Re: La Audiencia apoya todas las tesis de Alaya en el procesamiento de Lopera
Originalmente publicado por Aramburu-MameliVer Mensaje
No está confirmado, pero han visto entrar en el Alfonso XIII a Oliver y Zumalacárregui con ALFV y Frascarelli para preparar la defensa en los foros, o sea la jartá de tonterías que van a soltar desde hoy, pero no se han podido ni sentar porque deben las últimas consumociones y las últimas pernoctaciones del nuevamente imputado , el insolvente Oliver.
Es broma, pero podría pasar perfectamenet
¿Y eso cómo lo hacen de entrar "cuatro"? ¿entrando dos veces?
Este "señor" Calero, puede impunemente insinuar lo que insinua, en las redes sociales? Me he perdido o es que ahora vale todo en la justicia? Como es posible que un profesional de esto pueda escribir eso en Twitter, por dios??
La verdad es que no veo lógico el levantamiento de las cautelares.
Si el juicio fuera ahora, pues vale. Pero levantarlas cuando el retraso del mismo es provocado por el denunciado y éstas fueron tomadas para la protección del club y del resto de los accionistas, no tiene lógica ninguna. Sí la excusa de la defensa es que llevan mucho tiempo, el culpable del retraso es él. No se verá tan inocente. Estaba claro que esto es lo que buscaba; retrasarlo todo a ver si le devolvían los derechos políticos. De 90 millones de deuda, a casi saneada. Y darle otra vez el poder sin que la causa esté cerca ni siquiera de celebrarse es de locos. ¿Para qué?. ¿Para ponerlo de nuevo en peligro de desaparición?. Otra excusa es que se pueden aplicar otras medidas cautelares pero eso ya se sabía desde hace mucho tiempo.
El mismo auto de procesamiento da la razón a las medidas tomadas anteriormente.
El optimismo será directamente proporcional al ton-tochaco que nos escriba Alfv, o a su silencio bañado en lágrimas tras el auto de la AP, camino de la venta.
Re: La Audiencia apoya todas las tesis de Alaya en el procesamiento de Lopera
Originalmente publicado por Johann VogelVer Mensaje
A ver, pregunta para los letrados del foro...
Este "señor" Calero, puede impunemente insinuar lo que insinua, en las redes sociales? Me he perdido o es que ahora vale todo en la justicia? Como es posible que un profesional de esto pueda escribir eso en Twitter, por dios??
supongo que algo tendrá para hacer una "acusacion" como esa, aunque como no nombra a nadie.... siempre podria decir que no iba por este ni por el otro...
La Audiencia de Sevilla ha confirmado el procesamiento de Manuel Ruiz de Lopera por delitos de apropiación indebida y delito societario por su gestión al frente del Real Betis, unos hechos por los que también están procesadas otras siete personas. La Sección Primera de la Audiencia ha dictado sendos autos en los que desestima los recursos presentados por Lopera y Ángel Martín, de un lado, y del que fuera consejero delegado, Luis Oliver, de otro.
La Audiencia de Sevilla ha desestimado el recurso interpuesto por el ex mandatario del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera, al que se unieron el resto de procesados, y ha confirmado el auto de procesamiento dictado por la juez Mercedes Alaya, “teniendo en cuenta la amplia fundamentación del auto recurrido, donde se concretan los indicios existentes y la participación del procesado, en los delito por lo que ha sido procesado, sin perjuicio de la calificación de los hechos que se efectúen por el Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas en la causa”.
En un auto, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión que en mayo de 2014 acordó la juez Alaya, que también procesó por actuar "como testaferros" o "en connivencia" a María de las Mercedes Ferraro, Guillermo Molina, Ana María Ruiz, María Teresa González, Francisco Javier Páez, Ángel Guillermo Martín y el ex consejero delegado Luis Oliver.
En aquel auto, Alaya impuso una fianza de 33,3 millones de euros a Lopera; a Mercedes Ferraro, María Teresa González y Ana María Ruiz un millón de euros a cada uno; a Francisco Javier Páez 1,66 millones de euros, a Guillermo Molina y Ángel Guillermo Martín 2,66 millones de euros; y a Luis Oliver 431.280 euros.
El tribunal señala que el auto de la juez Alaya recogía dos fases, una primera en la que Lopera, como vicepresidente económico del club “diseñó en perjuicio de la sociedad y en su propio beneficio, las operaciones contractuales que le llevarían a obtener a través de su sociedad Farusa la mayoría absoluta del capital social y, ello a pesar de no desembolsar un importante paquete de acciones, del que aparecía como titular, tras la constitución del Real Betis como Sociedad Anónima Deportiva”. En la segunda fase, continúa el tribunal, una vez conseguido el poder de decisión, Lopera “decidió gestionar privadamente los recursos de la actividad deportiva del club, privando al resto de los accionistas del conocimiento sobre dicha gestión”. Para ello, Lopera cedió a otra de sus empresas, en este caso Tegasa, la totalidad de los ingresos que percibiera el Real Betis derivados de su actividad deportiva, a cambio de una cantidad fija o variable, según las temporadas, “lo que le permitiría apoderarse de una parte de dichos recursos y sobre todo de los productos o intereses generados por los mismo y ello ante el cumplimiento puntual por el Real Betis de sus obligaciones y el cumplimiento dilatado de Tegasa”.
La gestión por Tegasa se prolongó durante seis temporadas –entre la 93/94 y la 98/99-, y luego continuó por Encadesa, otra sociedad de Lopera, durante las ocho temporadas siguientes.
Los peritos cifraron en 24,9 millones lo perjuicios causados al Betis por esta actuación de Lopera, entre los que se incluyen los 18,6 millones de beneficios que obtuvieron Tegasa y Encadesa y que los peritos consideran que se traducen en perjuicios para el Real Betis, ya que se clasifican como “innecesarios o como no afectos durante los ejercicios 1993/1994 a 2007/2008”.
La defensa de Lopera había pedido la nulidad del auto pero la Audiencia entiende que consta “motivación suficiente en este momento procesal”, ya que “ninguna indefensión se causa a la parte, que podrá efectuar las impugnaciones correspondientes y precisiones en las periciales –judicial y de parte- que hayan de practicarse en el plenario”, es decir, en el juicio.
De otro lado, el tribunal recuerda que un auto de la misma sección de la Audiencia de 20 de enero de 2011 explica que la venta de 20.662 acciones a Bitton Sport, la sociedad de Oliver, “no resulta inocua para el patrimonio del Betis” y justificó la prohibición de venta de las acciones, que se extendió a todo el paquete de Farusa.
La Audiencia concluye que existe “motivación suficiente” en el auto de Alaya respecto a los “apoderamientos referidos, basándose fundamentalmente en el informe pericial” y entiende que en su caso las preguntas formuladas por la defensa en su recurso “deberán efectuarse en el acto del juicio”.
El tribunal señala que el informe pericial, en el que basó la juez su resolución, recoge que el Real Betis “si no hubieran existido esos contratos con Tegasa y Encadesa tendría al menos 25 millones de euros más, por tanto la juez de instancia no hace sino valorar los informes periciales”, argumenta la Audiencia en su auto, cuya ponencia ha recaído en la magistrada Pilar Llorente, que señala que “otro tanto ocurre con los gastos de viaje y gastos y pérdidas de otros ejercicios que los peritos calificaron de innecesarios”.
La Fiscalía de Sevilla había pedido la estimación del recurso de Ángel Martín y la estimación parcial del recurso de Lopera. En concreto, el Ministerio Público pidió la estimación respecto al supuesto apoderamiento relativo al desembolso de las acciones tituladas por Farusa (20.662 acciones), ya que la Fiscalía considera que la venta de acciones de Farusa a Bitton Sport, que tuvo lugar el 6 de julio de 2010, son hechos atípicos.
La Audiencia recuerda que Alaya limita el presunto delito a las 20.662 acciones –no a la totalidad del paquete de Farusa- que se estiman que no fueron desembolsadas al Real Betis y que no pertenecen a Farusa o a Manuel Ruiz de Lopera. Los magistrados insisten en que esas acciones tienen carácter “litigioso”, porque su propiedad siempre se ha discutido en el presente procedimiento, considerando que pese a su tenencia material inicial, posteriormente Lopera o Farusa “se apoderarían de ellas sin desembolso alguno al Betis, constituyendo uno de los sumandos del perjuicio total irrogado al Real Betis”.
El auto de la Audiencia concluye que procede la desestimación del recurso de Lopera “teniendo en cuenta los indicios existentes en las actuaciones, que vienen concretados por la documentación obrante en autos, periciales practicadas y declaraciones prestadas que no llevan sino a corroborar la existencia de los mismos en este momento procesal”.
Recuerda la resolución que los indicios no deben identificarse con certezas absolutas y concluye que procede la desestimación del recurso, “teniendo en cuenta la amplia fundamentación del auto recurrido, donde se concretan los indicios existentes y la participación del procesado en los delitos por los que ha sido procesado, sin perjuicio de la calificación de los hechos que se efectúen por el Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas en la causa”.
supongo que algo tendrá para hacer una "acusacion" como esa, aunque como no nombra a nadie.... siempre podria decir que no iba por este ni por el otro...
podrá decir lo que quiera, pero queda como un tio sin caché ni ná.
Re: La Audiencia apoya todas las tesis de Alaya en el procesamiento de Lopera
Originalmente publicado por paletoliticoVer Mensaje
podrá decir lo que quiera, pero queda como un tio sin caché ni ná.
Desde luego, que el siguiente paso dado en la defensa de su cliente sea llorar en redes sociales haciendo acusaciones al aire, lo deja como un completo inepto.
Re: La Audiencia apoya todas las tesis de Alaya en el procesamiento de Lopera
Originalmente publicado por Milio LinaresVer Mensaje
Desde luego, que el siguiente paso dado en la defensa de su cliente sea llorar en redes sociales haciendo acusaciones al aire, lo deja como un completo inepto.
Ni para recurrir una multa contrataba a este tío.
en las redes sociales no.
en La Red Social.
la que mola, vaya.
ande está lo más granao.
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