Informativo Especial PNB Junta Extraordinaria Nº 2: Puntos 2º y 3º Orden del Día
PNB continúa la serie de 4 Informativos especiales acerca de la Junta Extraordinaria requerida notarialmente, en este caso con los asuntos indicados en los puntos 2º y 3º del requerimiento, en los que exige total transparencia respecto a las cuentas de Encadesa, Tegasa, Patrimonial RBB y Centenario RBB.
Informativo completo aquí:
http://www._pornuestrobetis_.com/drupal/node/1462
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En relación al 2º asunto a tratar en la Junta, PNB requiere un informe documentado y detallado acerca de la posible liquidación de los contratos con Encadesa y Tegasa, con puesta a disposición de los documentos de dicha liquidación, para poder contrastar la misma desde una perspectiva de salvaguarda de los intereses de los pequeños accionistas.
En este sentido, la verificación del cumplimiento de la reversión de beneficios, la clausula de indemnización a Encadesa por la demora en la construcción del estadio o el destino de los 35 millones de euros en cuentas bancarias que figuraban en el último balance de Encadesa que fue remitido al Registro Mercantil, en el que no consta la debida presentación de las Cuentas de 2006 ni 2007, son algunos aspectos significativos que deberían ser conocidos por el conjunto de accionistas, entre muchos otros.
Se requiere asimismo que se informe documentalmente acerca de otros contratos que pudiesen existir con otras empresas controladas por el máximo accionista, así como de la titularidad de los derechos federativos y de imagen de los jugadores.
Por otra parte, en relación al 3º de los asuntos a tratar en la Junta, PNB requiere al Consejo de Administración para que cumpla con sus obligaciones legales informando a los accionistas acerca de las sociedades participadas por la S.A.D.: Centenario RBB, Patrimonial RBB y Radio RBB, cuyas cuentas siguen sin publicarse en el Registro Mercantil y fueron denegadas por el Consejo en la Junta de accionistas del pasado mes de Diciembre a pesar del requerimiento expreso que hizo la Plataforma de sindicación promovida por PNB, en una falta de transparencia incomprensible sobre las Cuentas de estas sociedades.
En el próximo Informativo trataremos los puntos 4 y 5 incluidos en el requerimiento: modificación artículo 28.5 de los Estatutos de la S.A.D. y supuesta venta paquete accionarial.
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RESUMEN PUNTO 2º: CONTRATOS CON ENCADESA Y TEGASA
Resulta del todo punto evidente la necesidad, vistos los antecedentes y las consecuencias de la trama empresarial tejida en relación a la cesión de ingresos del Real Betis Balompié S.A.D., de proceder a un informe exhaustivo del resultado de la liquidación de los contratos con Encadesa y Tegasa.
Evidentemente, y sin perjuicio de las consecuencias legales de la gestión realizada desde 1993 hasta la fecha, la salvaguarda de los intereses de los pequeños accionistas requiere la puesta a disposición del literal de los documentos por los cuales se liquidan los contratos, con inclusión de los anexos documentales, en su caso.
En este aspecto, la verificación rigurosa y con soporte documental del cumplimiento de la clausula supuestamente suscrita con fecha 10 de Julio de 2003 de reversión de beneficios, la inclusión o no de presuntas liquidaciones a Encadesa por perjuicio causado por la demora en la construcción del estadio o el destino de los 35 millones de euros en cuentas bancarias que figuraban en el último balance de Encadesa que fue remitido al Registro Mercantil, son algunos aspectos significativos que deberían ser conocidos y contrastados por el conjunto de accionistas, entre muchos otros.
Igualmente, debe informarse al conjunto de accionistas acerca de la existencia de cualesquiera otros contratos, de cualquier clase, suscritos con TEGASA, ENCADESA, FARUSA, RULOSA, FRIGIMUEBLES, INCECOSA y TAQUIDEPORT S.L., para evaluar las consecuencias de dichos contratos en su caso para los intereses del Real Betis Balompié S.A.D.
En los mismos términos, y tal como se solicitó ya por escrito al Presidente de la Entidad sin recibir respuesta por su parte, debe informarse al conjunto de accionistas acerca de la titularidad de los derechos federativos y de imagen de todos y cada uno de los jugadores profesionales de la primera y segunda plantilla del Real Betis Balompié S.A.D.
En definitiva, si es cierto que se ha producido la liquidación de los contratos con las empresas mencionadas, resulta fundamental para los intereses de la Entidad –con independencia de las consecuencias legales de la gestión de dichos contratos hasta la fecha- verificar de forma exhaustiva y sin ningún género de duda que dicha liquidación se ha efectuado con la debida salvaguarda de los intereses de la S.A.D. y sus accionistas, con plena justificación de cada uno de los apartados de la misma en uno u otro sentido, y revirtiendo en la S.A.D. las cuantías provenientes de sus propios ingresos que estas empresas retenían en cuentas bancarias a su nombre.
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RESUMEN PUNTO 3º: EMPRESAS PARTICIPADAS RBB SAD
Existe un inexplicable oscurantismo de los administradores de la S.A.D. en relación con las empresas participadas por la misma, y en particular respecto de las que fueron constituidas en primera instancia: Centenario RBB S.L.U. y Patrimonial RBB S.L. No puede sino constatarse esta evidencia considerando el incumplimiento legal producido al no formularse las Cuentas consolidadas en tiempo y forma, ni constar las Cuentas Anuales de dichas sociedades correspondientes al ejercicio anterior; pero, sobre todo, por la actitud de dejar sin respuesta tanto los requerimientos como las preguntas formuladas en la Junta Ordinaria de accionistas.
Cabe indicar, como dato relevante que las preguntas formuladas en las páginas anteriores y el sentido de voto indicado acerca del punto 7º fueron presentados ante los administradores del club por representantes de cerca de 1.000 accionistas y de un 7% del capital social de la S.A.D.
La información veraz, transparente y con aportación documental acerca de estas sociedades resulta por tanto fundamental, tanto como la propia formulación de Cuentas de la misma sociedad, tanto desde la perspectiva del interés de los propios accionistas como de la S.A.D., siendo inexplicable e inexcusable que los administradores de la misma oculten al conjunto de accionistas la información preceptiva que debe aportarse acerca de estas sociedades: Centenario RBB, Patrimonial RBB y Radio RBB.
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Informativo completo aquí:
http://www._pornuestrobetis_.com/drupal/node/1462
PNB continúa la serie de 4 Informativos especiales acerca de la Junta Extraordinaria requerida notarialmente, en este caso con los asuntos indicados en los puntos 2º y 3º del requerimiento, en los que exige total transparencia respecto a las cuentas de Encadesa, Tegasa, Patrimonial RBB y Centenario RBB.
Informativo completo aquí:
http://www._pornuestrobetis_.com/drupal/node/1462
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En relación al 2º asunto a tratar en la Junta, PNB requiere un informe documentado y detallado acerca de la posible liquidación de los contratos con Encadesa y Tegasa, con puesta a disposición de los documentos de dicha liquidación, para poder contrastar la misma desde una perspectiva de salvaguarda de los intereses de los pequeños accionistas.
En este sentido, la verificación del cumplimiento de la reversión de beneficios, la clausula de indemnización a Encadesa por la demora en la construcción del estadio o el destino de los 35 millones de euros en cuentas bancarias que figuraban en el último balance de Encadesa que fue remitido al Registro Mercantil, en el que no consta la debida presentación de las Cuentas de 2006 ni 2007, son algunos aspectos significativos que deberían ser conocidos por el conjunto de accionistas, entre muchos otros.
Se requiere asimismo que se informe documentalmente acerca de otros contratos que pudiesen existir con otras empresas controladas por el máximo accionista, así como de la titularidad de los derechos federativos y de imagen de los jugadores.
Por otra parte, en relación al 3º de los asuntos a tratar en la Junta, PNB requiere al Consejo de Administración para que cumpla con sus obligaciones legales informando a los accionistas acerca de las sociedades participadas por la S.A.D.: Centenario RBB, Patrimonial RBB y Radio RBB, cuyas cuentas siguen sin publicarse en el Registro Mercantil y fueron denegadas por el Consejo en la Junta de accionistas del pasado mes de Diciembre a pesar del requerimiento expreso que hizo la Plataforma de sindicación promovida por PNB, en una falta de transparencia incomprensible sobre las Cuentas de estas sociedades.
En el próximo Informativo trataremos los puntos 4 y 5 incluidos en el requerimiento: modificación artículo 28.5 de los Estatutos de la S.A.D. y supuesta venta paquete accionarial.
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RESUMEN PUNTO 2º: CONTRATOS CON ENCADESA Y TEGASA
Resulta del todo punto evidente la necesidad, vistos los antecedentes y las consecuencias de la trama empresarial tejida en relación a la cesión de ingresos del Real Betis Balompié S.A.D., de proceder a un informe exhaustivo del resultado de la liquidación de los contratos con Encadesa y Tegasa.
Evidentemente, y sin perjuicio de las consecuencias legales de la gestión realizada desde 1993 hasta la fecha, la salvaguarda de los intereses de los pequeños accionistas requiere la puesta a disposición del literal de los documentos por los cuales se liquidan los contratos, con inclusión de los anexos documentales, en su caso.
En este aspecto, la verificación rigurosa y con soporte documental del cumplimiento de la clausula supuestamente suscrita con fecha 10 de Julio de 2003 de reversión de beneficios, la inclusión o no de presuntas liquidaciones a Encadesa por perjuicio causado por la demora en la construcción del estadio o el destino de los 35 millones de euros en cuentas bancarias que figuraban en el último balance de Encadesa que fue remitido al Registro Mercantil, son algunos aspectos significativos que deberían ser conocidos y contrastados por el conjunto de accionistas, entre muchos otros.
Igualmente, debe informarse al conjunto de accionistas acerca de la existencia de cualesquiera otros contratos, de cualquier clase, suscritos con TEGASA, ENCADESA, FARUSA, RULOSA, FRIGIMUEBLES, INCECOSA y TAQUIDEPORT S.L., para evaluar las consecuencias de dichos contratos en su caso para los intereses del Real Betis Balompié S.A.D.
En los mismos términos, y tal como se solicitó ya por escrito al Presidente de la Entidad sin recibir respuesta por su parte, debe informarse al conjunto de accionistas acerca de la titularidad de los derechos federativos y de imagen de todos y cada uno de los jugadores profesionales de la primera y segunda plantilla del Real Betis Balompié S.A.D.
En definitiva, si es cierto que se ha producido la liquidación de los contratos con las empresas mencionadas, resulta fundamental para los intereses de la Entidad –con independencia de las consecuencias legales de la gestión de dichos contratos hasta la fecha- verificar de forma exhaustiva y sin ningún género de duda que dicha liquidación se ha efectuado con la debida salvaguarda de los intereses de la S.A.D. y sus accionistas, con plena justificación de cada uno de los apartados de la misma en uno u otro sentido, y revirtiendo en la S.A.D. las cuantías provenientes de sus propios ingresos que estas empresas retenían en cuentas bancarias a su nombre.
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RESUMEN PUNTO 3º: EMPRESAS PARTICIPADAS RBB SAD
Existe un inexplicable oscurantismo de los administradores de la S.A.D. en relación con las empresas participadas por la misma, y en particular respecto de las que fueron constituidas en primera instancia: Centenario RBB S.L.U. y Patrimonial RBB S.L. No puede sino constatarse esta evidencia considerando el incumplimiento legal producido al no formularse las Cuentas consolidadas en tiempo y forma, ni constar las Cuentas Anuales de dichas sociedades correspondientes al ejercicio anterior; pero, sobre todo, por la actitud de dejar sin respuesta tanto los requerimientos como las preguntas formuladas en la Junta Ordinaria de accionistas.
Cabe indicar, como dato relevante que las preguntas formuladas en las páginas anteriores y el sentido de voto indicado acerca del punto 7º fueron presentados ante los administradores del club por representantes de cerca de 1.000 accionistas y de un 7% del capital social de la S.A.D.
La información veraz, transparente y con aportación documental acerca de estas sociedades resulta por tanto fundamental, tanto como la propia formulación de Cuentas de la misma sociedad, tanto desde la perspectiva del interés de los propios accionistas como de la S.A.D., siendo inexplicable e inexcusable que los administradores de la misma oculten al conjunto de accionistas la información preceptiva que debe aportarse acerca de estas sociedades: Centenario RBB, Patrimonial RBB y Radio RBB.
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