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¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

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  • ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

    Según el auto de la jueza:

    PONGASE ESTA RESOLUCIÓN EN CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO FISCAL Y DEMÁS PARTES PERSONADAS.
    previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, RECURSO DE REFORMA en el plazo de tres días.


    ¿es cierto esto? ¿o pueden recurrir también ante la audiencia?
    una aclaración, plis.

  • #2
    Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

    ¿me puedo empezar a reir? Decidme que si, decidme que siiiii.......

    Comentario


    • #3
      Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

      Originalmente publicado por paletolitico Ver Mensaje
      Según el auto de la jueza:

      PONGASE ESTA RESOLUCIÓN EN CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO FISCAL Y DEMÁS PARTES PERSONADAS.
      previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, RECURSO DE REFORMA en el plazo de tres días.


      ¿es cierto esto? ¿o pueden recurrir también ante la audiencia?
      una aclaración, plis.
      Todo tiene sus plazos y hasta el más ruín tiene derecho a ser escuchado o acudir a instancias superiores si ve vulnerados sus derechos. Así, por ejemplo, y si no me equivoco, la A. Provincial denegó 10 recursos y accedió en el famoso de las acciones por no tener pruebas suficientes... Los abogados de Ruiz son buenos, muy buenos.

      Comentario


      • #4
        Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

        Originalmente publicado por recontrabético Ver Mensaje
        Todo tiene sus plazos y hasta el más ruín tiene derecho a ser escuchado o acudir a instancias superiores si ve vulnerados sus derechos. Así, por ejemplo, y si no me equivoco, la A. Provincial denegó 10 recursos y accedió en el famoso de las acciones por no tener pruebas suficientes... Los abogados de Ruiz son buenos, muy buenos.
        evidentemente.
        pero mi duda es la siguiente ¿pueden recurrir paralelamente ante el juzgado y la audiencia?
        ¿o primero ante el juzgado y después del fallo de este ante la audiencia?

        porque si es como creo entender según el auto, si el juzgado les deniega la razón en el recurso, la sentencia pasaría a ser firme. por mucho que después puedan llegar hasta el tribunal de la haya, recurriendo.

        ¿me equivoco?

        joé, voy a tener que contratar un abogado para entrar en el foro...

        Comentario


        • #5
          Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

          Originalmente publicado por paletolitico Ver Mensaje
          evidentemente.
          pero mi duda es la siguiente ¿pueden recurrir paralelamente ante el juzgado y la audiencia?
          ¿o primero ante el juzgado y después del fallo de este ante la audiencia?

          porque si es como creo entender según el auto, si el juzgado les deniega la razón en el recurso, la sentencia pasaría a ser firme. por mucho que después puedan llegar hasta el tribunal de la haya, recurriendo.

          ¿me equivoco?

          joé, voy a tener que contratar un abogado para entrar en el foro...
          Yo también, por eso intento cuidarme de opinar en según qué foros... o post.

          Comentario


          • #6
            Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

            Originalmente publicado por recontrabético Ver Mensaje
            Yo también, por eso intento cuidarme de opinar en según qué foros... o post.

            está claro. ahora, lo que es preguntar yo pregunto muchísimo. que te lo diga site.

            Comentario


            • #7
              Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

              Compañeros, no soy entendido en leyes, pero creo entender que tienen un plazo para recurrir ante el juzgado número 6 por asunto de defectos de forma en el auto de la jueza, cosa bastante complicada en este caso.

              Pero para las medidas cautelares, puede recurrir ante la Audiencia Provincial. Eso creo dentro de mi analfabetismo jurídico.

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              • #8
                Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                Yo lo tenía claro, hasta ahora...

                Comentario


                • #9
                  Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                  Originalmente publicado por paletolitico Ver Mensaje
                  evidentemente.
                  pero mi duda es la siguiente ¿pueden recurrir paralelamente ante el juzgado y la audiencia?
                  ¿o primero ante el juzgado y después del fallo de este ante la audiencia?

                  porque si es como creo entender según el auto, si el juzgado les deniega la razón en el recurso, la sentencia pasaría a ser firme. por mucho que después puedan llegar hasta el tribunal de la haya, recurriendo.

                  ¿me equivoco?

                  joé, voy a tener que contratar un abogado para entrar en el foro...
                  Compañero, que el auto de la Jueza no sea recurrido no significa que tenga sentencia firme, para eso habrá que esperar 2 añitos por lo menos para que se celebre el juicio oral.

                  Te recuerdo que en España te juzgan 2 jueces: 1º Juez instructor(Jueza Mercedes Alaya) y luego se le nombrará el Juez para el juicio oral, que será dentro de 2 añitos más ó menos, aunque evidentemente la fase de instrucción, en la que estamos, es fundamental ya que el Juez que lo juzgue en un par de añitos lo hará en base a lo propuesto por la Jueza instructora. Ademas las medidas cautelares tomadas por la jueza instructora estarán en vigor hasta el final del juicio oral, es decir, que aunque luego Lopera gane el juicio oral las medidas cutelares durante 2 añitos ya no hay quien se las quite

                  Todo esto desde la más alta ignorancia en material judicial.




                  LOPERA, SE ACABO EL TIEMPO DE LAS MENTIRAS, HA LLEGADO TU HORA
                  Editado por última vez por Ralph; https://www.betisweb.com/foro/member/409-ralph en 18/07/10, 11:24:21.

                  Comentario


                  • #10
                    Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                    Originalmente publicado por Ralph Ver Mensaje
                    Compañero, que el auto de la Jueza no sea recurrido no significa que tenga sentencia firme, para eso habrá que esperar 2 añitos por lo menos para que se celebre el juicio oral.

                    Te recuerdo que en España te juzgan 2 jueces: 1º Juez instructor(Jueza Mercedes Alaya) y luego se le nombrará el Juez para el juicio oral, que será dentro de 2 añitos más ó menos, aunque evidentemente la fase de instrucción, en la que estamos, es fundamental ya que el Juez que lo juzgue en un par de añitos lo hará en base a lo propuesto por la Jueza instructora. Ademas las medidas cautelares tomadas por la jueza instructora estarán en vigor hasta el final del juicio oral, es decir, que aunque luego Lopera gane el juicio oral las medidas cutelares durante 2 añitos ya no hay quien se las quite

                    Todo esto desde la más alta ignorancia en material judicial.




                    LOPERA, SE ACABO EL TIEMPO DE LAS MENTIRAS, HA LLEGADO TU HORA
                    no parece usted un ignorante

                    Comentario


                    • #11
                      Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                      Originalmente publicado por Ralph Ver Mensaje
                      Compañero, que el auto de la Jueza no sea recurrido no significa que tenga sentencia firme, para eso habrá que esperar 2 añitos por lo menos para que se celebre el juicio oral.

                      Te recuerdo que en España te juzgan 2 jueces: 1º Juez instructor(Jueza Mercedes Alaya) y luego se le nombrará el Juez para el juicio oral, que será dentro de 2 añitos más ó menos, aunque evidentemente la fase de instrucción, en la que estamos, es fundamental ya que el Juez que lo juzgue en un par de añitos lo hará en base a lo propuesto por la Jueza instructora. Ademas las medidas cautelares tomadas por la jueza instructora estarán en vigor hasta el final del juicio oral, es decir, que aunque luego Lopera gane el juicio oral las medidas cutelares durante 2 añitos ya no hay quien se las quite

                      Todo esto desde la más alta ignorancia en material judicial.




                      LOPERA, SE ACABO EL TIEMPO DE LAS MENTIRAS, HA LLEGADO TU HORA
                      El caralenteja estaba en Eurodisney cuando ocurrió lo del 95, llegó y lo arregló...Sería demasiado bonito que ocurriera con usted lo mismo.

                      Comentario


                      • #12
                        Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                        Originalmente publicado por El Duende Ver Mensaje
                        El caralenteja estaba en Eurodisney cuando ocurrió lo del 95, llegó y lo arregló...Sería demasiado bonito que ocurriera con usted lo mismo.
                        Si estuviera en mi mano ya lo hubiera arreglado hace mucho, pero no se imagina lo que tengo en la mano

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                        • #13
                          Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                          Originalmente publicado por Pelusa97 Ver Mensaje
                          no parece usted un ignorante
                          La gomina y la corbata me dan este aspecto intelectual

                          Comentario


                          • #14
                            Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                            Originalmente publicado por Ralph Ver Mensaje
                            Compañero, que el auto de la Jueza no sea recurrido no significa que tenga sentencia firme, para eso habrá que esperar 2 añitos por lo menos para que se celebre el juicio oral.
                            Te recuerdo que en España te juzgan 2 jueces: 1º Juez instructor(Jueza Mercedes Alaya) y luego se le nombrará el Juez para el juicio oral, que será dentro de 2 añitos más ó menos, aunque evidentemente la fase de instrucción, en la que estamos, es fundamental ya que el Juez que lo juzgue en un par de añitos lo hará en base a lo propuesto por la Jueza instructora. Ademas las medidas cautelares tomadas por la jueza instructora estarán en vigor hasta el final del juicio oral, es decir, que aunque luego Lopera gane el juicio oral las medidas cutelares durante 2 añitos ya no hay quien se las quite

                            Todo esto desde la más alta ignorancia en material judicial.




                            LOPERA, SE ACABO EL TIEMPO DE LAS MENTIRAS, HA LLEGADO TU HORA

                            A ESO ME REFERÍA CON LO DE "FIRME".... SI LO TUYO ES IGNORANCIA. LO MIO ES ANALFABETISMO CONCENTRADO....

                            Comentario


                            • #15
                              Respuesta: ¡¡ importante !!! El recurso de lopera.

                              Creeis que , como ocurre con la fiscalia , la audiencia provincial tirara para lopera?

                              Comentario

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