La Fiscalía de Sevilla ha pedido que se incorporen a la causa contra Manuel Ruiz de Lopera por su gestión en el Betis unas escuchas telefónicas que son importantes para su derecho de defensa porque contra él solo existen “laxas presunciones” por “hechos no acreditados”. La Fiscalía, en un escrito al que ha tenido acceso Efe, apoya la petición del abogado de Ruiz de Lopera de incorporar a esta causa las escuchas telefónicas realizadas por orden del mismo juzgado pero en las diligencias abiertas contra el empresario Luis Oliver por su gestión entre 2010 y 2011, tras comprar el paquete mayoritario de acciones del club deportivo.
La juez Mercedes Alaya rechazó dicha incorporación pero la fiscal encargada del caso mantiene que se trata de una prueba “útil y pertinente a los fines y objeto del presente procedimiento”, dado que los recientes pronunciamientos del juzgado implican “importantes y graves consecuencias penales respecto a hechos no acreditados, basados en laxas presunciones”. El abogado de Lopera había pedido que se incorporasen a la causa las escuchas telefónicas para demostrar que no tuvo con Oliver “ninguna relación personal, familiar, social, empresarial, societaria o mercantil” y por tanto desmontar la acusación de que la venta de acciones fue “ficticia” y respondía a una fiducia.
“El mismo juzgado que en sus resoluciones utiliza la idea de la relación” entre Lopera y Oliver impide a uno de ellos “acreditar la inexistencia de la misma”, lamentó la defensa en su recurso. La juez Alaya rechazó esa prueba por entender que afectaba al derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones y dado que el único objetivo de esos “pinchazos” era “localizar al señor Oliver, fin que es completamente ajeno a este procedimiento, siendo intrascendente por consiguiente el contenido de tales transcripciones”.
Las escuchas telefónicas, recuerda Alaya en su auto, “solo pueden ser utilizadas en el procedimiento para el que fueron otorgadas”, argumento que rebatió la defensa diciendo que la totalidad del contenido de la causa contra Oliver está oficialmente incorporada a las diligencias contra Lopera y las escuchas fueron declaradas “plenamente válidas”. La Fiscalía se ha pronunciado en recientes escritos a favor de las tesis de Lopera y en junio pidió por sexta vez que la juez Alaya le devuelva el control de sus acciones, además de apoyar parcialmente su recurso contra el auto de procesamiento.
Ahora, la fiscal encargada del caso dice que en las acusaciones vertidas por Alaya “concurren abundantes datos que infieren o presumen la hipótesis contraria a la sostenida en la causa respecto a las relaciones entre los procesados Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver”, por lo que la prueba de las grabaciones puede ser “útil, pertinente, clarificadora y objetiva respecto a los hechos fuertemente cuestionados”.
El fiscal dice que contra Lopera solo hay "laxas presunciones" sin demostrar - Al final de la Palmera
La juez Mercedes Alaya rechazó dicha incorporación pero la fiscal encargada del caso mantiene que se trata de una prueba “útil y pertinente a los fines y objeto del presente procedimiento”, dado que los recientes pronunciamientos del juzgado implican “importantes y graves consecuencias penales respecto a hechos no acreditados, basados en laxas presunciones”. El abogado de Lopera había pedido que se incorporasen a la causa las escuchas telefónicas para demostrar que no tuvo con Oliver “ninguna relación personal, familiar, social, empresarial, societaria o mercantil” y por tanto desmontar la acusación de que la venta de acciones fue “ficticia” y respondía a una fiducia.
“El mismo juzgado que en sus resoluciones utiliza la idea de la relación” entre Lopera y Oliver impide a uno de ellos “acreditar la inexistencia de la misma”, lamentó la defensa en su recurso. La juez Alaya rechazó esa prueba por entender que afectaba al derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones y dado que el único objetivo de esos “pinchazos” era “localizar al señor Oliver, fin que es completamente ajeno a este procedimiento, siendo intrascendente por consiguiente el contenido de tales transcripciones”.
Las escuchas telefónicas, recuerda Alaya en su auto, “solo pueden ser utilizadas en el procedimiento para el que fueron otorgadas”, argumento que rebatió la defensa diciendo que la totalidad del contenido de la causa contra Oliver está oficialmente incorporada a las diligencias contra Lopera y las escuchas fueron declaradas “plenamente válidas”. La Fiscalía se ha pronunciado en recientes escritos a favor de las tesis de Lopera y en junio pidió por sexta vez que la juez Alaya le devuelva el control de sus acciones, además de apoyar parcialmente su recurso contra el auto de procesamiento.
Ahora, la fiscal encargada del caso dice que en las acusaciones vertidas por Alaya “concurren abundantes datos que infieren o presumen la hipótesis contraria a la sostenida en la causa respecto a las relaciones entre los procesados Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver”, por lo que la prueba de las grabaciones puede ser “útil, pertinente, clarificadora y objetiva respecto a los hechos fuertemente cuestionados”.
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