Antes de nada le pido a los moderadores de BW que por favor mantengan este post algunos días; ya sé de vuestra amabilidad y participación en todo lo que sea lllevar la máxima transparencia y verdad a lo que significa el Real Betis Balompié.
Hace más de un año, la Asociación de Béticos de Base Por Nuestro Betis, mandó una carta al Secretario del Consejo de Adminisración del Real Betis Balompié, S.A.D., en defensa de los intereses de los pequeños accionistas. En la misma no solo comunicábamos las presuntas irregularidades observadas en la situación del accionariado, sino que nos hacíamos eco de las multiples quejas de pequeños accionistas a los que los miembros del consejo de administración del Betis les negaba sus titulos.
Aún se decía más, dudábamos de la titularidad de Farusa del 52 % del accionariado como así mantenían en la información que consta en las cuentas anuales; hasta el Consejo Superior de Deportes conoce de esta denuncia de PNB, así como figura este tema, y documentado, en la querella presentada por PNB y LJB en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla.
Aquí la pego, extraida de la página web de PNB:
Carta remitida al Real Betis en defensa de los derechos de los accionistas minoritarios.
Sr. Don Jaime Rodríguez Sacristán-Cascajo
Secretario del Consejo de Administración del Real Betis Balompié S.A.D.
Avda. de La Palmera s/n 41013- Sevilla.
Sevilla a 25 de septiembre de 2007
Estimado Sr.:
En los últimos meses, esta Asociación ha recibido multitud de consultas, quejas y reclamaciones en relación a los títulos de las acciones del Real Betis Balompié S.A.D., por parte de asociados y accionistas copropietarios de la citada entidad mercantil, a los que representamos en sus intereses.
Realizado un estudio pormenorizado de todas las situaciones planteadas, ponemos las mismas en su conocimiento para que a la mayor brevedad, y de conformidad con los Estatutos del Real Betis Balompié, queden normalizadas.
De las acciones suscritas y desembolsadas íntegramente, numerosos accionistas expresan disponer hasta la fecha sólo de los resguardos provisionales, lo que popularmente denominan los béticos “el papelito amarillo”, sin que pese a sus reiteradas visitas a las oficinas del club, en horario establecido de seis a ocho de la tarde, se les facilitasen los títulos de las mismas, conforme dispone el párrafo 2 del Artículo 52 de la vigente L.S.A. y el párrafo 1 del Artículo 6 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D: “ El accionista tendrá derecho a recibir los títulos que le correspondan libre de gastos”.
De las acciones suscritas y parcialmente desembolsadas, que fueron objeto de pago de manera fraccionada mediante la emisión de letras bancarias, rogamos ponga a disposición de las personas que las suscribieron, la documentación legal al efecto, para hacer efectivo, el importe restante no satisfecho, con el interés legal correspondiente, para, posteriormente, proceder a la emisión del título de accionista.
Respecto a las acciones que en su día el Consejo de Administración de la temporada 92/93 ofreció a los abonados del Carnet Oro solicitamos, en nombre de los accionistas beneficiados por tal condición: La emisión de las dos acciones ofrecidas por dichos desembolsos, la emisión del título de las acciones a quienes son poseedores de los resguardos provisionales correspondientes que acreditan tales derechos, así como que se certifique por parte del Real Betis Balompié S.A.D. la titularidad de dichas acciones a quienes poseen título legal al efecto, firmado en su día por el Presidente Don José León Gómez y el Secretario del Consejo de Administración emisor.
Especial consideración merece, por su trascendencia, la situación legal en la que se encuentran las suscripciones del primer aumento de Capital del “Real Betis Balompié S.A.D.” por un importe 500 millones de pesetas, que se emitieron en 1993, en la que muchos béticos participaron, algunos suscribiendo 1.000.000 de las entonces pesetas, en la campaña conocida como “250 Béticos de Oro”; en ésta se ofertaba:
Aparcamiento gratuito durante cinco años.
10% de Descuento del carnet durante cinco años.
Asistencia al Palco Presidencial un partido por temporada durante cinco años.
Inscripción del nombre del suscriptor en el mural de honor del Estadio con vistas a la Avda. de La Palmera.
Promesas que fueron cumplidas parcialmente (Aparcamiento, descuento y Asistencia al Palco), sin que hasta la fecha los béticos que con gran sacrificio realizaron tales aportaciones para el aumento del capital social, aumento que no se ha llevado a efecto, sean reembolsados de sus importes en la forma legal establecida, ni reconocido el derecho a ser titulares de las acciones suscritas y desembolsadas íntegramente.
Rogamos igualmente, se agilicen las certificaciones solicitadas ante las Oficinas del Club de la titularidad de las acciones que fueron objeto de suscripción del capital social fundacional o de transmisión posterior, a fin de que los titulares de las mismas puedan ejercitar derechos: Declaración de Herederos, transmisión intervivos y mortis causa, sindicación de acciones, etc. Prometer estos documentos para Noviembre o Diciembre en peticiones efectuadas después de muchas visitas a las dependencias del club, es un plazo que los béticos como titulares de un bien patrimonial y copropietarios del Real Betis Balompié S.A.D, no tendrían porqué mendigar, y por lo que no encuentran satisfactoria la actividad administrativa del club, con grave perjuicio para sus derechos.
Por último, ante el anuncio de la venta de Acciones propiedad de la sociedad mercantil “Familia Ruiz Avalos S.A.”, hecho por el Real Betis Balompié, S.A.D., del que desconocemos el acuerdo concreto de los administradores de FARUSA de enajenación de este activo de dicha sociedad, dado que dicha oferta de venta se realiza sobre una participación significativa de una Sociedad Anónima Deportiva querríamos conocer: Si se ha indicado por el vendedor los números y la serie de las acciones en venta, si las mismas figuran así inscritas en el Registro de Accionistas del Real Betis Balompié, S.A.D., y si éstas no son objeto de controversia alguna tales como que correspondan a acciones suscritas y parcialmente desembolsadas, transmisiones no comunicadas, o posibles pignoraciones.
A criterio de esta Asociación de Béticos de Base, que representa intereses de los pequeños accionistas del Real Betis Balompié, S.A.D., la oferta de venta planteada por FARUSA es EXCLUYENTE, ESPECULATIVA E IMPOSIBLE.
Excluyente porque está limitada a los abonados del Real Betis Balompié, habiendo excluido de tal opción de compra a los accionistas no abonados, a las peñas, que en el año 1.992 jugaron un papel clave, e incluso ante quienes se anunció la oferta de venta, y a cualquier aficionado bético, que más allá de nuestras fronteras, sienta nuestros colores desde la distancia. También se obvia el derecho a la copropiedad de las acciones.
Especulativa puesto que el precio de venta planteado por FARUSA multiplica por 16 el precio pagado en el año 1.992: No hay nada en este país que haya multiplicado su valor por 16 en estos últimos 15 años. Más cuando no se pone a disposición de los compradores documentación alguna que acredite la situación real contable del valor del paquete accionarial puesto a la venta. Igualmente la oferta de FARUSA dispone de un ingreso sin que se garantice la devolución de los intereses devengados desde la fecha del depósito. Especula con un sentimiento que el Consejo de Administración ha debido proteger y defender en beneficio de los béticos y del Real Betis Balompié.
Imposible porque pretende una venta atomizada de un paquete accionarial mayoritario de una sociedad a un precio que solo podría corresponder, acaso, a la venta del mismo a un solo comprador. No solo hay un precio abusivo, sino las condiciones impuestas hacen que la compra no dependa de la intención individual del comprador sino de que hayan 999 más dispuestos a comprar, para que, como máximo y en una segunda fase, pague 60.000 euros por un 0,051 % de las acciones; en concreto, por el dinero que le costó a FARUSA 1.000 acciones ahora un abonado bético le compra 60.
Esperamos su mayor colaboración y agilización en las actuaciones administrativas solicitadas en defensa de los accionistas del Real Betis Balompié S.A.D y la puesta a disposición del libro registro de Accionistas como así se reconoce en el párrafo 3 del Artículo 55 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Atentamente:
El Presidente de la Asociación POR NUESTRO BETIS,
Ricardo Cabrera Cosano
De lo que se dijo en este escrito y de lo que sabremos en pocos días u horas podremos sacar muchas conclusiones, sobre todo cómo calificar dieciséis años de engaños.
Hace más de un año, la Asociación de Béticos de Base Por Nuestro Betis, mandó una carta al Secretario del Consejo de Adminisración del Real Betis Balompié, S.A.D., en defensa de los intereses de los pequeños accionistas. En la misma no solo comunicábamos las presuntas irregularidades observadas en la situación del accionariado, sino que nos hacíamos eco de las multiples quejas de pequeños accionistas a los que los miembros del consejo de administración del Betis les negaba sus titulos.
Aún se decía más, dudábamos de la titularidad de Farusa del 52 % del accionariado como así mantenían en la información que consta en las cuentas anuales; hasta el Consejo Superior de Deportes conoce de esta denuncia de PNB, así como figura este tema, y documentado, en la querella presentada por PNB y LJB en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla.
Aquí la pego, extraida de la página web de PNB:
Carta remitida al Real Betis en defensa de los derechos de los accionistas minoritarios.
Sr. Don Jaime Rodríguez Sacristán-Cascajo
Secretario del Consejo de Administración del Real Betis Balompié S.A.D.
Avda. de La Palmera s/n 41013- Sevilla.
Sevilla a 25 de septiembre de 2007
Estimado Sr.:
En los últimos meses, esta Asociación ha recibido multitud de consultas, quejas y reclamaciones en relación a los títulos de las acciones del Real Betis Balompié S.A.D., por parte de asociados y accionistas copropietarios de la citada entidad mercantil, a los que representamos en sus intereses.
Realizado un estudio pormenorizado de todas las situaciones planteadas, ponemos las mismas en su conocimiento para que a la mayor brevedad, y de conformidad con los Estatutos del Real Betis Balompié, queden normalizadas.
De las acciones suscritas y desembolsadas íntegramente, numerosos accionistas expresan disponer hasta la fecha sólo de los resguardos provisionales, lo que popularmente denominan los béticos “el papelito amarillo”, sin que pese a sus reiteradas visitas a las oficinas del club, en horario establecido de seis a ocho de la tarde, se les facilitasen los títulos de las mismas, conforme dispone el párrafo 2 del Artículo 52 de la vigente L.S.A. y el párrafo 1 del Artículo 6 de los Estatutos del Real Betis Balompié S.A.D: “ El accionista tendrá derecho a recibir los títulos que le correspondan libre de gastos”.
De las acciones suscritas y parcialmente desembolsadas, que fueron objeto de pago de manera fraccionada mediante la emisión de letras bancarias, rogamos ponga a disposición de las personas que las suscribieron, la documentación legal al efecto, para hacer efectivo, el importe restante no satisfecho, con el interés legal correspondiente, para, posteriormente, proceder a la emisión del título de accionista.
Respecto a las acciones que en su día el Consejo de Administración de la temporada 92/93 ofreció a los abonados del Carnet Oro solicitamos, en nombre de los accionistas beneficiados por tal condición: La emisión de las dos acciones ofrecidas por dichos desembolsos, la emisión del título de las acciones a quienes son poseedores de los resguardos provisionales correspondientes que acreditan tales derechos, así como que se certifique por parte del Real Betis Balompié S.A.D. la titularidad de dichas acciones a quienes poseen título legal al efecto, firmado en su día por el Presidente Don José León Gómez y el Secretario del Consejo de Administración emisor.
Especial consideración merece, por su trascendencia, la situación legal en la que se encuentran las suscripciones del primer aumento de Capital del “Real Betis Balompié S.A.D.” por un importe 500 millones de pesetas, que se emitieron en 1993, en la que muchos béticos participaron, algunos suscribiendo 1.000.000 de las entonces pesetas, en la campaña conocida como “250 Béticos de Oro”; en ésta se ofertaba:
Aparcamiento gratuito durante cinco años.
10% de Descuento del carnet durante cinco años.
Asistencia al Palco Presidencial un partido por temporada durante cinco años.
Inscripción del nombre del suscriptor en el mural de honor del Estadio con vistas a la Avda. de La Palmera.
Promesas que fueron cumplidas parcialmente (Aparcamiento, descuento y Asistencia al Palco), sin que hasta la fecha los béticos que con gran sacrificio realizaron tales aportaciones para el aumento del capital social, aumento que no se ha llevado a efecto, sean reembolsados de sus importes en la forma legal establecida, ni reconocido el derecho a ser titulares de las acciones suscritas y desembolsadas íntegramente.
Rogamos igualmente, se agilicen las certificaciones solicitadas ante las Oficinas del Club de la titularidad de las acciones que fueron objeto de suscripción del capital social fundacional o de transmisión posterior, a fin de que los titulares de las mismas puedan ejercitar derechos: Declaración de Herederos, transmisión intervivos y mortis causa, sindicación de acciones, etc. Prometer estos documentos para Noviembre o Diciembre en peticiones efectuadas después de muchas visitas a las dependencias del club, es un plazo que los béticos como titulares de un bien patrimonial y copropietarios del Real Betis Balompié S.A.D, no tendrían porqué mendigar, y por lo que no encuentran satisfactoria la actividad administrativa del club, con grave perjuicio para sus derechos.
Por último, ante el anuncio de la venta de Acciones propiedad de la sociedad mercantil “Familia Ruiz Avalos S.A.”, hecho por el Real Betis Balompié, S.A.D., del que desconocemos el acuerdo concreto de los administradores de FARUSA de enajenación de este activo de dicha sociedad, dado que dicha oferta de venta se realiza sobre una participación significativa de una Sociedad Anónima Deportiva querríamos conocer: Si se ha indicado por el vendedor los números y la serie de las acciones en venta, si las mismas figuran así inscritas en el Registro de Accionistas del Real Betis Balompié, S.A.D., y si éstas no son objeto de controversia alguna tales como que correspondan a acciones suscritas y parcialmente desembolsadas, transmisiones no comunicadas, o posibles pignoraciones.
A criterio de esta Asociación de Béticos de Base, que representa intereses de los pequeños accionistas del Real Betis Balompié, S.A.D., la oferta de venta planteada por FARUSA es EXCLUYENTE, ESPECULATIVA E IMPOSIBLE.
Excluyente porque está limitada a los abonados del Real Betis Balompié, habiendo excluido de tal opción de compra a los accionistas no abonados, a las peñas, que en el año 1.992 jugaron un papel clave, e incluso ante quienes se anunció la oferta de venta, y a cualquier aficionado bético, que más allá de nuestras fronteras, sienta nuestros colores desde la distancia. También se obvia el derecho a la copropiedad de las acciones.
Especulativa puesto que el precio de venta planteado por FARUSA multiplica por 16 el precio pagado en el año 1.992: No hay nada en este país que haya multiplicado su valor por 16 en estos últimos 15 años. Más cuando no se pone a disposición de los compradores documentación alguna que acredite la situación real contable del valor del paquete accionarial puesto a la venta. Igualmente la oferta de FARUSA dispone de un ingreso sin que se garantice la devolución de los intereses devengados desde la fecha del depósito. Especula con un sentimiento que el Consejo de Administración ha debido proteger y defender en beneficio de los béticos y del Real Betis Balompié.
Imposible porque pretende una venta atomizada de un paquete accionarial mayoritario de una sociedad a un precio que solo podría corresponder, acaso, a la venta del mismo a un solo comprador. No solo hay un precio abusivo, sino las condiciones impuestas hacen que la compra no dependa de la intención individual del comprador sino de que hayan 999 más dispuestos a comprar, para que, como máximo y en una segunda fase, pague 60.000 euros por un 0,051 % de las acciones; en concreto, por el dinero que le costó a FARUSA 1.000 acciones ahora un abonado bético le compra 60.
Esperamos su mayor colaboración y agilización en las actuaciones administrativas solicitadas en defensa de los accionistas del Real Betis Balompié S.A.D y la puesta a disposición del libro registro de Accionistas como así se reconoce en el párrafo 3 del Artículo 55 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Atentamente:
El Presidente de la Asociación POR NUESTRO BETIS,
Ricardo Cabrera Cosano
De lo que se dijo en este escrito y de lo que sabremos en pocos días u horas podremos sacar muchas conclusiones, sobre todo cómo calificar dieciséis años de engaños.
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