Lopera niega que el Banco de España informe sobre 1992
El Juzgado de lo Mercantil número 1 da traslado a las partes para que formulen sus conclusiones.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha notificado dos providencias en los últimos días en el procedimiento por el que se discute si en 1992 pagó el 31,34% de las acciones, que ahora mismo están suspendidas cautelarmente. Así, en la primera, fechada el 6 de julio, otorga un plazo de cinco días a las partes para que aleguen sobre la solicitud de nulidad formulada por Farusa.
Al día siguiente, el juez Francisco Javier Carretero Espinosa, pide a las partes que trasladen sus conclusiones por escrito en un plazo de cinco días, después de la negativa de Lopera a que el Banco de España facilite sus movimientos bancarios de aquellos días de 1992. "En virtud de lo dispuesto en el Artículo 436 de la Ley de Enjuiciamiento Civid, dése traslado a las partes personadas del informe pericial por la Sra. perito Dña. Natalia Ductor Romero, así como el resultado de la petición realizada al Banco de España y de la providencia y diligencia de constancia de fecha de 22 de julio de 2015 recogiendo la negativa de Farusa a prestar su consentimiento a autorizar a este Juzgado para recabar la información del Banco de España, a fin de que en el plazo de cinco días formulen sus conclusiones por escrito".
Y es que el Banco de España notificó al Juzgado de lo Mercantil número 1 el 15 de abril de 2015 esta negativa de Manuel Ruiz de Lopera de facilitar la información sobre sus movimientos bancarios en 1992.
"En el presente caso, teniendo en cuenta la naturaleza civil del procedimiento del que dimana el oficio al que damos respuesta, y no obstante la colaboración que el Banco de España presta constantemente a los Juzgados y Tribunales de Justicia, únicamente en el caso de que se aportara el consentimiento fehaciente de la mercantil afectada (Familia Ruiz Avalo, SA, Farusa), podría facilitarse la información solicitada, caso de existir, al no concurrir ninguno de los supuestos previstos en la normativa anteriormente señalada para quebrantar la obligación de secreto. Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos", comunicó la Unidad Interna del Banco de España.
Lopera niega que el Banco de España informe sobre 1992
El Juzgado de lo Mercantil número 1 da traslado a las partes para que formulen sus conclusiones.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha notificado dos providencias en los últimos días en el procedimiento por el que se discute si en 1992 pagó el 31,34% de las acciones, que ahora mismo están suspendidas cautelarmente. Así, en la primera, fechada el 6 de julio, otorga un plazo de cinco días a las partes para que aleguen sobre la solicitud de nulidad formulada por Farusa.
Al día siguiente, el juez Francisco Javier Carretero Espinosa, pide a las partes que trasladen sus conclusiones por escrito en un plazo de cinco días, después de la negativa de Lopera a que el Banco de España facilite sus movimientos bancarios de aquellos días de 1992. "En virtud de lo dispuesto en el Artículo 436 de la Ley de Enjuiciamiento Civid, dése traslado a las partes personadas del informe pericial por la Sra. perito Dña. Natalia Ductor Romero, así como el resultado de la petición realizada al Banco de España y de la providencia y diligencia de constancia de fecha de 22 de julio de 2015 recogiendo la negativa de Farusa a prestar su consentimiento a autorizar a este Juzgado para recabar la información del Banco de España, a fin de que en el plazo de cinco días formulen sus conclusiones por escrito".
Y es que el Banco de España notificó al Juzgado de lo Mercantil número 1 el 15 de abril de 2015 esta negativa de Manuel Ruiz de Lopera de facilitar la información sobre sus movimientos bancarios en 1992.
"En el presente caso, teniendo en cuenta la naturaleza civil del procedimiento del que dimana el oficio al que damos respuesta, y no obstante la colaboración que el Banco de España presta constantemente a los Juzgados y Tribunales de Justicia, únicamente en el caso de que se aportara el consentimiento fehaciente de la mercantil afectada (Familia Ruiz Avalo, SA, Farusa), podría facilitarse la información solicitada, caso de existir, al no concurrir ninguno de los supuestos previstos en la normativa anteriormente señalada para quebrantar la obligación de secreto. Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos", comunicó la Unidad Interna del Banco de España.
Lopera niega que el Banco de España informe sobre 1992
Comentario