Respuesta: Villar no quiere ascender al Betis
Voy a poner por aquí un post del foro del Valladolid donde creo que han dejado bastante claro como va todo esto:
Hola,
Os voy a intentar explicar (aunque no se si merece la pena porque se lee cada cosa en este mismo post...) la situación actual de este caso. Como premisa hay que saber que el Hercules es a todos los efectos equipo de primera desde el 1 de Julio y por tanto está en primera división.
Actualmente el Consejo Superior de Deportes a través de la abogacía del estado se ha personado como acusación particular en el caso donde un juez ha interceptado una conversación deonde se demuestra la compra de un partido.
Con el código penal actual la compra de partidos no es ilegal. Sin embargo si el juez que lleva el caso autoriza a abogacía del estado a personarse como acusación particular, entonces abogacía del estado tendrá acceso a las pruebas. A día de hoy el juez no ha autorizado esto.
Si el juez no lo autoriza se acabó, el Hercules es equipo de primera. Si el juez autoriza a abogacía del estado, entonces abogacía del estado pasará las pruebas al CSD que a su vez se las pasará a la Real Federación española de fútbol. Básicamente el CSD le dirá a la RFEF "Toma, aquí tienes pruebas de que se ha comprado un partido, actua en consecuencia"
Creo que se entiende que esta vía (que el csd le pase pruebas a la rfef) es una vía administrativa y no judicial. Esto quiere decir que este caso no tiene nada que ver con un juez ya, sino que ya es una prueba que tiene la rfef.
Si pasa esto, la rfef investigará este caso y puede pasar varias cosas:
1.- Que no haga nada (lo cual sería flipante porque tiene pruebas de que se ha adulterado la competición)
2.- Que sancione al Hércules.
¿Qué tipo de sanción tendría el Hércules?
Pues depende de la RFEF. Puede ser la pérdida de la categoría o la resta de puntos. Por ejemplo la RFEF puede decir que el Hercules empiece la competición con -15 puntos.
¿Que pasa si la RFEF desciende al Hércules?
Si el descenso fuese por motivos económicos el derecho a ocupar la plaza es del primer descendido por causas deportivas. Sin embargo no es el caso porque el descenso no es por causas económicas.
Así que hay que ir al reglamento de la RFEF:
Teneís el reglamento aquí: http://www.rfef.es/FCKeditor/UserFil...amento2010.pdf Ojalá los periodistas se la leyesen (dudo que alguno sepa a estas alturas leer por las bobadas que publican)
Artículo 191 La categoría de los equipos
Punto 4
Citar:
Si las vacantes se produjeran en Primera División, excepto en el supuesto de descenso por impago de deudas, la LNFP determinará quién o quiénes ocuparán las mismas o si se produce una disminución del número de clubes en dicha categoría.
Es decir que será la RFEF quien dictamine si:
La primera se queda con 19 equipos
O elija que equipo debe subir. Ojo con esto. Según este artículo puede subir el Oviedo por ejemplo ya que es la RFEF quien elije y no hay un criterio definido.
Por eso si volviendo al principio el juez permite a abogacía del estado acceder a las pruebas, el Valladolid debería empezar a hacer ruido y mucho, porque es la RFEF quien elije quien sube y el Betis nos lleva ventaja.
Lo que está claro es que el Valladolid debería explotar el mismo artículo 191 que también habla de los descensos por causas económicas:
Citar:
En los supuestos de tener el derecho deportivo de permanecer en la categoría de que se trate (Primera o Segunda División), si se produjera el descenso por impago de las cantidades vencidas y exigibles que se adeuden a sus futbolistas profesionales al 31 de julio de cada año, se ofrecerá la vacante o, en su caso, vacantes, a los equipos de su categoría descendidos por causas exclusivamente deportivas, siempre que se subroguen en la deuda del equipo descendido por impago
Si la RFEF estima que en este caso la plaza es para el primero que desciende, debería extender esta conducta al resto de supuestos.
Voy a poner por aquí un post del foro del Valladolid donde creo que han dejado bastante claro como va todo esto:
Hola,
Os voy a intentar explicar (aunque no se si merece la pena porque se lee cada cosa en este mismo post...) la situación actual de este caso. Como premisa hay que saber que el Hercules es a todos los efectos equipo de primera desde el 1 de Julio y por tanto está en primera división.
Actualmente el Consejo Superior de Deportes a través de la abogacía del estado se ha personado como acusación particular en el caso donde un juez ha interceptado una conversación deonde se demuestra la compra de un partido.
Con el código penal actual la compra de partidos no es ilegal. Sin embargo si el juez que lleva el caso autoriza a abogacía del estado a personarse como acusación particular, entonces abogacía del estado tendrá acceso a las pruebas. A día de hoy el juez no ha autorizado esto.
Si el juez no lo autoriza se acabó, el Hercules es equipo de primera. Si el juez autoriza a abogacía del estado, entonces abogacía del estado pasará las pruebas al CSD que a su vez se las pasará a la Real Federación española de fútbol. Básicamente el CSD le dirá a la RFEF "Toma, aquí tienes pruebas de que se ha comprado un partido, actua en consecuencia"
Creo que se entiende que esta vía (que el csd le pase pruebas a la rfef) es una vía administrativa y no judicial. Esto quiere decir que este caso no tiene nada que ver con un juez ya, sino que ya es una prueba que tiene la rfef.
Si pasa esto, la rfef investigará este caso y puede pasar varias cosas:
1.- Que no haga nada (lo cual sería flipante porque tiene pruebas de que se ha adulterado la competición)
2.- Que sancione al Hércules.
¿Qué tipo de sanción tendría el Hércules?
Pues depende de la RFEF. Puede ser la pérdida de la categoría o la resta de puntos. Por ejemplo la RFEF puede decir que el Hercules empiece la competición con -15 puntos.
¿Que pasa si la RFEF desciende al Hércules?
Si el descenso fuese por motivos económicos el derecho a ocupar la plaza es del primer descendido por causas deportivas. Sin embargo no es el caso porque el descenso no es por causas económicas.
Así que hay que ir al reglamento de la RFEF:
Teneís el reglamento aquí: http://www.rfef.es/FCKeditor/UserFil...amento2010.pdf Ojalá los periodistas se la leyesen (dudo que alguno sepa a estas alturas leer por las bobadas que publican)
Artículo 191 La categoría de los equipos
Punto 4
Citar:
Si las vacantes se produjeran en Primera División, excepto en el supuesto de descenso por impago de deudas, la LNFP determinará quién o quiénes ocuparán las mismas o si se produce una disminución del número de clubes en dicha categoría.
Es decir que será la RFEF quien dictamine si:
La primera se queda con 19 equipos
O elija que equipo debe subir. Ojo con esto. Según este artículo puede subir el Oviedo por ejemplo ya que es la RFEF quien elije y no hay un criterio definido.
Por eso si volviendo al principio el juez permite a abogacía del estado acceder a las pruebas, el Valladolid debería empezar a hacer ruido y mucho, porque es la RFEF quien elije quien sube y el Betis nos lleva ventaja.
Lo que está claro es que el Valladolid debería explotar el mismo artículo 191 que también habla de los descensos por causas económicas:
Citar:
En los supuestos de tener el derecho deportivo de permanecer en la categoría de que se trate (Primera o Segunda División), si se produjera el descenso por impago de las cantidades vencidas y exigibles que se adeuden a sus futbolistas profesionales al 31 de julio de cada año, se ofrecerá la vacante o, en su caso, vacantes, a los equipos de su categoría descendidos por causas exclusivamente deportivas, siempre que se subroguen en la deuda del equipo descendido por impago
Si la RFEF estima que en este caso la plaza es para el primero que desciende, debería extender esta conducta al resto de supuestos.
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