Explicaré lo más breve y fácil posible la sentencia, porqué se dicta y consecuencias. Si no tiene entidad para post independiente, que lo fusionen.
¿De dónde viene? Como todos sabemos Lopera fue condenado por delito fiscal. Pero también es cierto que hubo acitividades que reclamaba la Inspección que no fueron considerados delito por la jueza y que siguieron la vía administrativa. Se sancionó con doscientos y pico mil euros por las retenciones del IRPF de los contratos de imagen de determinados jugadores (Otero, Kowalcyk, Finidi...). Lopera no quería pagar. Se recurrió para agotar la vía administrativa ante el TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) que resolvió en contra del Betis. Agotada la vía administrativa, se plantea el correspondiente recurso ante la Audiencia Nacional.
Es decir, hablando en plata, esta sentencia surge de: una multa que le pone al Betis Hacienda. El Betis recurre, agota la vía administrativa y acude a los tribunales (Audiencia Nacional).
¿Qué dice la sentencia? Pues aparte de pronunciarse sobre las retenciones viene a recoger PARTE del expediente que insta la Inspección de Hacienda (anda que si viera la luz pública el expediente....) y explica como Lopera tenía cedida la gestión del Betis a su empresa, que gestionó recursos millonarios... incluso sin tener trabajadores. La Audiencia Nacional dice que todo es mentira, que Lopera no financia el Betis, que es el Betis el que financió a TEGASA (la tonta).
¿Puede ir Lopera a la cárcel por lo que pone en el Mundo? No, esos delitos YA HAN PRESCRITO
¿Entonces para qué vale? Es un instrumento para poder proceder contra Lopera. La gestión actual es idéntica a la descrita en el Mundo, sólo cambia el nombre de Tegasa por Encadesa (incluso la estructura de ahora es más oscura con empresas rusas de por medio). Si antes hubo delito societario, es posible (más que posible) que ahora, que se tiene la misma estructura, haya delito.
¿Qué hay qué hacer? Al menos un accionista tiene que demandar a Lopera. El delito societario es un delito privado, si no hay denuncia del agraviado NO SE PROCEDE (ya se pueda llevar Lopera el dinero en carretillas de mano a plena luz del día). Es, por tanto, la hora de los accionistas.
¿De dónde viene? Como todos sabemos Lopera fue condenado por delito fiscal. Pero también es cierto que hubo acitividades que reclamaba la Inspección que no fueron considerados delito por la jueza y que siguieron la vía administrativa. Se sancionó con doscientos y pico mil euros por las retenciones del IRPF de los contratos de imagen de determinados jugadores (Otero, Kowalcyk, Finidi...). Lopera no quería pagar. Se recurrió para agotar la vía administrativa ante el TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) que resolvió en contra del Betis. Agotada la vía administrativa, se plantea el correspondiente recurso ante la Audiencia Nacional.
Es decir, hablando en plata, esta sentencia surge de: una multa que le pone al Betis Hacienda. El Betis recurre, agota la vía administrativa y acude a los tribunales (Audiencia Nacional).
¿Qué dice la sentencia? Pues aparte de pronunciarse sobre las retenciones viene a recoger PARTE del expediente que insta la Inspección de Hacienda (anda que si viera la luz pública el expediente....) y explica como Lopera tenía cedida la gestión del Betis a su empresa, que gestionó recursos millonarios... incluso sin tener trabajadores. La Audiencia Nacional dice que todo es mentira, que Lopera no financia el Betis, que es el Betis el que financió a TEGASA (la tonta).
¿Puede ir Lopera a la cárcel por lo que pone en el Mundo? No, esos delitos YA HAN PRESCRITO
¿Entonces para qué vale? Es un instrumento para poder proceder contra Lopera. La gestión actual es idéntica a la descrita en el Mundo, sólo cambia el nombre de Tegasa por Encadesa (incluso la estructura de ahora es más oscura con empresas rusas de por medio). Si antes hubo delito societario, es posible (más que posible) que ahora, que se tiene la misma estructura, haya delito.
¿Qué hay qué hacer? Al menos un accionista tiene que demandar a Lopera. El delito societario es un delito privado, si no hay denuncia del agraviado NO SE PROCEDE (ya se pueda llevar Lopera el dinero en carretillas de mano a plena luz del día). Es, por tanto, la hora de los accionistas.
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