Respuesta: Ultima hora: El Xerez presenta el aval que impedirá el ascenso del Betis
COMUNICADO OFICIAL DEL REAL BETIS BALOMPIÉ SAD.
Con respecto al informe evacuado por el Secretario General de la Liga de Fútbol Profesional D. Carlos del Campo en el que se concluye que la solicitud formulada por D. Juan Carlos Porras Menéndez al Consejo Superior de Deportes de fecha 22 de julio de 2009 debe considerarse inadmisible y subsidiariamente acreedora de desestimación, debe matizarse que las mismas se han trasladado a las partes, pero que a su vez se remite al órgano competente para decidir, concretamente el Consejo Superior de Deportes. En este sentido existe documentación justificativa de las irregularidades administrativas puestas ya en conocimiento del público en general a la que no se alude en dicho informe y por tanto no se ha tenido en consideración. Resultando su contenido fundamental e inexcusable para la decisión final. Dicha documentación obra en poder del subdirector general de inspección del citado Consejo Superior de Deportes que en cualquier caso tendrá la decisión definitiva de este asunto. Este informe de la LFP no es vinculante y sólo refleja su opinión a la vista de la documentación que obra en su poder y que considera válida no siéndolo en realidad en opinión del Real Betis Balompié, ya que no se acredita la efectiva ampliación de capital conforme a Ley como cuestión fundamental en todo este proceso
COMUNICADO OFICIAL DEL REAL BETIS BALOMPIÉ SAD.
Con respecto al informe evacuado por el Secretario General de la Liga de Fútbol Profesional D. Carlos del Campo en el que se concluye que la solicitud formulada por D. Juan Carlos Porras Menéndez al Consejo Superior de Deportes de fecha 22 de julio de 2009 debe considerarse inadmisible y subsidiariamente acreedora de desestimación, debe matizarse que las mismas se han trasladado a las partes, pero que a su vez se remite al órgano competente para decidir, concretamente el Consejo Superior de Deportes. En este sentido existe documentación justificativa de las irregularidades administrativas puestas ya en conocimiento del público en general a la que no se alude en dicho informe y por tanto no se ha tenido en consideración. Resultando su contenido fundamental e inexcusable para la decisión final. Dicha documentación obra en poder del subdirector general de inspección del citado Consejo Superior de Deportes que en cualquier caso tendrá la decisión definitiva de este asunto. Este informe de la LFP no es vinculante y sólo refleja su opinión a la vista de la documentación que obra en su poder y que considera válida no siéndolo en realidad en opinión del Real Betis Balompié, ya que no se acredita la efectiva ampliación de capital conforme a Ley como cuestión fundamental en todo este proceso
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