El TSJA revoca la indemnización a Víctor Fernández
El TSJA revoca la indemnización a Víctor Fernández
La sentencia rechaza que el técnico reciba indemnización alguna tras las conversaciones mantenidas con Lopera para su incorporación al Betis en 2010, finalmente anulada por la venta de acciones a Oliver.
R.D., SEVILLA | ACTUALIZADO 06.04.2015 - 12:51
Víctor Fernández y Manuel Ruiz de Lopera./Juan Carlos Muñoz
El TSJA ha anulado la decisión que tomara el Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla, que acordó indemnizar a Víctor Fernández con 60.000 euros por "daños morales" tras mantener conversaciones con Manuel Ruiz de Lopera para su incorporación al banquillo bético y quedar estas anuladas al producirse la venta de acciones al grupo de Luis Oliver. Ahora, el Alto Tribunal Andaluz rechaza esta indemnización al considerar que dicha cantidad no se pedía en la demanda inicial y, en cualquier caso, no existía contrato alguno, por lo que sólo podría reclamar daños y perjuicios, los que en absoluto han sido probados.
El técnico Víctor Fernández reclamó al Betis 950.000 euros de indemnización por incumplimiento de contrato después de que tras terminar la temporada 09/10 acordara con Lopera su incorporación al banquillo bético y finalmente la venta del paquete accionarial del entonces máximo accionista al grupo de Luis Oliver anulara las negociaciones tanto con el entrenador como su segundo, Arjol. Entonces Víctor Fernandez y su segundo formularon sendas demandas reclamando al Betis los daños y perjuicios que entendían producidos, por el "incumplimiento contractual". El Juzgado de lo Social nº 1 desestimó la demanda al coincidir con la defensa del Betis en que no existía contrato alguno, luego no podía ser indemnizado por incumplimiento de lo que no existe. No obstante indemnizó a Víctor Fernandez con 60.000 € por "daños morales". Una indemnización que el TSJA revoca ahora en una sentencia en la que indica que el Betis no tiene que abonar tampoco esta sanción al entender que ni se pedían en la demanda inicial y, en cualquier caso, no ha existido contrato alguno, por lo que sólo podría reclamar daños y perjuicios.
Esta Sentencia además, ha de influir en la de su segundo Arjol, en la que el Betis ha sido condenado en el Juzgado de lo Social nº 4 a abonar 120.000 euros al entender que sí existía contrato, presumiéndose su revocación.
Contra la misma cabe recurso de casación en unificación de doctrina.
El TSJA revoca la indemnización a Víctor Fernández
La sentencia rechaza que el técnico reciba indemnización alguna tras las conversaciones mantenidas con Lopera para su incorporación al Betis en 2010, finalmente anulada por la venta de acciones a Oliver.
R.D., SEVILLA | ACTUALIZADO 06.04.2015 - 12:51
Víctor Fernández y Manuel Ruiz de Lopera./Juan Carlos Muñoz
El TSJA ha anulado la decisión que tomara el Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla, que acordó indemnizar a Víctor Fernández con 60.000 euros por "daños morales" tras mantener conversaciones con Manuel Ruiz de Lopera para su incorporación al banquillo bético y quedar estas anuladas al producirse la venta de acciones al grupo de Luis Oliver. Ahora, el Alto Tribunal Andaluz rechaza esta indemnización al considerar que dicha cantidad no se pedía en la demanda inicial y, en cualquier caso, no existía contrato alguno, por lo que sólo podría reclamar daños y perjuicios, los que en absoluto han sido probados.
El técnico Víctor Fernández reclamó al Betis 950.000 euros de indemnización por incumplimiento de contrato después de que tras terminar la temporada 09/10 acordara con Lopera su incorporación al banquillo bético y finalmente la venta del paquete accionarial del entonces máximo accionista al grupo de Luis Oliver anulara las negociaciones tanto con el entrenador como su segundo, Arjol. Entonces Víctor Fernandez y su segundo formularon sendas demandas reclamando al Betis los daños y perjuicios que entendían producidos, por el "incumplimiento contractual". El Juzgado de lo Social nº 1 desestimó la demanda al coincidir con la defensa del Betis en que no existía contrato alguno, luego no podía ser indemnizado por incumplimiento de lo que no existe. No obstante indemnizó a Víctor Fernandez con 60.000 € por "daños morales". Una indemnización que el TSJA revoca ahora en una sentencia en la que indica que el Betis no tiene que abonar tampoco esta sanción al entender que ni se pedían en la demanda inicial y, en cualquier caso, no ha existido contrato alguno, por lo que sólo podría reclamar daños y perjuicios.
Esta Sentencia además, ha de influir en la de su segundo Arjol, en la que el Betis ha sido condenado en el Juzgado de lo Social nº 4 a abonar 120.000 euros al entender que sí existía contrato, presumiéndose su revocación.
Contra la misma cabe recurso de casación en unificación de doctrina.
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