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Que alguien lo explique de una vez

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  • Que alguien lo explique de una vez

    Los administradores solicitan que los acusados deben ser inhabilitados según distintas responsabilidades. Así, para el expresidente José León se piden quince años de inhabilitación y 29.515.375,84 euros de multa. La inhabilitación para Manuel Ruiz de Lopera y Farusa es por igual tiempo, mientras que la multa asciende a 23.069.385,51 euros. En referencia a los ‘socios’ de Oliver, Ángel Vergara, Luis Oliver, Manuel Castaño y Jaime Rodríguez-Sacristán se enfrentan a diez años de inhabilitación cada uno y 6.445.990,33 euros de multa. En menor medida, ocho años y sin multa económica, Francisco Nuchera, Eduardo Peña, Juan Carlos Roldán, Luis Rementería y Joaquín Zulategui, mientras el período de sanción solicitado baja a cinco años para Rufino González, Luis Navarro, Antonio Álvarez, José María Blanco y Ángel Martin

    Este parrafo lo saco de alfdlp, pero quisiera que alguien que este puesto en derecho me saque de una duda que tengo desde hace tiempo.

    Ese dinero que supuestamente van a pagar de multa PARA QUIEN ES?.
    PARA EL BETIS?
    PARA EL ESTADO?
    PARA QUIEN CO.ÑO VA?

  • #2
    Re: Que alguien lo explique de una vez

    También yo quisiera saberlo.

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    • #3
      Re: Que alguien lo explique de una vez

      Ni idea. Supongo que para el perjudicado, es decir, para las arcas del Betis no?
      Esas sanciones ya han sido impuestas? :O

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      • #4
        Re: Que alguien lo explique de una vez

        Lo ideal es que vuelva a las arcas del Betis pero con dirigentes competentes en su planta noble y control de verdad para que no se repitan errores.

        Comentario


        • #5
          Re: Que alguien lo explique de una vez

          Seria interesante saberlo, pero me extraña que paguen esas cantidades

          Comentario


          • #6
            Re: Que alguien lo explique de una vez

            Para mí.

            Claramente para el Betis.

            Comentario


            • #7
              Que alguien lo explique de una vez

              Esas multas deben responder a lo que en su día defraudaron.

              O sea, van para el perjuficado, que en este caso es el Real Betis Balompié. En cualquier caso, no creo que al final en la sentencia aparezcan esas cantidades tan altas.

              Comentario


              • #8
                Re: Que alguien lo explique de una vez

                cuando alguien paga una multa, ese dinero es para la administración y será ella quien lo gestione y lo destine donde le apetece, ya sea tráfico, justicia como es el caso, diputación o la que sea. Si fuera indemnización, esa sí será para el perjudicado, en este caso el betis, pero las multas son para la administración

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                • #9
                  Que alguien lo explique de una vez

                  Es cierto lo que dice Juanjo, yo me he liado entre multa e indemnización.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Que alguien lo explique de una vez

                    "Amo a ve, a lo primero y pá empeza digo que no zoy ningún entendío" ni mucho menos. Pero que por circunstancia de la vida he tenido que aprender, o estudiar algo de derecho concursal. Y debo decir, que los juzgados de lo mercantil son juzgados mixtos, en la medida en que se oyen dentro de los procedimientos concursales, materias de índole, civil (contratos, familia etc), mercantil, laboral... pero NO, pueden oír cuestiones relacionados con el Derecho Penal, luego eso no es una sanción penal, es decir, esto no es una Multa.

                    Estoy casi seguro de que el hecho de usar el termino "multa", es un error de la prensa,( como esas veces que hablan de querella o de denuncia cuando quieren decir demanda y otros errores). Estamos por tanto aquí ante una indemnización, sencillamente.

                    Entre las diferentes sentencias que he podido leer, (no muchisimas), cuando te vas al fallo, lo que el juez suele decir en este sentido es una de estas dos cosas, o las dos:

                    -Condenar solidariamente a "fulanito de tal" al abono del XX% (suele ser un 25% o un 100%) de la cantidad que una vez concluida la fase de liquidación resulte impagada a los acreedores.

                    Y/O

                    -Condenar a "Fulanito de tal" a abonar a la masa del concurso (a la masa activa se entiende) en concepto de daños y perjuicios , la cantidad de XXXXXXXXXXXXXX €.

                    También suelen poner que pierden todos los derechos de creditos que tengan los administradores (los de la sociedad me refiero, no los concursales claro) como acreedores de la empresa concursada.... (Hablo siempre de empresa porque es el caso que nos ocupa pero también hay concurso contra personas físicas y herencias).

                    Total en definitiva, mucho rollo para al final deciros, que en mi opinión y en base a todo esto, este dinero irá a acrecer la masa activa (en el caso del Betis que no esta en liquidación entiendo que irá a los acreedores concursales), por lo cual parece que el Betis podría en todo caso ver reducida su deuda pero no así "ingresar dinero para fichar a N´Diaye" , (aunque si es verdad que en la medida que se reduce la deuda revierte en un beneficio directo claro.)


                    NOTA: Espero haber sido de ayuda y desde la humildad mas absoluta creo que este es el mecanismo, eso si, si alguien entiende otra cosa le pido que tenga a bien explicarlo, porque yo quiero aprender, y me considero un ignorante, a lo Descartes.
                    Editado por última vez por Bloring; https://www.betisweb.com/foro/member/100105-bloring en 23/07/14, 23:40:31.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Que alguien lo explique de una vez

                      Originalmente publicado por Bloring Ver Mensaje
                      "Amo a ve, a lo primero y pá empeza digo que no zoy ningún entendío" ni mucho menos. Pero que por circunstancia de la vida he tenido que aprender, o estudiar algo de derecho concursal. Y debo decir, que los juzgados de lo mercantil son juzgados mixtos, en la medida en que los procesos concursales, oyen dentro de los procedimientos concursales, materias de índole, civil (contratos, familia etc), mercantil, laboral... pero NO, pueden oír cuestiones relacionados con el Derecho Penal, luego eso no es una sanción penal, es decir, esto no es una Multa.


                      El problema de este procedimiento y de casi cualquier procedimiento judicial donde se manejen indemnizaciones de cierta cuantía es que no se ejecutan o tardan mucho en hacerlo y parcialmente. Se dilata todo demasiado en la Justicia, y el problema añadido es que lógicamente la colaboración del condenado a pagar lo que se dice en la Sentencia no existe y muchas veces pues se pierde todavía más tiempo en ejecutar lo juzgado. Es una pena porque si hubiera cierto rigor en ejecutar las Sentencias que van a repercutir al Betis, es que del tirón nos convertiríamos de un día para otro en un club potente económicamente.
                      Estoy casi seguro de que el hecho de usar el termino "multa", es un error de la prensa,( como esas veces que hablan de querella o de denuncia cuando quieren decir demanda y otros errores). Estamos por tanto aquí ante una indemnización, sencillamente.

                      Entre las diferentes sentencias que he podido leer, (no muchisimas), cuando te vas al fallo, lo que el juez suele decir en este sentido es una de estas dos cosas, o las dos:

                      -Condenar solidariamente a "fulanito de tal" al abono del XX% (puede ser un 25% o un 100%) de la cantidad que una vez concluida la fase de liquidación resulte impagada a los acreedores.

                      Y/O

                      -Condenar a "Fulanito de tal" a abonar a la masa del concurso (a la masa activa se entiende) en concepto de daños y perjuicios , la cantidad de XXXXXXXXXXXXXX €.

                      También suelen poner que pierden todos los derechos de creditos que tengan los administradores (los de la sociedad me refiero, no los concursales claro) como acreedores de la empresa concursada.... (Hablo siempre de empresa porque es el caso que nos ocupa pero también hay concurso contra personas físicas y herencias).

                      Total en definitiva, mucho rollo para al final deciros, que en mi opinión y en base a todo esto, este dinero irá a acrecer la masa activa (en el caso del Betis que no esta en liquidación entiendo que irá a los acreedores concursales), por lo cual parece que el Betis podría en todo caso ver reducida su deuda pero no así "ingresar dinero para fichar a N´Diaye" , (aunque si es verdad que en la medida que se reduce la deuda revierte en un beneficio directo claro.)


                      NOTA: Espero haber sido de ayuda y desde la humildad mas absoluta creo que este es el mecanismo, eso si, si alguien entiende otra cosa le pido que tenga a bien explicarlo, porque yo quiero aprender, y me considero un ignorante, a lo Descartes.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Que alguien lo explique de una vez

                        ¿en este caso el perjudicado es el betis, o son los acreedores, que son los que no han cobrado? a ver si alguien me aclara eso tambien

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Que alguien lo explique de una vez

                          Atentos a la noticia de AFDLP.

                          Aplazado el juicio por la calificación del concurso del Betis

                          El juicio señalado entre el 28 y el 31 de julio por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla por la calificación del concurso de acreedores del Betis ha sido suspendido finalmente al haberlo solicitado algunos letrados de las defensas tras justificar problemas de índole personal (enfermedad, por ejemplo) para no poder asistir. Se trata de un aspecto habitual en este tipo de juicios y más en los de tal envergadura, con más de 20 partes, por lo que lo extraño, según fuentes jurídicas, es que el juicio se celebrara a la primera. Lo que se espera ahora es que durante la semana próxima, antes de que finalice el mes de julio, se señale una nueva fecha tratando de buscar el consenso de todas las partes. El gran problema es que para encontrar una serie de días (ya que no se juzgará sólo en una jornada) disponibles para el juzgado, todos los letrados y que hubiera una sala libre con la suficiente amplitud son condicionantes que hacen que no exista demasiado optimismo a la hora de valorar que la fecha elegida sea próxima. Es evidente, eso sí, que no será antes del mes de septiembre, puesto que agosto se considera inhábil en los juzgados.

                          Hay que recordar que tanto la Fiscalía de Sevilla como los administradores concursales del Betis, así como un grupo de accionistas béticos, calificaron en su día con escritos el concurso como culpable y solicitaron que la mayoría de directivos presentes en los dos años previos a la fecha del concurso (desde el 12 enero de 2009 a la mismo fecha de 2011) indemnizaran al club de manera solidaria hasta con 29,5 millones de euros y piden para ellos severas penas de inhabilitación (algunas de quince años) para ejercer como administradores de cualquier compañía. Entre ellos están Manuel Ruiz de Lopera, José León, Jaime Rodríguez-Sacristán, Luis Oliver y Manuel Castaño. Las cantidades solicitadas varían en pocos casos entre los escritos de la Fiscalía y los concursales, así como en la solicitud de los accionistas béticos representados. Todos consideran el concurso doloso, algo que debe juzgar ahora el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1, Eduardo Gómez López, en una fecha por determinar tras la suspensión ya conocida del juicio señalado para este lunes.

                          Ya no hablan de "Multa" pero siguen metiendo la pata hablando de "indemnizar al club", cuando realmente lo que harían es abonar cantidades a la masa activa, o responder solidariamente de las créditos.
                          Editado por última vez por Bloring; https://www.betisweb.com/foro/member/100105-bloring en 24/07/14, 02:26:11.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Que alguien lo explique de una vez

                            Originalmente publicado por un betico Ver Mensaje
                            ¿en este caso el perjudicado es el betis, o son los acreedores, que son los que no han cobrado? a ver si alguien me aclara eso tambien
                            Hombre desde el punto de vista del concurso lo que se quiere es la continuidad de la empresa, ese es el espíritu de la norma. En el marco del concurso los perjudicados son los acreedores, que tendrán que asumir una quita y una espera, perjudicados por el concursado (que es el Betis). Pero en concreto, en este caso cuando se habla de calificación (es decir de calificar el concurso como culpable o no culpable), el perjudicado sigue siendo el acreedor, pero también en cierta medida la sociedad en concurso (el Betis), y en concreto sus socios que han visto devaluadas sus acciones o han dejado de repartir dividendos (en este caso concreto no), y están perjudicados por los administradores que con sus actuaciones han contribuido a provocar o agravar el estado de insolvencia que es el presupuesto del concurso. Como digo arriba los que se deben beneficiar de estas indemnizaciones son los acreedores, en tanto en cuanto se acrece la masa activa. Espero haber sido de ayuda.
                            Editado por última vez por Bloring; https://www.betisweb.com/foro/member/100105-bloring en 24/07/14, 02:23:51.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Que alguien lo explique de una vez

                              A ver, los 30M de euros, me los dejáis a mí que yo los sabré manejar de lujo... un club con 30M de Cedricks será imparable.

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