EL JUZGADO VUELVE A ESCENA
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha dictado hasta seis Autos, desde el 6 de Febrero hasta el 9 de Marzo de 2009, desestimando los seis recursos de apelación formulados por la defensa de Don Manuel Ruiz de Lopera, y Don Guillermo Molina Pérez, administrador de TEGASA, defensa que ejercita el bufete de Montero Aramburu, en el proceso que contra éstos instruye el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla por la presunta comisión de delitos societarios y de apropiación indebida.
Las resoluciones judiciales, que se acompañan a esta nota de prensa facilitada por Por Nuestro Betis (PNB), son contundentes según aprecia el grupo opositor a la gestión de Lopera, tachando incluso de temerarios algunos de los fundamentos jurídicos de los recursos. Pero sobre todo son de una importancia extraordinaria para la instrucción de la causa, ya que desmontan todos y cada uno de los argumentos, de carácter técnico y procesal fundamentalmente, que hasta ahora han sido esgrimidos por la defensa para evitar que se entre en el fondo del asunto. De esta forma:
-Se rechaza que las distintas resoluciones recaídas durante la instrucción vulneren el derecho a la tutela judicial efectiva del Sr. Lopera y demás querellados.-
- Se rechaza que las motivaciones de la Sra. Jueza carezcan de motivación suficiente, más al contrario consideran que están suficientemente motivadas.
- Se rechaza que la designación de los peritos, Inspectores de Hacienda no este ajustada a derecho. - Se rechaza la recusación de los peritos por estar “contaminados” en procedimientos anteriores como pretendía la defensa. - Se rechaza que los peritos no tengan conocimientos suficientes para emitir el informe pericial.
- Se rechaza que la querella del Ministerio Fiscal no cumpla con el requisito de perseguibilidad y se admite a las Asociaciones Por Nuestro Betis, Béticos por el Villamarín, y Liga de Juristas Béticos, como acusaciones particulares, quedando por tanto legitimadas para formular querella por delito societario.
- Se considera por la Sala, que los hechos que se investigan pueden ser constitutivos de delito societario y/o de apropiación indebida. - Se rechaza que los delitos investigados puedan encontrarse prescritos.
- Se estima la tesis de las acusaciones particulares, de que nos encontramos ante posibles delitos continuados que deben investigarse desde su inicio, por lo que se investigarán todas las relaciones económicas ente el Real Betis Balompié S.A.D. con TEGASA y ENCADESA desde que se iniciaron, con todas sus consecuencias jurídicas.
- Se rechaza tajantemente que la pretensión de las acusaciones y de la Juzgadora sea un “Inquisito generalis” sobre los últimos doce años de gestión al Real Betis Balompié, muy al contrario, queda manifiestamente claro que lo pretendido es exclusivamente investigar las relaciones de esta sociedad con TEGASA y ENCADESA.
- Se rechaza que no existan indicios de criminalidad que impidan el inicio de la investigación.
Fuente: muchodeporte.com
[¿QUÉ PNB DESAPARECE?, A ESTE PASO... QUIEN LO DIRÍA]
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha dictado hasta seis Autos, desde el 6 de Febrero hasta el 9 de Marzo de 2009, desestimando los seis recursos de apelación formulados por la defensa de Don Manuel Ruiz de Lopera, y Don Guillermo Molina Pérez, administrador de TEGASA, defensa que ejercita el bufete de Montero Aramburu, en el proceso que contra éstos instruye el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla por la presunta comisión de delitos societarios y de apropiación indebida.
Las resoluciones judiciales, que se acompañan a esta nota de prensa facilitada por Por Nuestro Betis (PNB), son contundentes según aprecia el grupo opositor a la gestión de Lopera, tachando incluso de temerarios algunos de los fundamentos jurídicos de los recursos. Pero sobre todo son de una importancia extraordinaria para la instrucción de la causa, ya que desmontan todos y cada uno de los argumentos, de carácter técnico y procesal fundamentalmente, que hasta ahora han sido esgrimidos por la defensa para evitar que se entre en el fondo del asunto. De esta forma:
-Se rechaza que las distintas resoluciones recaídas durante la instrucción vulneren el derecho a la tutela judicial efectiva del Sr. Lopera y demás querellados.-
- Se rechaza que las motivaciones de la Sra. Jueza carezcan de motivación suficiente, más al contrario consideran que están suficientemente motivadas.
- Se rechaza que la designación de los peritos, Inspectores de Hacienda no este ajustada a derecho. - Se rechaza la recusación de los peritos por estar “contaminados” en procedimientos anteriores como pretendía la defensa. - Se rechaza que los peritos no tengan conocimientos suficientes para emitir el informe pericial.
- Se rechaza que la querella del Ministerio Fiscal no cumpla con el requisito de perseguibilidad y se admite a las Asociaciones Por Nuestro Betis, Béticos por el Villamarín, y Liga de Juristas Béticos, como acusaciones particulares, quedando por tanto legitimadas para formular querella por delito societario.
- Se considera por la Sala, que los hechos que se investigan pueden ser constitutivos de delito societario y/o de apropiación indebida. - Se rechaza que los delitos investigados puedan encontrarse prescritos.
- Se estima la tesis de las acusaciones particulares, de que nos encontramos ante posibles delitos continuados que deben investigarse desde su inicio, por lo que se investigarán todas las relaciones económicas ente el Real Betis Balompié S.A.D. con TEGASA y ENCADESA desde que se iniciaron, con todas sus consecuencias jurídicas.
- Se rechaza tajantemente que la pretensión de las acusaciones y de la Juzgadora sea un “Inquisito generalis” sobre los últimos doce años de gestión al Real Betis Balompié, muy al contrario, queda manifiestamente claro que lo pretendido es exclusivamente investigar las relaciones de esta sociedad con TEGASA y ENCADESA.
- Se rechaza que no existan indicios de criminalidad que impidan el inicio de la investigación.
Fuente: muchodeporte.com
[¿QUÉ PNB DESAPARECE?, A ESTE PASO... QUIEN LO DIRÍA]
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