Respuesta: ¿Es ahora el Betis libre?
Lo que ocurre es que en todo tipo de sociedades anónimas el administrador (o los administradores) tienen las responsabilidades que marca y determina la ley, ninguna otra. Y créeme que los casos de responsabilidad de administradores están muy tasados. De hecho tiene su lógica, pues si no no tendrían sentido las sociedades. Si una sociedad genera deudas (aunque se haya sido negligente) y las tienen que pagar con su patrimonio el administrador, o los socios, o alguien ajeno a la sociedad, no tendrían sentido las sociedades, lo cual podría en serio peligro el "tráfico mercantil". En este sentido los cambios legislativos habidos hace unos años al menos han determinado supuestos en los que el administrador (o administradores) si tienen responsabilidad (pues antes nada de nada), pero el principio general es que de las deudas de la sociedad responde la misma y no los socios ni el administrador.
Las sociedades anónimas deportivas no pueden ser muy distintas, porque entonces dejarían de ser sociedades anónimas. En cualquier caso hay medios legales para exigir responsabilidad al administrador o administradores, pero en los supuestos que marcan las leyes, y en mi opinión no basta simplemente por ejemplo que la gestión sea suicida. Medios para exigir responsabilidad por ejemplo es que no hayan presentado las cuentas, pongo un ejemplo muy claro, hay otros.
Pero ya te digo, no es tan fácil que un juez haga eso. Generalmente para que el administrador concurra en responsabilidad tiene que haber cometido negligencias palpables en cosas muy concretas, no basta una mala gestión por muy suicida que sea.
Originalmente publicado por Srider
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Las sociedades anónimas deportivas no pueden ser muy distintas, porque entonces dejarían de ser sociedades anónimas. En cualquier caso hay medios legales para exigir responsabilidad al administrador o administradores, pero en los supuestos que marcan las leyes, y en mi opinión no basta simplemente por ejemplo que la gestión sea suicida. Medios para exigir responsabilidad por ejemplo es que no hayan presentado las cuentas, pongo un ejemplo muy claro, hay otros.
Pero ya te digo, no es tan fácil que un juez haga eso. Generalmente para que el administrador concurra en responsabilidad tiene que haber cometido negligencias palpables en cosas muy concretas, no basta una mala gestión por muy suicida que sea.
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