El recurso es para que el juez permita que las grabaciones sean usadas para efectuar la investigación. Sino no hay nada que hacer. Bueno sí, ir a la Audiencia Nacional como última instancia.
Creo que el juez lo rechazará y la Audiencia dirá que si.
Respuesta: El Recurso de la Fiscalía al Juzgado de Instrucción de Alicante
Menudo repaso le da, con palito incluido porque dice que confunde el derecho a la intimidad personal y familiar con el derecho de secreto de las comunicaciones, aparte dice que el Código Penal castiga al juez o magistrado que se arrogue atribuciones que no le corresponden, aunque entre paréntesis y en negrita pone (que evidentemente no es el caso que nos ocupa) Por un lado dice que no habría instromisión a la intimidad, después que "si bien no autoriza al juez a ampliar la intervención telefónica a estos hechos, sí produce la obligación de deducir el correspondiente testimonio del hallazgo casual, que no se trata de descubrir hechos genéricos ni infracciones administrativas sino que descubierta casualmente pueda perseguirse en la vía correspondiente". También que no hay vulneración del principio de proporcionalidad, que no se puede hacer una intepretación matemática de que sólo es para delitos graves, que el principio exige una valoración de los intereses en juego. Es decir, que vía libre según el fiscal.
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Originalmente publicado por Danielinho182Ver Mensaje
El recurso es para que el juez permita que las grabaciones sean usadas para efectuar la investigación. Sino no hay nada que hacer. Bueno sí, ir a la Audiencia Nacional como última instancia.
Creo que el juez lo rechazará y la Audiencia dirá que si.
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Al final entre recurso y recurso empieza la competicion y cuando ya se este jugando mandaran al hercules a 2ªb y la primera se quedara con 19 equipos dejando al betis en segunda.
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El recurso es para que el juez permita que las grabaciones sean usadas para efectuar la investigación. Sino no hay nada que hacer. Bueno sí, ir a la Audiencia Nacional como última instancia.
Creo que el juez lo rechazará y la Audiencia dirá que si.
El portavoz del CSD decía este mediodía que si lo desestimase el juez, recurrirían a la Audiencia Provincial pero creo que acudirían directamente a la Audiencia Nacional mediante un recurso con carácter de urgencia.
Al final entre recurso y recurso empieza la competicion y cuando ya se este jugando mandaran al hercules a 2ªb y la primera se quedara con 19 equipos dejando al betis en segunda.
Lissavetzky ya dijo que no caben demoras, se está viendo que no mentía y que va en serio con el asunto. La verdad es que está actuando rápido, esta vez no hay motivo para quejarse.
Menudo repaso le da, con palito incluido porque dice que confunde el derecho a la intimidad personal y familiar con el derecho de secreto de las comunicaciones, aparte dice que el Código Penal castiga al juez o magistrado que se arrogue atribuciones que no le corresponden, aunque entre paréntesis y en negrita pone (que evidentemente no es el caso que nos ocupa) Por un lado dice que no habría instromisión a la intimidad, después que "si bien no autoriza al juez a ampliar la intervención telefónica a estos hechos, sí produce la obligación de deducir el correspondiente testimonio del hallazgo casual, que no se trata de descubrir hechos genéricos ni infracciones administrativas sino que descubierta casualmente pueda perseguirse en la vía correspondiente". También que no hay vulneración del principio de proporcionalidad, que no se puede hacer una intepretación matemática de que sólo es para delitos graves, que el principio exige una valoración de los intereses en juego. Es decir, que vía libre según el fiscal.
Ojala pudiera ser tan optimista, si es verdad que esta bien rebatido el auto pero seguro que lo vuelve a desetimar y si tienen que ir a la Audiencia Provincial no se cuanto tiempo tardará y seguro que ya seria demasiado tarde.
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La negativa del juez d alicante dará alugar a correpondiente recuerso ante la A Provincial de Alicante.. Ahora bien, si ésta rechaza el recurso o incluso antes de plantearlo , lo que piensa el abogado del estado es interponer una querella por estafa quinielsitica ante la Audencia nacional que seria la comptente en este caso. Alli la cuestión que se plantearia seria similar, es decir si el juez debe dar traslado de las cintas al CSD
En el fondo la cuestión que se plantea es la que dije ayer, es decir si se pueden utilizar los pinchazos telefóncos en procesos adminstrativos. El Tr¡bunal Supremo sólo lo ha admitido en relación los delitos más graves,porque al fin y al cabo son los que mayores perjuicios ocasionan. En este caso, no hay delito sino infracción adminstrativa pero las consecuecias de esta infracción son incluso más graves y perjudciales que las de un delito grave(ej una estafa inmobiliaria).Y en eso precisamente se basa el recurso del fiscal. Qué es más grave que a una persona le estafen en la compra de una vivienda o que a un club de futbol le birlen el ascenso y le ocasionen unos perjucios equivalentes a 25 mde euros? .En el primer caso hay delito grave,en el segundo sólo infracción administrativa.
A esperar toca
Editado por última vez por exJosema1907; https://www.betisweb.com/foro/member/29900-exjosema1907 en 06/08/10, 20:19:52.
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Originalmente publicado por peazo_betisVer Mensaje
Ojala pudiera ser tan optimista, si es verdad que esta bien rebatido el auto pero seguro que lo vuelve a desetimar y si tienen que ir a la Audiencia Provincial no se cuanto tiempo tardará y seguro que ya seria demasiado tarde.
Todo este proceso durará antes de que empiece la liga. Por tiempo no es.
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