Muy fiable la noticia de diario del sevilla. ¿Quién miente?. ¿Noticia desinteresada?. Estos del diario del sevilla son aberratnes en todos sus artículos que demuestran una nula profesionalidad. Ala, hoy me levanto y a ver que carajotá se me ocurre.
La vía del artículo 17 es imposible porque la Liga terminó hace más de dos semanas y la norma es restrictiva en este sentido.
Esto lo pone en muchodeporte.
¿Alguien que de verdad se sepa la norma y nos la cuente?. Y luego ya si eso opino sobre el tema, que opinar sin saber no me hace gracia.
Periodo protegido: un periodo de tres temporadas completas o de tres
años, lo que ocurra primero, tras la entrada en vigor de un contrato; si
el contrato se fi rmó antes de que el jugador profesional cumpliese 28
años, o por un periodo de dos temporadas completas o de dos años, lo
que ocurra primero, tras la entrada en vigor de un contrato, si el contrato
se fi rmó después de que el jugador profesional cumpliese 28 años.
17.1 En todos los casos, la parte que rescinde el contrato se obliga a pagar
una indemnización. Bajo reserva de las disposiciones sobre la indemnización
por formación del artículo 20 y el anexo 4, y salvo que no
se estipule lo contrario en el contrato, la indemnización por incumplimiento
se calculará considerando la legislación nacional, las características
del deporte y otros criterios objetivos. Estos criterios deberán
incluir, en particular, la remuneración y otros benefi cios que se adeuden
al jugador conforme al contrato vigente o al nuevo contrato,
el tiempo contractual restante, hasta un máximo de cinco años, las
cuotas y los gastos desembolsados por el club anterior (amortizados
a lo largo del periodo de vigencia del contrato), así como la cuestión
de si la rescisión del contrato se produce en un periodo protegido.
17.3 Además de la obligación de pago de una indemnización, deberán
imponerse sanciones deportivas a un jugador que rescinda un contrato
durante el periodo protegido. La sanción consistirá en una restricción
de cuatro meses en su elegibilidad para jugar en cualquier
partido ofi cial. En el caso de circunstancias agravantes, la restricción
será de seis meses. En cualquier caso, estas sanciones deportivas deberán
surtir efecto a partir del comienzo de la siguiente temporada del
nuevo club. El incumplimiento unilateral sin causa justifi cada o causa
deportiva justifi cada tras el periodo protegido no implicará sanciones
deportivas. Fuera del periodo protegido podrán imponerse medidas
disciplinarias si la rescisión no se notifi ca con la debida antelación
dentro de los quince días siguientes al último partido ofi cial de la
temporada (incluyendo las copas nacionales) con el club en el que está
registrado el jugador. El periodo protegido comienza de nuevo cuando,
al renovar el contrato, se extiende la duración del contrato previo.
De todas formas en España los reglamentos de la FIFA no tienen ninguna validez, siendo la claúsula de rescición la única vía jurídica para desligarse unilateralmente. No hay ni un sólo caso (ni lo habrá) en España en el que un futbolista se haya ido acogiendose a esta vía.
Originalmente publicado por Tanque PavoneVer Mensaje
De todas formas en España los reglamentos de la FIFA no tienen ninguna validez, siendo la claúsula de rescición la única vía jurídica para desligarse unilateralmente. No hay ni un sólo caso (ni lo habrá) en España en el que un futbolista se haya ido acogiendose a esta vía.
Generalmente cuando algo malo es imposible que pase en el futbol español... le pasa al Betis....
yo estoy en contra del lopera eso que quede claro pero si ni si quiera a joaquin o oliveira se le ha pagado dos millones por que a edu si (para mi edu es el mejor del betis) si el betis tiene un tope salarial y ahora mas con la economia de guerra no creo que le dé eso que pide.
Imaginese usted por un momento que es el comercial de una empresa, hacen el balance de las ventas del año y sale su nombre como maximo vendedor con una diferencia abismal con el segundo en la clasificacion, pero no solo sino que resulta que la campaña anterior, gracias a unas importantes gestiones realizadas por usted la empresa se libra de una ruina asegurada.
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Llega el momento de recibir el fruto de su trabajo y ve como algunos compañeros suyos que se han tirado de baja todo el año, otros por ser el chivato del Jefe u algunos por el solo echo de empezar su vida laboral en la empresa de la competencia Ganan lo mismo que usted incluso Mucho mas.
Ahora le lanzo mi pregunta:
¿ESTARIA USTED DISPUESTO A SEGUIR UN SOLO AÑO MAS EN ESA EMPRESA?
La cuestión es coger dinero en cuanto ofrezcan lo mas mínimo, se negociará duro, pero se vendera, y de paso se consiguen dos cosas, dinero y quitar de enmedio a idolos de la afición. Gracias Lopera.
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