada igualmente por el Real Betis.
Apelación explica que "la investigación que reclaman los clubes recurrentes existe dentro de las facultades del órgano disciplinario, pero ello no implica que éste venga obligada a iniciarla, por puro automatismo, ante cualquier denuncia, pues ello supondría que las competencias disciplinarias estarían supeditadas a la iniciativa de cualquier denunciante y no a la libre valoración que de la denuncia haga el Comité disciplinario, cuya es la competencia para iniciarlo, como destaca con todo detalle la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 8, sentencia 1135/2000, de 22 de diciembre que negó virtualidad a la denuncia para iniciar un procedimiento, y negó al denunciante la condición de interesado en el procedimiento judicial, afirmando textualmente que 'por tanto las facultades del denunciante se agotan tan sólo con la formulación de la denuncia, ya que la decisión de incoación es exclusiva del órgano titular de potestad'".
Igualmente Aeplación entiende que "carece de virtualidad la circunstancia de que tanto la Fiscalía de la Audiencia Provincial como la Abogacía del Estado hicieran referencias a la posibilidad de que se iniciara el procedimiento que pudiera corresponder en la órbita disciplinaria para esclarecer lo sucedido, pues ello debe entenderse con sometimiento a los principios expuestos".
"En otros términos, la simple invocación de los preceptos no excusa la necesidad en que se halla el órgano disciplinario de examinar si concurren indicios suficientes de la comisión de una conducta antideportiva, presupuesto inexcusable de su actuación", agrega el comité en su resolución.
El Cádiz y el Betis formularon recurso de apelación contra la resolución del 20 de agosto pasado del Comité de Competición, que desestimó la pretensión de ambos clubes de "iniciar procedimiento disciplinario en relación con presuntas irregularidades relacionadas con prácticas antideportivas para asegurar los resultados de determinados encuentros de fútbol, a fin de que resultara favorecido el Hércules, entonces club de Segunda División".
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