Respuesta: Han metido, y bien, la pata
Eso es cierto, pero yo no lo veo claro.
He buscado esa sentencia que comentas, y por un lado se afirma que los Administradores no podían desconvocar la junta extraordinaria, en efecto. Pero justo después dice la sentencia que los que concurrieron a la junta no podían celebrarla, dado que era nula por la convocatoria y desconvocatoria, y que lo que tendrían que haber hecho es reclamar la convocatoria judicial de la junta. Para el que la quiera leer, he subido la sentencia: http://www.scribd.com/doc/34655106/STS-17-03-2004
La parte a la que me refiero está justo antes del fallo, en los apartados e) y f) del fundamento jurídico tercero, hacia el final de la página 5.
Hace un mes salió la noticia de que PNB había reclamado la convocatoria judicial de la junta extraordinaria. Así lo hizo, el 25 de junio: http://www._pornuestrobetis_.com/ind...s-balompie-sad
Pero según el art. 101 de la ley de sociedades anónimas, la convocatoria judicial se realiza por el juez de primera instancia, a petición de los socios y con audiencia de los administradores. La convocatoria para el día 20 de agosto no es una convocatoria judicial, porque se dice que se convoca "por acuerdo del Consejo de Administración, en reunión celebrada el pasado 7 de Julio": http://www.boe.es/borme/dias/2010/07...2010-23913.pdf
Entonces lo que yo entiendo es que hay una solicitud de convocatoria judicial extraordinaria del Betis pendiente de resolución en el Juzgado, y que si el Consejo decide desconvocar la junta del día 20, daría "igual" porque cuando el Juez responda al requerimiento de PNB se convocará igualmente (aunque a saber cuándo será eso). En cualquier caso, si el Consejo desconvoca la junta, no sería posible que se celebrase el día 20, a tenor de lo que se dice en esa sentencia. Bueno, sí que sería posible, pero sería susceptible de impugnación.
Me imagino que los letrados de PNB tendrán este asunto mucho más claro que yo. Es más, lo lógico y razonable es que la gente que realmente entiende de estos temas se estén dedicando en este mismo momento a discutir las posibles opciones de cara al día 20, y que aspiren a que no se filtren sus planes para no dar ningún tipo de ventaja al Consejo.
Originalmente publicado por betius
Ver Mensaje
He buscado esa sentencia que comentas, y por un lado se afirma que los Administradores no podían desconvocar la junta extraordinaria, en efecto. Pero justo después dice la sentencia que los que concurrieron a la junta no podían celebrarla, dado que era nula por la convocatoria y desconvocatoria, y que lo que tendrían que haber hecho es reclamar la convocatoria judicial de la junta. Para el que la quiera leer, he subido la sentencia: http://www.scribd.com/doc/34655106/STS-17-03-2004
La parte a la que me refiero está justo antes del fallo, en los apartados e) y f) del fundamento jurídico tercero, hacia el final de la página 5.
Hace un mes salió la noticia de que PNB había reclamado la convocatoria judicial de la junta extraordinaria. Así lo hizo, el 25 de junio: http://www._pornuestrobetis_.com/ind...s-balompie-sad
Pero según el art. 101 de la ley de sociedades anónimas, la convocatoria judicial se realiza por el juez de primera instancia, a petición de los socios y con audiencia de los administradores. La convocatoria para el día 20 de agosto no es una convocatoria judicial, porque se dice que se convoca "por acuerdo del Consejo de Administración, en reunión celebrada el pasado 7 de Julio": http://www.boe.es/borme/dias/2010/07...2010-23913.pdf
Entonces lo que yo entiendo es que hay una solicitud de convocatoria judicial extraordinaria del Betis pendiente de resolución en el Juzgado, y que si el Consejo decide desconvocar la junta del día 20, daría "igual" porque cuando el Juez responda al requerimiento de PNB se convocará igualmente (aunque a saber cuándo será eso). En cualquier caso, si el Consejo desconvoca la junta, no sería posible que se celebrase el día 20, a tenor de lo que se dice en esa sentencia. Bueno, sí que sería posible, pero sería susceptible de impugnación.
Me imagino que los letrados de PNB tendrán este asunto mucho más claro que yo. Es más, lo lógico y razonable es que la gente que realmente entiende de estos temas se estén dedicando en este mismo momento a discutir las posibles opciones de cara al día 20, y que aspiren a que no se filtren sus planes para no dar ningún tipo de ventaja al Consejo.
Comentario