Ante la falta de información que tenemos de meomento, y visto el revuelo de la denuncia de Lopera por parte de PNB y de LJB. Pongo aquí una lista de las cosas que pueden pasar si finalmente Lopera es culpable de los cargos que se le imputan, en todos los casos Lopera deberá pagar al betis el triple del dinero que se demuestre que se ha llevado, no pongo comentarios de lo que creo que puede pasar, simplemente expongo todos los casos que hay:
1. Lopera puede pagar la multa mediante un cheque o dinero contante y sonante, siempre y cuando se demuestre que tiene esa cantidad en efectivo.
2. Lopera puede declarar que no tiene suficiente dinero para pagar la multa, es decir, declararse "insolvente", en cuyo caso iría a la cárcel aumentando los años de condena que seguro se le imputarán por ser reincidente.
3. Lopera puede declararse insolvente de dinero pero no de patrimonio. Por lo que la jueza decretará el embargo de los bienes patrimoniales (ojo!!! los bienes patrimoniales son solo los que estén a su nombre). Como desconozco qué es lo que está a nombre de Lopera, supongamos que todo está a su nombre: entonces se empezaría embargando sus empresas, sus acciones, sus negocios y finalmente sus bienes personales (su casa, su coche), todo hasta pagar la multa, Es decir, su por ejemplo vediendo Farusa paga el cupo de la multa no tendrían que embargar más.
4. Lopera puede declararse insolvente de dinero, y que la jueza proceda a embargar sus bienes y encontrarse que ninguna de las empresas (Farusa, Tegasa, Encadesa) Están a nombre de Lopera y por tanto no tiene dinero. En este caso la jueza se puede remitir al punto 2 de esta lista.... O bien entender que Lopera está vinculado a estas empresas, sea por familiares o sea por amigos (lo que se conoce en las empresas como hombre de ****), y entonces abrir una investigación para estas personas y tratar de buscar un vínculo con Lopera, Si lo encuentra habría que pasar al punto 3 de esta lista, si no lo encuentra habría que pasar de nuevo al punto 2.
COMENTARIO MIO: Como veis, nadie puede obligar a Lopera a vender sus acciones, si se le pueden embargar los bienes y a partir de ahí, venderlos para poder pagar la multa. Siendo profesional del derecho, no soy especialista en el tema, pero leyendo algo he encontrado estas pautas, si algún compañero jurista recuerda algun supuesto más se lo agradecería, pero creo que estas son las únicas opciones.
A partir de ahora, ¿qué pensais? por qué opción os decantais, personalmente creo que la opción dos es la que más se ajusta a Lopera. El debate... En marcha.
1. Lopera puede pagar la multa mediante un cheque o dinero contante y sonante, siempre y cuando se demuestre que tiene esa cantidad en efectivo.
2. Lopera puede declarar que no tiene suficiente dinero para pagar la multa, es decir, declararse "insolvente", en cuyo caso iría a la cárcel aumentando los años de condena que seguro se le imputarán por ser reincidente.
3. Lopera puede declararse insolvente de dinero pero no de patrimonio. Por lo que la jueza decretará el embargo de los bienes patrimoniales (ojo!!! los bienes patrimoniales son solo los que estén a su nombre). Como desconozco qué es lo que está a nombre de Lopera, supongamos que todo está a su nombre: entonces se empezaría embargando sus empresas, sus acciones, sus negocios y finalmente sus bienes personales (su casa, su coche), todo hasta pagar la multa, Es decir, su por ejemplo vediendo Farusa paga el cupo de la multa no tendrían que embargar más.
4. Lopera puede declararse insolvente de dinero, y que la jueza proceda a embargar sus bienes y encontrarse que ninguna de las empresas (Farusa, Tegasa, Encadesa) Están a nombre de Lopera y por tanto no tiene dinero. En este caso la jueza se puede remitir al punto 2 de esta lista.... O bien entender que Lopera está vinculado a estas empresas, sea por familiares o sea por amigos (lo que se conoce en las empresas como hombre de ****), y entonces abrir una investigación para estas personas y tratar de buscar un vínculo con Lopera, Si lo encuentra habría que pasar al punto 3 de esta lista, si no lo encuentra habría que pasar de nuevo al punto 2.
COMENTARIO MIO: Como veis, nadie puede obligar a Lopera a vender sus acciones, si se le pueden embargar los bienes y a partir de ahí, venderlos para poder pagar la multa. Siendo profesional del derecho, no soy especialista en el tema, pero leyendo algo he encontrado estas pautas, si algún compañero jurista recuerda algun supuesto más se lo agradecería, pero creo que estas son las únicas opciones.
A partir de ahora, ¿qué pensais? por qué opción os decantais, personalmente creo que la opción dos es la que más se ajusta a Lopera. El debate... En marcha.
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